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Autor Tema: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL  (Leído 9036 veces)

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Desconectado IUS

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #20 en: 28 de Mayo de 2008, 20:12:23 pm »
Texto de la sentencia:
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Desconectado Lili

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #21 en: 29 de Mayo de 2008, 13:56:35 pm »
Muy interesante todo este debate jurídico desatado a nivel constitucional..........y poco fructífero como muchos debates, y mientras, la gente se sigue maltratando.

La diferencia que se está debatiendo se limita a un inciso en la reforma de la ley penal por la conducta específica del maltrato.
El malo:
LO 1/2004 art. 153.1, subtipo agravado por maltrato por parte del sujeto activo masculino hacia la mujer...... o persona especialmente vulnearable.

Consecuencias jurídicas: la diferencia entre el art. 153.1 CP y el 153.2 CP se reduce a la de tres meses de privación de libertad en el límite inferior de la pena (un marco penal de seis meses a un año frente al de tres meses a un año),.....................y esta pena diferenciada en su límite mínimo es alternativa a la pena de trabajos en beneficio de la comunidad, igual en ambos tipos, 153.1 y 2 .............
El bueno:
art. 153.4 rebaja de un grado 
.........en segundo lugar, que el art. 153.4 CP incorpora como opción de adaptación judicial de la pena a las peculiaridades del caso el que la pena del art. 153.1 CP pueda rebajarse en un grado “en atención a las circunstancias personales del autor y las concurrentes en la realización del hecho”,
...si bien es cierto que esta misma previsión es aplicable también al art. 153.2 CP, lo que permite en este caso imponer una pena inferior a la mínima alcanzable a partir del art. 153.1 CP.
Osea igualitas, igualitas no son........,
¡todos quieren las mismas penas pero esto es imposible!

Ah no , si las penas máximas son iguales, y la aplicación de la rebaja de un grado iguala la que no era igual, y todas las demás penas por violencia de género también siguen el criterio de iguales supuestos de hecho - iguales consecuencias.

¡Adelante, que siga el debate!
Abogada Icamalaga

Desconectado cromwell

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #22 en: 31 de Mayo de 2008, 18:33:52 pm »
Solo un apunte, sin ánimo de ofender a nadie, no creo que sea correcto el dato de que haya más muertes por violencia doméstica que por accidentes de tráfico. Las primeras se aproximan al centenar y las segundas superan el millar anualmente.
2 Alcaldes de Parla fuera por golfos.

Desconectado flik

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #23 en: 15 de Junio de 2008, 22:57:50 pm »
El que ha dicho que existen más victimas de violencia que de trafico es un sistema que usan las feminazis de la desinformacion como hacen en todas las informaciones que dan para seguir chupando de las subvenciones, es que no me creo ni que haya mas muertes femeninas que masculinos lo que pasa, que los masculinos los contabilizan como muertes naturales en las estadisticas otro engaño más de las de siempre, si se investigara muchas muertes de varones quizas nos llevariamos una sospresa que las feminacis del gobierno estan tapando

Desconectado Lili

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #24 en: 17 de Junio de 2008, 15:15:27 pm »
"..........lo que pasa, que los masculinos los contabilizan como muertes naturales en las estadisticas otro engaño más de las de siempre, si se investigara muchas muertes de varones quizas nos llevariamos una sospresa que las feminacis del gobierno estan tapando."
 :o

A ver si lo entiendo, los muertes de hombres en el ámbito familiar pueden deberse a actos de violencia doméstica contra ellos.
Aunque no se ve ningún signo de violencia sino se han producido, digamos, por un fallo cardiaco.
Imposible no es. Les pueden haber dado un violento susto de muerte, por ejemplo.
Ahora sabemos el sentido del nuevo ministerio llamado de Igualdad, fue creado  para construir la tapadera para este tipo de delitos.  ;D

Desgraciadamente hay mas muertes ( 2.741) por accidentes de tráfico y afortunadamente no son más las muertes por violencia doméstica  en  el mundo occidental pero sin duda todas sobran y convierten a los hogares afectados en pequeños infiernos.

En España un total de 118 personas ( 99 mujeres, abuelas, hijas, etc y 19 hombres, abuelos hijos, etc)  murieron en 2007 por la violencia doméstica - un 23% más respecto a 2006-, de ellas 74 fueron mujeres asesinadas a manos de sus parejas o ex parejas, por violencia doméstica-machista según un informe del Poder Judicial divulgado en 2008.


