Teniendo en cuenta que:
- El nuevo libro tercero del Código Civil de Cataluña regula aspectos relativos a las "asociaciones" y que esto ya estaba regulado por la ley (catalana) de asociacions 7/1997 de 18 juny,
- y partiendo de la base de que ambas leyes no contradicen la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación...
- y teniendo presente que el preámbulo del libro 3º del Código Civil de Cataluña (4/2008 de 24 d'abril) dice que: "se derogan varios preceptos de (la) (ley) 7/1997" y que, efectivamente, en las disposiciones derogatorias del Codi Civil de Catalunya especifica que son los artçiculos 1 a 29 i 33 a 35 i 38d, disposicion adicional i las finales de la 7/1997 (una ley con 38 artículos).
¿INDICA ESTO QUE PREVALECE el libro 3º del Código Civil de Cataluña, derogando parcialmente la anterior ley 7/1997? (¿respuesta obvia no?)
Bueno, todo esto para informar que cuidado con ciertas bases de datos con leyes ya que, hoy (17/09/2008, 5 meses después de publicar el libro tercero del Codi Civil de Catalunya) en westlaw no avisan de que estén derogados los artículos mencionados de esta ley, siquiera que esta ley esté afectada por el libro 3º del Codi Civil de Catalunya.
No se si se esperan a la declaración de constitucionalidad del Estatut de Catalunya (en el cual se fundamenta la competencia del libro tercero del Codi Civil de Catalunya) o el qué! Pero me temo que es que no funcionan como es debido!
Lo digo como AVISO para no dar por sentado lo que estas bases de datos ofrecen.
Si me equivoco, correjidme por favor.
Inveterat.