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Autor Tema: Testamento  (Leído 2629 veces)

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Desconectado boropau

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Testamento
« en: 14 de Abril de 2008, 22:34:19 pm »
  Agradecería ideas al siguiente caso, un matrimonio mayor me ha pedido que les acompañe al notario para realizar una modificación de su testamento. En su tiempo, realizaron un reparto de sus bienes que ya disfrutan todos los hijos pero, la propiedad aún continua en poder de dicho matrimonio. Ahora y visto las relaciones que tiene su hija con su yerno, desean modificar   su testamento para que en el caso de que su hija y el hijo que tienen en común fallezcan, la propiedad revierta a sus otros hijos(de matrimonio mayor) y su yerno no disfrute de su herencia.
    Dejando aparte lo anecdótico es legal lo que pretenden hacer?


Desconectado Pedro.v

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Re: Testamento
« Respuesta #1 en: 14 de Abril de 2008, 23:44:38 pm »
Hola, no sé si lo entiendo bien, si no es así me corriges. Entiendo que el matrimonio tiene testamento ya hecho dejando distribuidos sus bienes entre sus hijos. Si es así, la hija que mencionas (como sus hermanos), no será propietaria de los bienes correspondientes hasta que el matrimonio fallezca, por lo que: Si falleciesen antes la hija y el nieto (que mal rollo, caramba), entonces podrían rehacer su testamento a favor del resto de sus hijos. Si fallecen despues que ellos, quien tendría que haber hecho testamento según desease debería ser la hija porque ya sería sucesora.
En cualquier caso está claro que pueden modificar su testamento como deseen, a salvo las legítimas. Simplemente incluyendo una claúsula en la que digan que si al momento de fallecer ellos, su hija y sus descendientes les hubiesen premuerto, su parte se repartira entre sus hermanos, creo que estaría solucionado, pues el yerno no tiene derecho a legítima ninguna. No veo el problema, creo que no te he entendido bien, así que es posible que esto no te sirva.
Saludos

Desconectado boropau

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Re: Testamento
« Respuesta #2 en: 15 de Abril de 2008, 02:51:18 am »
    Gracias pero no me he explicado correctamente. El matrimonio  (84 años) da por hecho que va a fallecer antes que su hija. Por otra parte, consideran que esta carece de voluntad ante su marido (su yerno) y tanto esta  como su hija (nieta), no gozan de buena salud. Entonces lo que ellos plantean es que, una vez muertos ellos, si posteriormente fallecen su hija y su nieta, su yerno no pueda disponer de su herencia y esta revierta a sus otro hijos (del matrimonio) o sus descendientes. Espero haber narrado correctamente este culebrón.

Desconectado Drop

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Re: Testamento
« Respuesta #3 en: 15 de Abril de 2008, 09:46:15 am »
Menudo culebrón.

Tales modificaciones no van a ser muy fáciles de llevar a cabo.  No señalas dónde vive el matrimonio, detalle interesante, y supongamos que es Madrid.

La legítima es la parte de la herencia que le toca a la hija; no se la podrán retirar. Y al fallecer la hija, se supone que tras el fallecimiento del matrimonio, la herencia de ella pasaría fundamentalmente a la nieta (no al yerno, que tendría ciertos derechos de usufructo), pero gestionada por el padre (si es menor de edad).

Eso es lo primero que se me ocurre pero creo que habrá que pensarlo un poco más... por favor, por lo pronto, indica dónde vive el matrimonio (y si tienen alguna vecindad civil particular.)

No hay camino para la paz, la paz es el camino (Mahatma Gandhi)

Desconectado boropau

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Re: Testamento
« Respuesta #4 en: 15 de Abril de 2008, 12:41:23 pm »
     Hola Drop, te doy mas detalles
    La situación tiene lugar en la comunidad valenciana (no se lo que quieres decir con lo de vecindad) y otros aspectos son los siguientes: el yerno es una persona alcoholica-maltratadora,la hija una persona amargada y maltratada y el hijo de ambos con una enfermedad que al día de hoy no tiene cura pero que no es causas de muerte con las medidas adecuadas. Este niño, se esta criando practicamente con los abuelos (el matrimonio).
   Si a mi me ocurriese algo parecido, es obvio, que lo primero seria separarme pero, en este caso y por mentalidad y cultura no lo van a realizar. Por ello, el matrimonio no quiere que el yerno se beneficie de sus propiedades el yerno (que no posee ninguna). Al ser personas cercanas a mi, no puedo ser del todo objetivo al margen de no disponer de la formación jurídica necesaria.
  ¡Ah! la pareja vive en una casa que el matrimonio les ha cedido y que en el testamento que desean modificar, indican que sera para su hija.

