Hola,
Tengo una duda pignoramos unas acciones de una S.L XQ el precio no lo habían pagado y literalmente se decía en la escritura;
La prenda que se constituye será extensiva a cuanto determinan los artículos 5 y 6 de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda Sin Desplazamiento de la Posesion, por las indemnizaciones que por todos los conceptos corresponda percibir al titular por razón de los bienes pignorados; o cualesquiera títulos, valores o activos que sustituyan o correspondan a LAS PARTICIPACIONES PIGNORADAS en caso de fusión, disolución, ampliación o reducción de capital, conversión o canje de participaciones, transformación, escisión o cualesquiera otras causas análogas.
El problema es que no lo he inscrito que puedo hacer??? y la ley es de la epoca de franco.
gracias mil compañeros/as.Joe, que montón de dudas ahora...