STC 215/2002, de 25 de noviembre de 2002
El recurrente, don ..., que se halla divorciado de su esposa, doña ..., fue denunciado por la hermana de ésta, doña ..., con motivo de unos insultos que, según ésta última, aquél le había dirigido. Incoadas las oportunas diligencias, se convocó al juicio de faltas a la denunciante y al denunciado, pero no al Ministerio Fiscal, por tratarse de falta perseguible a instancia de parte. En el juicio no compareció el denunciado, pese a hallarse citado en forma legal.
Pudo ser por eso