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Autor Tema: OPOSICIONES CONCURSO DE MERITOS  (Leído 4791 veces)

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Desconectado desk02

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OPOSICIONES CONCURSO DE MERITOS
« en: 29 de Mayo de 2008, 15:20:50 pm »
El caso es el siguiente:

Oposiciones, en las cuales reservan un cupo para poder acceder por Movilidad:

Los requisitos son los siguientes, regulados por Decreto de la Comunidad Autonoma:

   - A) Movilidad:
a) Antigüedad de cinco años en la categoría.
b) Faltar más de diez años para el cumplimiento de la
edad que determinaría el pase a la situación de segunda
actividad.

Vale hasta aqui todo correcto, pero en las Bases de la Convocatoria, en la legislación aplicable expone:

1.2. A las presentes pruebas selectivas les será de
aplicación la Ley 30/84, de 2 de agosto; la Ley 7/85, de 2
de abril y la Ley 11/99, de 21 de abril; R.D.L. 781/86, de
18 de abril; R.D. 896/91, de 7 de junio; Ley 13/01, de 11
de diciembre, de Coordinación de las Policía Locales;
Decreto 201/03, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna,
movilidad y formación de los funcionarios de los
Cuerpos de la Policía Local; Orden de 22 de diciembre de
2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los
temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción
interna y la movilidad a las distintas categorías
de los Cuerpos de la Policía Local; R.D. 364/95, de 10 de
marzo y las bases de la presente convocatoria, significándose
que los funcionarios de Policía Local que se presenten
por turno de movilidad, deberán acreditar un mínimo
de dos años de antigüedad en su actual puesto de
trabajo de destino definitivo
. Asimismo, quienes obtengan
plazas del Cuerpo de la Policía Local por turno de movilidad, deberán permanecer obligatoriamente dos
años en el desempeño de dichas plazas.

Pero mis preguntas son las siguientes:

 1)¿Que significa que "deberán acreditar un minimo de dos años de antiguedad en su actual puesto de trabajo de destino definitivo"?.

2¿Puede concurrir un Funcionario que en el transcurso de los dos años antes mencionados, haya tomado posesion, y la tenga en excedencia por prestacion de servicios en otra administracion publica, estado en la situacion de servicio activo?.

3) Cual es la legislacion aplicable en que se basa el texto "deberán acreditar un minimo de dos años de antiguedad en su actual puesto de trabajo de destino definitivo".

4) Que recursos podran ser estimados.


Desconectado MORDEKAY

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Re: OPOSICIONES CONCURSO DE MERITOS
« Respuesta #1 en: 02 de Junio de 2008, 18:57:10 pm »
¿Comunidad Autónoma?
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Desconectado desk02

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Re: OPOSICIONES CONCURSO DE MERITOS
« Respuesta #2 en: 02 de Junio de 2008, 21:41:13 pm »
La Comunidad Autonoma es Andalucia.

Gracias por tu interes, haber si me puedes sacar de dudas.

Desconectado MORDEKAY

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Re: OPOSICIONES CONCURSO DE MERITOS
« Respuesta #3 en: 02 de Junio de 2008, 22:34:59 pm »
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3) Cual es la legislacion aplicable en que se basa el texto "deberán acreditar un minimo de dos años de antiguedad en su actual puesto de trabajo de destino definitivo".


LEY 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales.

SECCIÓN 3.a PROMOCIÓN INTERNA

Artículo 44. Requisitos.

Para el acceso por el sistema de promoción interna, referida exclusivamente a los funcionarios de un mismo Cuerpo de la Policía Local, será necesario haber permanecido como mínimo dos años en la categoría inmediatamente inferior, tener la titulación académica correspondiente, superar el procedimiento de selección que se establezca y aprobar el curso de capacitación en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas Municipales de Policía Local.

SECCIÓN 4.a MOVILIDAD

Artículo 46. Requisitos.

2. Para acceder a los Cuerpos de la Policía Local por el sistema de movilidad con ascenso se exigen los mismos requisitos establecidos para la promoción interna y, además, faltar más de diez años para el cumplimiento de la edad que determinaría el pase a la situación de segunda actividad.


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Desconectado desk02

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Re: OPOSICIONES CONCURSO DE MERITOS
« Respuesta #4 en: 03 de Junio de 2008, 14:38:07 pm »
Gracias y un saludo me has sacado de dudas.

Desconectado desk02

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Re: OPOSICIONES CONCURSO DE MERITOS
« Respuesta #5 en: 03 de Junio de 2008, 14:45:42 pm »
Perdona que te moleste, pero no me has sacado de dudas, el art. 46.2. dice textualmente :

"Para acceder a los Cuerpos de la Policía Local por el sistema de movilidad con ascenso se exigen los mismos requisitos establecidos para la promoción interna y, además, faltar más de diez años para el cumplimiento de la edad que determinaría el pase a la situación de segunda actividad".

Lo que pregunto yo es por el sistema de movilidad sin ascenso??

Desconectado Juaniz

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Re: OPOSICIONES CONCURSO DE MERITOS
« Respuesta #6 en: 08 de Junio de 2008, 01:24:28 am »
Desk02

La cuestión que planteas es de las más peliagudas dentro de la Administración Local en lo tocante a la PL. Si nos atenemos a la Ley 30/2001 de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, modificada parcialmente por el Decreto 66/2008, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, los requisitos para la movilidad horizontal son hallarse en la situación administrativa de servicio activo en la categoría a la que aspiren en la movilidad sin ascenso (horizontal), o en la inmediatamente inferior en la movilidad con ascenso (vertical). Y el citado art. 46 establece que se deberá acreditar una antigüedad de cinco años en la categoría como funcionario de carrera, así como faltar más de diez años para el pase a segunda actividad en la escala a la que se pretende acceder.
Por lo que respecta a la realización del correspondiente curso en la ESPA o Escuelas Municipales o Concertadas, creo que este requisito se excepcionará cuando el citado curso se haya realizado dentro de los cinco años anteriores. La verdad es que la normativa de desarrollo en esta materia no es demasiado clara   >:(
No sé si te habrá sido de ayuda o te habré liado aún más...

Salud

Desconectado desk02

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Re: OPOSICIONES CONCURSO DE MERITOS
« Respuesta #7 en: 09 de Junio de 2008, 01:54:49 am »
Pues la verdad es que yo solo quiere sabes si en unas bases se puede limitar el acceso a las oposicion con una permanencia en el puesto de destino de dos años que comente al principio del post.

Ya se que la Ley de coordinacion considera requisito la permanencia de 5 años pero de antiguedad, que es lo que pasa con estos dos años, que legislacion se aplica??