Desconectado Drop

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Re: Testamento
« Respuesta #5 en: 15 de Abril de 2008, 22:02:50 pm »
A ver.  Te preguntaba por dónde vivían porque tiene importancia;el concepto de la vecindad civil tiene que ver con el sitio donde uno vive o de donde uno viene: todos tenemos una. Y es relevante en supuestos en que aparece un derecho foral civil (Galicia, Navarra, Aragón, País Vasco, Cataluña).

Valencia está preparando un derecho sucesorio propio en estos momentos.  Por lo que he leído, afectará a la herencia de las empresas familiares, no al resto del capital hereditario. Si tal es el caso de tus amigos, debes tenerlo muy en cuenta.

Bien.  Valencia está por ahora en el régimen común (interesa estar al loro de si hay cambios en el derecho foral valenciano). Las herencias se dividen en tres partes, una de disposición libre, otra de mejora (a los herederos, como uno quiera), y otra de legítimas.

Sumamos todo el capital y bienes inmuebles (valorándolos adecuadamente. Respecto a los bienes inmuebles es posible pedir valoración a la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma; si no es posible, yo partiría del valor catastral y lo multiplicaba por 2.5).  Lo sumamos TODO, independientemente de que vivan en la casa o no. Y tenemos en cuenta si hay arrendamientos difíciles de resolver (para minusvalorar).

Lo dividimos en tres partes.  La tercera parte la dividimos entre los hijos.

A la hija estrictamente hay que dejarle lo que le toque. Pero, nota bien, la casa en la que vive es parte de lo que le toca.

Si la hija muere, su herencia pasará a su hijo; y el marido tendrá derecho al usufructo del tercio de mejora del capital hereditario dejado por ella.  (La vivienda también se incluiría dentro de este capital.)

Si el nieto es menor de edad, y la tutela la tuviese el padre, tendría que administrar los bienes de la herencia del nieto.

Y existe la posibilidad de constituir, a favor de la hija y el nieto, un legado sobre uno o dos tercios del capital del matrimonio, legado -el pago de una renta sobre un capital, por ejemplo, que se depositaría en deuda del Estado- que podríamos dar a algún otro hijo fiable -o hijos-, y con una limitación usufructuaria (o sea, hasta la muerte de la hija, el nieto o ambos.)



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Desconectado Pedro.v

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Re: Testamento
« Respuesta #6 en: 15 de Abril de 2008, 22:16:32 pm »
Hola. Dejando aparte detalles personales realmente dificiles de entender, te comento lo que se me ocurre como posible solución y siempre y cuando sean correctas las impresiones que creo que se pueden deducir de lo que dices y que son las siguientes:
- Principalmente se trata de que la casa donde viven no pase a manos del yerno.
- Por los motivos de salud que comentas se da por hecho que éste sobrevivirá a su mujer y su hijo.
- Parece que descartas posibles sucesiones del nieto de los testadores.
- El resto de los hijos del matrimonio están dispuestos a colaborar en favor de su hermana. (éstas cosas de mantenimiento eterno de buenas relaciones familiares cuando hay dinero de por medio siempre me dan yu-yú, pero en fin, es lo que hay).
- La hija afectada es consciente del problema y aparte de descartar separaciones por motivos etc .etc., también está conforme con la idea. Esto último es imprescindible, porque si lo que ocurre es que los que ven ese problema son los familiares y ella no, y por lo tanto no lo admite, se escacharró la idea, porque a sus derechos solo puede renunciar ella.

Bueno, a lo que íbamos, quizás el matrimonio pudiese donar en vida al resto de sus hijos en condominio, o a uno solo de ellos, eso ya es cuestión de lo que mencionaba antes sobre las relaciones familiares, la casa en la que vive la pareja afectada y a su hija y a su nieto el usufructo vitalicio de la misma. Esto sería extensible a otros posibles bienes, claro. En el testamento deja únicamente a esta hija la legítima que le corresponda. La hija repudia la herencia y su parte acrece la de sus hermanos. Con lo que conseguimos que no herede nada, pero ella y su hijo dispongan del usufructo de los bienes que les correspondían y a la muerte de los dos vuelven a sus nudos propietarios que son sus hermanos.
Pero, si falla alguna de las premisas apuntadas antes, se va todo a paseo. Como ejemplo, si el nieto llega a tener hijos, éstos se quedarían a dos velas.
Saludos

Desconectado boropau

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Re: Testamento
« Respuesta #7 en: 16 de Abril de 2008, 12:53:15 pm »
     Hola Pedro, tu idea me parece inteligente pero, a mi también cuando hay propiedades y dinero por medio la reacción de los hermanos también me produce yu yu. En particular estoy pensando en uno que pienso que no dudaría en aprovecharse de la oportunidad. En fin que lo veo un poco difícil, a ver que les dice el notario.