 



Abogada Icamalaga

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #25 en: 17 de Junio de 2008, 15:47:41 pm »
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"..........lo que pasa, que los masculinos los contabilizan como muertes naturales en las estadisticas otro engaño más de las de siempre, si se investigara muchas muertes de varones quizas nos llevariamos una sospresa que las feminacis del gobierno estan tapando."
 :o

A ver si lo entiendo, los muertes de hombres en el ámbito familiar pueden deberse a actos de violencia doméstica contra ellos.
Aunque no se ve ningún signo de violencia sino se han producido, digamos, por un fallo cardiaco.
Imposible no es. Les pueden haber dado un violento susto de muerte, por ejemplo.
Ahora sabemos el sentido del nuevo ministerio llamado de Igualdad, fue creado  para construir la tapadera para este tipo de delitos.  ;D

Desgraciadamente hay mas muertes ( 2.741) por accidentes de tráfico y afortunadamente no son más las muertes por violencia doméstica  en  el mundo occidental pero sin duda todas sobran y convierten a los hogares afectados en pequeños infiernos.

En España un total de 118 personas ( 99 mujeres, abuelas, hijas, etc y 19 hombres, abuelos hijos, etc)  murieron en 2007 por la violencia doméstica - un 23% más respecto a 2006-, de ellas 74 fueron mujeres asesinadas a manos de sus parejas o ex parejas, por violencia doméstica-machista según un informe del Poder Judicial divulgado en 2008.


 






Añade a todas esas víctimas otras miles y miles que apenas se nombran y que son los hombres y mujeres del futuro, que son los que cargarán con el lastre de la violencia toda su VIDA marcándola: hablo de los HIJOS.
Que no nos toque vivirla, que mejor nos toque la OPORTUNIDAD DE PODER CAMBIARLA.
Saludos
Gracias...

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #26 en: 17 de Junio de 2008, 16:51:34 pm »
Los niños no votan; los adultos sí ,y las mujeres son mayoría numérica.

Algo más que añadir?

Un saludo

Desconectado alqui

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #27 en: 17 de Junio de 2008, 16:57:02 pm »
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Los niños no votan; los adultos sí ,y las mujeres son mayoría numérica.

Algo más que añadir?

Un saludo


No entiendo lo que quieres decir, no sé si podrías ser más explícito.
Gracias.
Gracias...

Desconectado euli

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #28 en: 17 de Junio de 2008, 20:38:17 pm »
Parece que para muchos las muetes son un invento. Que la lay se justifica para ganar votos.  es eso lo que quieren decir??

Desconectado Lili

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #29 en: 18 de Junio de 2008, 14:11:30 pm »

 :o
Hay que leer los mensajes anteriores.
Estabamos hablando de la cifra de muertes, por supuesto, como apunta Alqui, hay muchas víctimas de la violencia, no sólo los muertos. Los hijos sufren mucho y quedan marcados, claro.
Hay que leer la Ley, las medidas sirven para  proteger a TODAS las víctimas sean hombres, mujeres, niños o niñas, abuelas o abuelas pretenden prevenir contra todo tipo de agresiones.
Si los hijos marcados pudieran votar no votarían en contra de una ley que va en contra de la violencia.
Cómo se van a inventar los muertes en carretera, en en lugar de trabajo o en el ámbito familiar.  :o

Lo que pasa es que la cifra de muertes por accidentes de tráfico ( y por infartos y tumores ) en España es bastante mayor que la de víctimas mortales de violencia de género.
Si esto sirve para declarar la Ley contra la Violencia de Género innecesaria cuando sabemos que hay muchos afectados y que toda la Ley contiene un amplio abanico de medidas.......... ???




Abogada Icamalaga

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #30 en: 20 de Junio de 2008, 00:52:04 am »
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Yo echo de menos un "Instituto del Hombre" o algún organismo que se preocupe de los derechos que los hombres estamos viendo pisoteados sistemáticamente. ¿A quién puede molestarle que exista este tipo de entidad?

¿Sabéis que la violencia física de mujeres hacia los hombres (la psicológica es inconmensurable) es tipificada con el eufemismo de "violencia social" y no de género?¿Sabéis que si en un accidente de tráfico un hombre atropella a una mujer con resultado de muerte, esa muerte pasa a engrosar las cifras de violencia de género?

Se pueden aportar todas las cifras que se quieran, pero tendremos que ser un poco críticos y ver cual es el sesgo que se las quieren dar a dichas cifras desde las instituciones que emanan.

En cualquier caso, lo que no es propio de un estado de derecho es que se elimine de un plumazo la presunción de inocencia de la mitad de la población por el hecho de tener unos órganos sexuales determinados.

Que haya ahora más denuncias tiene una explicación muy sencilla: las denuncias falsas no se persiguen (saturaría el sistema judicial), por lo que la mujer que se quiera divorciar, que son cada vez más, denunciando al marido tiene mucho que ganar y nada que perder.

