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Autor Tema: Las tablas de privado y otros materiales...  (Leído 5800 veces)

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Desconectado simple22

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Re: Las tablas de privado y otros materiales...
« Respuesta #40 en: 08 de Octubre de 2008, 19:50:38 pm »
Por ahora, os mandaré esta noche o el sábado las tabla corregida por el departamento. Ahí se verán las observaciones que me hicieron a lo de la ley aplicable.

Evidentemente, las correcciones son lo suficientemente importantes, como para elaborar una nueva tabla.

No obstante, añado un resumen de los 52 supuestos de la tabla.

1.   En los apartados 1-29 se aplica el CC.
2.   En los apartados 30-37 el Convenio de Roma desplaza casi completamente al CC, si es cierta la interpretación que yo le doy al art. 2.
3.   En los apartados 38-40 se aplica el Reglamento comunitario Roma II, aunque a los que estamos en lo de diciembre no se nos exige eso. No obstante, el tema plantea un problema: que si decimos el criterio, tendremos que decir en virtud de qué ley. Lo que implica que tendremos que mentir en el examen diciendo que es aplicable una ley que sabemos que no es aplicable.
4.   En cuanto a los apartados 43-52, vuelvo a hacer la misma reflexión: si el Convenio de Roma se aplica a Estados no contratantes, entonces el CC lo podemos dar por derogado en este punto, quizá con las salvedades del art. 1,2 del Convenio  de Roma.
5.   Como colofón, puedo decir que la gran dificultad del DIPR es que, no hay seguridad jurídica. Normas que están prácticamente derogadas, sin embargo aparecen como vigentes en las ediciones legislativas tanto en soporte papel, como en soporte telemático. Y vale que en el derecho interno español, más o menos tenemos un mapa de leyes que nos permite rápidamente buscar en la Constitución, en el CC o en el Estatuto del Trabajador, la solución correcta. Pero esto no pasa con el DIPR, donde los criterios son caprichosos, puesto que las leyes nacionales de hecho inaplicables, siguen vigentes, porque los instrumentos internacionales vacilan mucho en cuanto al criterio: unos son aplicables a los Estados no contratantes y otros, no. Por eso, el panorama de las fuentes es fundamental, antes incluso de leer los libros oficiales. Creo que en el tema de la ley aplicable tenemos ya una certeza bastante alta. Y evidentemente, la tabla será modificada para adaptarla a los criterios de la UNED.

Nota: mi interpretación del art. 2 del Convenio de Roma es que se aplica a nacionales y residentes de Estados no contratantes. Si algún experto me lo puede confirmar o desmentir, lo agradeceré enormemente.

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Desconectado fllinares

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Re: Las tablas de privado y otros materiales...
« Respuesta #41 en: 08 de Octubre de 2008, 20:51:19 pm »
por favor necesito tambien las tablas de privado

enviar a fllinares@hotmail.com

Desconectado isangel

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Re: Las tablas de privado y otros materiales...
« Respuesta #42 en: 09 de Octubre de 2008, 11:22:30 am »
Yo también necesito las tablas ¿Podrías mandármelas? Gracias simple22.

mi correo es: antgel@telefonica.net

Desconectado SABE

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Re: Las tablas de privado y otros materiales...
« Respuesta #43 en: 20 de Octubre de 2008, 15:25:23 pm »
Te agradecería mucho si me puedes enviar las tablas y el material que puedas.
Mi correo es: isa_nevohada@hotmail.com

Muchas gracias.