Hola Unodelapresencial:
La cuestión de como resolver el contrato unilateralmente, a mi entender no es posible. Los contratos son para cumplirlos "pacta sunt servanda", ahora bien, donde antes ha habido consentimiento ahora puede haber, en una de las partes, disentimiento, luego, para llevar a cabo ese disenso es necesario un nuevo contrato, la transacción definida en el art. 1.809 CC "las partes, dando, prometiendo o reteniendo cada una alguna cosa, evitan la provocación de un pleito o ponen término al que había comenzado>>.
Salvo mejor opinión.
Un saludo,