Un saludo

Carlos
¿Me podrías, por favor, citar tres ejemplos en los que los derechos de los hombres (exclusivamente) estén siendo pisoteados sistemáticamente?
Mueren muchísimas más mujeres que hombres a manos de sus respectivas parejas. Las secuelas psicológicas son muchísimo más graves y duraderas en mujeres que han sufrido malos tratos que en los hombres.
Me parece irrazonable, partidista y sólo buscando el enfrentamiento político que se busquen "razones" para criticar cualquier medida que proponga un partido u otro para solucionar un problema real.
Que se discuta si las penas deben ser las mismas para hombre y mujeres maltratadores/as cuando vivimos en un país en el que la inmensa mayoría de las víctimas mortales de malos tratos son mujeres me parece deleznable.
El que dice que no cree que haya más mujeres víctimas de la violencia doméstica que hombres, supongo que vivirá en los mundos de yupi o en cualquier otra realidad paralela
 
«La razón de la sinrazón que a mi razón se hace, de tal manera mi razón enflaquece, que con razón me

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #31 en: 20 de Junio de 2008, 06:53:55 am »
uppps he puesto "deleznable". Mira que me parece cursi y pedante esa palabra...
Por cierto lo que me parece "deleznable" (me falta la carita esa medio verde con gesto de ir a vomitar) no es que se debata si las penas deben ser iguales sino que se aporten razones totalmente absurdas (que si hay el mismo número de hombres que de mujeres que mueren víctimas de malos tratos...) para atacar la ley (bueno más que atacar la ley lo que se pretende es atacar una opción política que se intuye detrás de la ley) y más cuando es una ley que pretende frenar una situación en la que muere gente (sobretodo mujeres).
«La razón de la sinrazón que a mi razón se hace, de tal manera mi razón enflaquece, que con razón me

Desconectado maría jesús

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #32 en: 20 de Junio de 2008, 09:17:53 am »
Bueno aquí va mi opinión, en primer lugar la Magistrada Pozas(por cierto, fue profesora mia en las prácticas de derecho penal) lo que cree que vulnera la Constitución es el art. 153.1 del C.P. 1." El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión no definidos como delito en este Código, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años" no toda la Ley de Violencia de Género
Yo entiendo los problemas que la redacción de este artículo puede plantear, no sólo en cuanto a que unos mismos hechos estén o no tipificados en función de si el sujeto pasivo es femenino o masculino, sino también en cuanto a la conducta tipificada por los problemas de prueba que ello va a plantear y el cajón desastre en el que se está convirtiendo, produciéndose injusticias con respecto a los hombres en numerosas ocasiones, así como que es campo abonado para venganzas personales.

Desconectado Lili

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #33 en: 20 de Junio de 2008, 13:07:33 pm »

Maria jesus,
Dependiendo de la interpretación de los hechos y de la aplicación del art. 153.1 CP y los ss.,  podría vulnerarse la CE  según algunos juristas.

Ya lo he aportado en otras ocasiones y vuelvo a repetirlo:
La diferencia que se está debatiendo se limita a un inciso en la reforma de la ley penal por la conducta específica del maltrato .

LO 1/2004 art. 153.1 , subtipo agravado por maltrato por parte del sujeto activo masculino hacia la mujer...... o persona especialmente vulnerable.

Consecuencias jurídicas: la diferencia entre el art. 153.1 CP y el 153.2 CP se encuentra en el límite inferior de la pena :
- la pena por maltrato de sujeto activo masculino cuando la víctima es mujer, cónyuge, pareja de hecho, etc.  se encuadra en un marco penal de seis meses a un año frente al de tres meses a un año de privación de libertad en los demás casos.
- pero esta  pena diferenciada en su límite mínimo es alternativa a la pena de trabajos en beneficio de la comunidad que es igual en ambos tipos, 153.1 y 2

Entiendo que cualquier juez que considera que vulnera la Constitución la puede esquivar.

Además:
- art. 153.4 CP  incorpora como opción la  adaptación judicial de la pena a las peculiaridades del caso, el que la pena del art. 153.1 CP pueda [b ]rebajarse en un grado [/b] "en atención a las circunstancias personales del autor y las concurrentes en la realización del hecho”,
- si bien es cierto que esta misma previsión es aplicable también al art. 153.2 CP,
permite en este caso imponer una pena inferior a la mínima alcanzable a partir del art. 153.1 CP.

Entiendo que cualquier juez que considera que la diferencia vulnera la constitución  puede aplicar  la pena inferior en grado con lo cual  se llega a la misa pena, la de tres meses.

