Hola, al mirar este caso practico me ha surgido una duda:
El caso practico dice que Cayo tiene una servidumbre de no elevacion de edificacion a favor de Ticio y Mevio. Ticio le da permiso para que eleve pero Mevio no. ¿Se pregunta si puede extinguirse la servidumbre por usucapion?
Segun lo que se dice en el apartado reglas e instituciones solo hay usucapio sobre el de Ticio. Mi pregunta es si no sería al reves, ya que Ticio le ha dado permiso. El plazo de usucapion no cuenta mientras tenga permiso, no?
Además creo recordar que esa era la solucion que daban en el programa de radio. Un saludo.