Vamos a ponerlo más claro:
CORTE PENAL INTERNACIONAL: Institución permanente, vinculada a las Naciones Unidas, que juzga a personas por los crímenes más graves de transcendencia internacional. Tiene carácter complementario de las jurisdicciones penales nacionales. Su sede se encuentra en La Haya aunque sus sesiones se pueden celebrar en otro lugar si éste lo considera conveniente. Su competencia se limita al crimen de genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión. La Corte tiene competencias, únicamente, respecto de crímenes cometidos después de la ENTRADA EN VIGOR de su Estatuto y estará compuesta de los órganos siguiente4s: La Presidencia, una Sección de Apelaciones, una Sección de Cuestiones Preliminares; LA Fiscalía y la Secretaria. El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional determina las normas de funcionamiento, la ley aplicable a los crímenes que juzga, el procedimiento y los principios generales del Derecho Penal Internacional.
Para ver si está en funcionamiento ir a Instrumento de Ratificación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, hecho en Roma el 17 de julio de 1998.
Chicos como salga esta pregunta, todos con un 10, jajaja
saludos