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Autor Tema: consulta derecho consumidor  (Leído 11332 veces)

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Desconectado sylvia

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consulta derecho consumidor
« en: 07 de Octubre de 2008, 09:41:18 am »
buenos´días, compañeros, si me podeis orientar: resulta que a un cliente en nuestro puerto deportivo le hemos vendido una chaqueta polar, precio 90,00 en agosto, no le entregamos tiket por olvido. resulta que el dia de hoy pasa por las oficinas, reclamando que la chaqueta que le hemos vendido en agosto esta defectuosa el mismo nos dice que se la puesto 10 veces, y que por motivos de tiempo no vino a reclamar antes, en concreto la cremallera, se la ha roto y que hay que darle solucion, que el chaqueta igual que todos los productos tiene una garantía de un año.

que pensais, yo la verdad se que si compras un coche te dan la garantia de dos o tres años depende si es nuevo o segunda mano, pero nunca he comprado unos zapatos que se rompa el tacon y devolverlos dos meses despues..  alguno de vosotros  me dice algo o me indica donde buscar la ley del derecho de los consumidores.

gracias..


Desconectado MORDEKAY

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Re: consulta derecho consumidor
« Respuesta #1 en: 07 de Octubre de 2008, 18:31:18 pm »
Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Artículo 115. Ámbito de aplicación.

1. Están incluidos en el ámbito de aplicación de este título los contratos de compraventa de productos y los contratos de suministro de productos que hayan de producirse o fabricarse.

Artículo 123. Plazos.

1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.
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Desconectado sylvia

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Re: consulta derecho consumidor
« Respuesta #2 en: 08 de Octubre de 2008, 10:30:37 am »
buenos días, gracias, ya le doy un vistazo..saludos

Desconectado Lili

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Re: consulta derecho consumidor
« Respuesta #3 en: 08 de Octubre de 2008, 15:29:56 pm »

Pensar, pienso que la cremallera se le ha roto.
En cuanto a la ley y la garantía,  cubre defectos pero no roturas  ocurran como sea. Ahora bien, ¿es posible probar  que esta cremallera es defectuosa de fábrica? Una buena prueba habría sido que el cliente hubiera traído la chaqueta el día siguiente. En estos casos el minorista suele reclamar a la fábrica y según lo que responden, responde él al cliente.
Abogada Icamalaga

Desconectado MORDEKAY

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Re: consulta derecho consumidor
« Respuesta #4 en: 08 de Octubre de 2008, 15:31:53 pm »
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En cuanto a la ley y la garantía,  cubre defectos pero no roturas  ocurran como sea.


¿Y eso en qué artículo lo dice?
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Desconectado Osa

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Re: consulta derecho consumidor
« Respuesta #5 en: 08 de Octubre de 2008, 15:58:51 pm »
Dices que no se le entregó el ticket, ¿pagó el cliente en metálico o con tarjeta?.

Te hago esta pregunta porque no veo claro que sin ticket puede reclamar nada si el pago lo hizp en metálico.

Y ya no digo nada respecto de la información que facilita sobre el uso.....

Desconectado sylvia

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Re: consulta derecho consumidor
« Respuesta #6 en: 09 de Octubre de 2008, 11:20:05 am »
Hola no se le dio tiket, pago en metalico....  en cuanto lo que dice la compañera si la hubiera traido en unos días despues, correctamente se puede reclamar a la fabrica pero casi dos meses, no veo en ninguna parte que se pueda hacer.  Se asume lo del tiket, pero eso no le da, garantia indefinida que la traiga cuando le ha parecido. De todo esto lo que me da rabia, es que hay gente listilla por ahi, y al desconocer la ley, te quedas con cara de bobo, son gente que estas acostumbradas algunos digo hacerlo constantemente en todos los comercios y salen con la suya. sin problema se le hubiera cambiado hasta dos semanas despues, sinproblema, pero casi dos meses, pero quiero asegurarme bien de lo que dice la ley de protecciond el consumidor que tiene garantía de un año...? porque aun sin tiket se le puede dar una nota de acreditanto que la compro, pero esto no es el problema.
gracias por su colaboracion

Desconectado Osa

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Re: consulta derecho consumidor
« Respuesta #7 en: 09 de Octubre de 2008, 16:03:11 pm »
Sylvia, además de la LGDC, mira también la Ley de Ordencaión del Comercio Minorista.

Pero, repito, sin ticket, nada se puede reclamar y menos si pagó en metálico,

Referente a lo de la garantia...pues no creo yo que tenga el mismo tratamiento una chaqueta que un electrodoméstico (p. ej).


Desconectado Lili

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Re: consulta derecho consumidor
« Respuesta #8 en: 09 de Octubre de 2008, 16:37:19 pm »
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En cuanto a la ley y la garantía,  cubre defectos pero no roturas  ocurran como sea.


¿Y eso en qué artículo lo dice?

