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Autor Tema: Validez de una denuncia.  (Leído 6202 veces)

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berrozi

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Validez de una denuncia.
« en: 09 de Marzo de 2005, 23:54:29 pm »
  Un abogado de vitoria es denunciado por un ertzaina por ir sin cinturón. Se tramita la denuncia y se le multa. Este abogado recurre la multa con el argumento de que los ertzainas, al no jurar la constitución no pueden ser considerados agentes de la autoridad, quedando sus actuaciones por tanto invalidadas. ¿como lo veis? El hecho de jurar la constitución es condición sine-qua-non para ser agente de la autoridad? en caso de que sea así, podría prosperar esta denuncia? Sería posible que no se les considerara agentes de la autoridad, o que se les obligue a jurar la constitucion?
Por favor, antes de que los "Politicamente correctos" se lancen a hacer diatribas políticas solo pido un dictamen jurídico.


Desconectado Guasito

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Re: Validez de una denuncia.
« Respuesta #1 en: 10 de Marzo de 2005, 00:46:46 am »
En el plano estrictamente jurídico entiendo que el letrado argumenta correctamente y que es posible que un agente de la autoridad no ostente condición de tal hasta que no acate la Constitución como resulta preceptivo de la lectura de la Ley:

Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

CAPÍTULO I : DISPOSICIONES GENERALES

Artículo segundo

Son Fuerzas y Cuerpos de Seguridad:

B) Los Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas.

CAPÍTULO III : DISPOSICIONES ESTATUTARIAS COMUNES

Artículo sexto

3. Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad deberán jurar o prometer acatamiento a la Constitución como norma fundamental del Estado.


La claridad del precepto es meridiana y no admite interpretaciones, de hecho existe una Sentencia del TSJPV (no la tengo en este momento pero si la encuentro la pondré) que le recuerda al gobierno vasco la obligación de prestar juramento o promesa de la Constitucion Española por parte de los agentes de la policía autonómica.

Visto lo anterior cabe deducir que la denuncia no tendrá más valor que la de un ciudadano cualquiera, ahora bien, está claro que si se anula por un Tribunal esa denuncia por el motivo expuesto, es muy posible que la toma de posesión de los policías sea nula o anulable en su caso, con lo cual quedarían dos soluciones jurídicas: a) Completar el acto reglado de la toma de posesión para que el acto sea conforme a Derecho acatando la CE, o b) Anular el acto de toma de posesión con lo que los agentes no serían tales hasta que no lo hiciesen en debida forma.

Saludos a todos

Desconectado scotland

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Re: Validez de una denuncia.
« Respuesta #2 en: 10 de Marzo de 2005, 13:56:22 pm »
Hola Guasito.
No tengo del todo claro que lo que indicas sea así, por una razón, el juramento a la Constitución no inviste al ertzaina de la propiedad de agente de la autoridad.
Lo que le confiere tal condición es el nombramiento legal y válido por la autoridad competente.
Saludos.

Desconectado Maria06

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Re: Validez de una denuncia.
« Respuesta #3 en: 10 de Marzo de 2005, 16:04:37 pm »
Pues entonces Scontland, lo que está mal y puede ser nulo o anulable por faltar uno de los requisitos es el nombramiento.

La condición de funcionario se adquiere con el acatamiento a los principios constitucionales mediante la jura o promesa de la CE, y con el requisito de la toma de posesión, tras la publicación del nombramiento.

Según el artículo 62.2 (nulidad de los actos administrativos) de la Ley 30/92: "También serán nulas de pleno derecho las disposiciones administrativas que vulneren la Constitución, las leyes u otras disposiciones administrativas de rango superior, las que regulen materias reservadas a la Ley, y las que establezcan la retroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales".

Por su parte, la anulabilidad es la regla general y según el artículo 63.1 son anulables “los actos que infringen el Ordenamiento jurídico, incluso la desviación de poder”.

Por tanto, todos los funcionarios, del Estado o de las Comunidades Autónomas, firman una declaración jurada acatando la Constitución previa al nombramiento. Sin ella, no puede haber nombramiento.

Pero vamos... cosas peores se ven en la Administración...

Besos, María.
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Desconectado scotland

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Re: Validez de una denuncia.
« Respuesta #4 en: 11 de Marzo de 2005, 08:42:52 am »
Hola maria06.
Sin juramento si hay nombramiento, lo que no hay es toma de posesión. El nombramiento se produce mediante publicación en boletín oficial correspondiente.
Si te das cuenta esto conecta con el famoso "imperativo legal" que diputados batasunos alegaron en su toma de posesión como tales ante el Congreso de los Diputados.
Saludos.

Desconectado Guasito

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Re: Validez de una denuncia.
« Respuesta #5 en: 11 de Marzo de 2005, 10:01:22 am »
El nombramineto sin el cumplimiento de los preceptos indicados por la Ley no es válido, podremos un par de ejemplos:

Se nombra cirujano jefe de un hospital publico a un señor que no tiene la carrera de medicina. El nombramiento o 500 nombramientos por 500 nombradores diferentes ni hace al sujeto médico, ni lo capacita para ejerecer la medicina y todo lo que ejereza dentro de las atribuciones médicas es ilegal. (si no delictivo).

Se nombra juez a un sujeto que no tiene la nacionalidad española. Ese nombramiento no es válido porque carece de un requisito, y ese sujeto ni es juez, ni está capacitado para ejercer la judicatura (lo nombre quien lo nombre), y todos los actos como juez que pudiese ejercer serían nulos de pleno derecho.

Otro tema es la posible subsanacion del requisito que falta en el supuesto de hecho que nos plantea berrozi, que al ser subsanable (según mi opinión) puede convertir al "funcionario" en tal. Pero mientras no se subsane sigo opinando que sus actos no están presididos por la condición de agente de la autoridad.

Un saludo.

madre mia

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Re: Validez de una denuncia.
« Respuesta #6 en: 25 de Agosto de 2005, 16:35:00 pm »
berrozi o incrédulo, no cambiaras nunca.

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Re: Validez de una denuncia.
« Respuesta #7 en: 25 de Agosto de 2005, 17:36:46 pm »
Recuerdo aun cuando estaba Roldan de Director de la GC, y era el que validaba los documentos acreditativos de sus agentes. Bien, cuando estaba en busca y captura y logicamente no era Director, estos documentos continuaron igual. ¿Hasta que punto estaban acreditados unos agentes por un delicuente?
Acta non verba. Justitia omnibus

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Re: Validez de una denuncia.
« Respuesta #8 en: 01 de Septiembre de 2005, 19:01:29 pm »
  Hasta el punto de que en el momento de su expedición era el director general de la guardia civil y por tanto el unico que podia firmar las tarjetas de identidad militar de los guardias civiles.
  Poner en cuestion su validez es como poner en cuestion los billetes de 2000 pesetas porque venian firmados por mariano rubio, el interventor del banco de España. osea, una memez.
cerveza para todos