Conclusión:
- las penas máximas son iguales, y la aplicación de la rebaja de un grado iguala la que no era igual, y todas las demás penas por violencia de género también siguen el criterio de iguales supuestos de hecho - iguales consecuencias.

Abogada Icamalaga

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #34 en: 20 de Junio de 2008, 13:48:15 pm »
Si en el fondo tienes razón es más una cuestión formalista que otra cosa, pero por cómo se estaba desarrollando el debate creí que se estaba desviando el asunto hacia cuestiones que nada tenían que ver con el artículo que citó IUS.
Seguiré el debate más tarde porque ahora me acabo de enterar que soy licenciada!!!!.

Desconectado Lili

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #35 en: 20 de Junio de 2008, 14:47:02 pm »
Madre mía, enhorabuena, olvídate de este hilo (y retómalo cuando tienes tu primer cliente de maltrato.) ¡a celebrarlo!  ;)
Suerte y todo lo mejor para el futuro como jurista. :)
Abogada Icamalaga

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #36 en: 20 de Junio de 2008, 20:13:36 pm »
Además de la educación (que es fundamental que se comience con los niños de hoy) quizás deberíamos plantear ciertas instituciones que tenemos actualmente como reprobables y que se deben, más a nuestra cultura cristiana, que a bases sólidas. Me vais a decir más de uno que es una barbaridad pero, si querer decir que sea la solución pero puede ayudar, la poligamia establecería un sentimiento menor de propiedad sobre el otro que creo es la base de muchos de los casos de malos tratos. Con esto, para los malintencionados, no quiero decir que la monogamia tenga la culpa. No. Es el sentimiento de propiedad que algunas personas creen que tienen sobre otras. También estimo que las personas que, en este caso tan sensible, se demuestre que han realizado denuncias falsas sean duramente penadas porque si no el sistema tendría un efecto pernicioso en los casos de gente sin escrúpulos que no se toman este tema en serio. También mayores recursos.
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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #37 en: 20 de Junio de 2008, 20:39:18 pm »
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Además de la educación (que es fundamental que se comience con los niños de hoy) quizás deberíamos plantear ciertas instituciones que tenemos actualmente como reprobables y que se deben, más a nuestra cultura cristiana, que a bases sólidas. Me vais a decir más de uno que es una barbaridad pero, si querer decir que sea la solución pero puede ayudar, la poligamia establecería un sentimiento menor de propiedad sobre el otro que creo es la base de muchos de los casos de malos tratos. Con esto, para los malintencionados, no quiero decir que la monogamia tenga la culpa. No. Es el sentimiento de propiedad que algunas personas creen que tienen sobre otras. También estimo que las personas que, en este caso tan sensible, se demuestre que han realizado denuncias falsas sean duramente penadas porque si no el sistema tendría un efecto pernicioso en los casos de gente sin escrúpulos que no se toman este tema en serio. También mayores recursos.

No es mi intencion mal interpretarte, pero me parece curiosa tu respuesta. Poligamia?
"quotquot El único símbolo de superioridad que conozco es la bondad. "quotquot

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #38 en: 20 de Junio de 2008, 21:24:24 pm »
Poligamia?  Pues si la sociedad así lo demanda habrá que plantearlo seriamente, así es la democracia.

En lo que tengo dudas es...si no sabemos AMAR a una persona, como vamos a saber AMAR a varias?
Confundimos el AMOR con tantas cosas (posesión, lástima, necesidad de compañía, necesidad económica, temor a sentir que es un fracaso la separación, ejercicio de poder, etc) que luego pasa lo que pasa, que difícilmente donde no hubo AMOR puede quedar RESPETO.

Saludos

Gracias...

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #39 en: 21 de Junio de 2008, 11:04:19 am »
Estoy de acuerdo contigo Alqui, por eso creo que tenemos que educar a nuestros hijos con el mayor grado de respeto hacia las opciones de los demás y que hagan respetar sus opciones. El que quiera estar solo, que lo esté. Quién quiera tener una única pareja, que la tenga. Quienes quieran tener varias, que las tengan. Siempre desde la libertad y el respeto a los demás. (Por si surgen dudas yo soy monogámico jeje).
Mirella, creo que te sorprendes porque piensas que soy bastante conservador en mis opiniones y cercano al PP. La clave es que no. Es más, creo que la crisis que vamos a tener va a ser más acentuada en España precisamente por la actuación de Rodrigo Rato que se inventó una burbuja brutal que ha explotado en nuestras narices. Pero tampoco me caso con la presunta bondad de la izquierda que vive en superchalets con hijos en colegios privados mientras le suben la luz, el agua, los alimentos y todos los recursos necesarios a los pobres y dicen que no pueden hacer nada.
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