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Hola no se le dio tiket, pago en metalico....  en cuanto lo que dice la compañera si la hubiera traido en unos días despues, correctamente se puede reclamar a la fabrica pero casi dos meses, no veo en ninguna parte que se pueda hacer.  Se asume lo del tiket, pero eso no le da, garantia indefinida que la traiga cuando le ha parecido. De todo esto lo que me da rabia, es que hay gente listilla por ahi, y al desconocer la ley, te quedas con cara de bobo, son gente que estas acostumbradas algunos digo hacerlo constantemente en todos los comercios y salen con la suya. sin problema se le hubiera cambiado hasta dos semanas despues, sinproblema, pero casi dos meses, pero quiero asegurarme bien de lo que dice la ley de protecciond el consumidor que tiene garantía de un año...? porque aun sin tiket se le puede dar una nota de acreditanto que la compro, pero esto no es el problema.
gracias por su colaboracion
Salen con la suya porque el comerciante prefiere no pelearse con un cliente pero  no significa que el cliente siempre tiene razón. 

Quiero decir que la garantía de los productos está pensado y la ley así lo expresa ( lo tengo que buscar, no me la sé de memoria) para que el consumidor pueda reclamar un producto que le ha sido entregado deteriorado, defectuoso o de inferior calidad o características distintas y a causa de alguna de estas circunstancias no cumple su función o su  utilidad. Si una cremallera tiene la función de subir y bajar y no la cumple, la prenda se puede reclamar. Si esta cremallera con el uso prolongado se rompe cabe dentro de lo que se puede esperar, no entiendo que debe durar dos años. 
Continuará..........
Abogada Icamalaga

Desconectado Babie

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Re: consulta derecho consumidor
« Respuesta #9 en: 09 de Octubre de 2008, 17:19:10 pm »
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Artículo 115. Ámbito de aplicación.

1. Están incluidos en el ámbito de aplicación de este título los contratos de compraventa de productos y los contratos de suministro de productos que hayan de producirse o fabricarse.

Artículo 123. Plazos.

1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.

Añado esto que va a continuación de lo que dice Mordekay en el artículo 123 Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.


Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega del producto, sea éste nuevo o de segunda mano, ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del producto o la índole de la falta de conformidad.
4. El consumidor y usuario deberá informar al vendedor de la falta de conformidad en el plazo de dos meses desde que tuvo conocimiento de ella. El incumplimiento de dicho plazo no supondrá la pérdida del derecho al saneamiento que corresponda, siendo responsable el consumidor y usuario, no obstante, de los daños o perjuicios efectivamente ocasionados por el retraso en la comunicación.

Salvo prueba en contrario, se entenderá que la comunicación del consumidor y usuario ha tenido lugar dentro del plazo establecido.



Te invito a que leas en este  portal No puedes ver los enlaces. Register or Login más casos como los tuyos,haz una búsqueda avanzada:devolución* artículos y ya verás :)

Un saludo
Recuerda: Algún día seremos felices.Aunque sólo sea un día :)

Desconectado sylvia

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Re: consulta derecho consumidor
« Respuesta #10 en: 10 de Octubre de 2008, 12:12:18 pm »
Hola compañeros, voy a dar vistazo lo que me dices.  Aún conservo aqui en ofic. la cazadora en cuestión quedamos en darle respuesta en unos días. 
Gracias por vuestra colaboración.

Desconectado casiocervera

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Re: consulta derecho consumidor
« Respuesta #11 en: 11 de Octubre de 2008, 23:26:01 pm »
Hola Sylvia yo soy del gremio, comercial de moda y en muchos casos lo que hacemos es decirle al cliente (propiestario de un comercio) que le devuelva el dinero o le cambie la prenda por otra nueva corriendo nosotros como fabrica con el coste de dicho articulo, claro yo trabajo con articulos de menos importe pero para mi como comercial y para la fabrica lo importante es consevaros como clientes y son pequeñas perdidas que se asumen, pero conozco otras empresas que son muy severos a la hora de cambiar cualquier producto.

En muchos casos es abuso por parte del usuario que le pasa algo y quiere todos los derechos pero ninguna obligación esto es la demonización de los que vendemos al usuario, solo tenemos obligaciones pero nunca derechos, por ejemplo a que cuando se llevan algun articulo y te lo traen a cambiar venga en el mismo estado, a veces trae malos olores porque a estado en un lugar con mal olor, viene arrugado, sin etiquetas.... >:( en fin como ves se un poco he estado 24 años detras de un mostrador y llevo 10 de comercial.

De todas formas en tu caso quizas solo sea necesario la sustitución de la cremallera por una modista, en mi sector que es la moda de mujer es muy frecuente el tema de los arreglos, si la ley te permite que le arregles el defecto te saldra mas economico, y habla con el fabricante quizas el te lo pueda hacer o tenga otra igual porque puede que sea un listo y te la traiga ahora para que le devuelvas el dinero pero seguro que la ley te permite entregarle otra igual pero nueva asi no puede cogerse una de la nueva temporada, o gastarse el dinero en otra cosa.

En fin suerte y paciencia, un saludo. :)


Desconectado fcalero15

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Re: consulta derecho consumidor
« Respuesta #12 en: 14 de Octubre de 2008, 02:16:14 am »
Pues ya me diréis en qué tiendas curráis porque si yo voy a mi tienda habitual reclamando que se me ha roto lo que sea que compré hace dos meses y encima sin el tiket me mandan donde picó el pollo, con leyes o sin ellas.
De todas maneras, entiendo que al ser esto un foro de derecho estos debates son siempre interesantes pero, a mi modo de ver, más como ejercicio teórico que como algo práctico.
Por muchas leyes que haya si el establecimiento se queda la prenda "defectuosa" y promete al cliente reponderle en unos días no creo yo que cuando vuelva el cliente se le vaya a decir: "pues, mire llévese la chaquetita porque según el artículo 342/12 de la LGDC no se la cambio porque no me da la gana".
«La razón de la sinrazón que a mi razón se hace, de tal manera mi razón enflaquece, que con razón me

Desconectado Lili

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Re: consulta derecho consumidor
« Respuesta #13 en: 15 de Octubre de 2008, 16:06:20 pm »


Esta ley y sus reformas tampoco  llegan a satisfacer a los consumidores/ usuarios,  sea por la mala interpretación o por la nula aplicación.
La ley en términos muy generales obliga al vendedor/ fabricante a conceder un plazo de dos años de garantía a todos los productos duraderos durante el cual responde por los defectos que se manifiesten.
El usuario puede expresar su falta de conformidad en un plazo muy largo para, por ejemplo, un artículo textil presumiendo  que los desperfectos descubiertos y reclamados en el plazo de 6 meses ya existían en el momento de la entrega.
El derecho abarca la reparación siempre que sea posible si no, la sustitución o la rebaja del precio si el consumidor está de acuerdo y en último caso la resolución del contrato
( le devuelven el dinero).
Por otro lado hay comerciantes que exigen al usuario que demuestre  que los defectos no se hayan producido a consecuencia del mal uso o accidente producido por el usuario. ¿Legal, no legal?
Todos están de acuerdo que la obligación consiste  en entregar el producto conforme a la descripción, cualidades, aptitudes, calidad y prestación habituales para el uso a que se destine. Pero de ahí que se pueda probar cualquier artículo textil con el desgaste y deterioro que conlleva durante más de siete días me parece otro abuso.
En el lado contrario nos encontramos con el tema de un producto electrónico o un “simple” electrodoméstico. Hoy en día todos llevan su plaquita electrónica y estas se suelen romper antes de  los 6 meses, igual que las baterías de algunos aparatos electrónicos y sin ellos no funciona nada ya que suelen ser la pieza más importante y más cara del aparato. Pues bien, los comerciantes y fabricantes no conceden una garantía de dos años para estas piezas sino de SEIS MESES. He superado la asignatura Derecho de Consumo pero no supero la injusticia reinante.
Continuará…….
Abogada Icamalaga

Desconectado casiocervera

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Re: consulta derecho consumidor
« Respuesta #14 en: 15 de Octubre de 2008, 16:26:39 pm »
Hay articulos textiles que si aguantan los seis meses, pero otros desde luego no solo pensar en los articulos de tricotosa o punto, jerseys, chaquetas todo lo relativo a lana o similares ahora mismo tengo entendido que las prendas de este tipo de marca no garantizan el tema del Pilin (bolas), no hace muchos años si las garantizaban pero ahora con toda la producción en Asia no es posible, puesto que ha bajado la calidad.

Y desde luego la resistencia de cualquier tipo de prenda textil depende del uso, el roce,el lavado, planchado  etc.

Un saludo a todos los foreros.

Desconectado Osa

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Re: consulta derecho consumidor
« Respuesta #15 en: 15 de Octubre de 2008, 19:57:59 pm »
Supongo que la dirección de esa tienda quiere quedar bien con el cliente, por eso no sabe como solucionar el asunto....pero insisto: el ticket es el contrato de compraventa, lo mismo que el billete del autobús o del tren. Sin ticket no hay derecho a reclamar....el resto, buena fe y deseos que no contrariar.

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Re: consulta derecho consumidor
« Respuesta #16 en: 15 de Octubre de 2008, 22:20:44 pm »
Pero si no tienes recibo, ticket pero sí un comprobante del pago como puede ser la anotación en la cuenta corriente si lo has abonado con tarjeta de crédito???si valdría? Yo pienso que se equipara a efectos de comprobante fehaciente. :o
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Desconectado Osa

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Re: consulta derecho consumidor
« Respuesta #17 en: 15 de Octubre de 2008, 22:35:44 pm »
Si lees más arriba verás que el cliente pagó en metálico.