Buenas, estoy todavía en segundo y se me plantea un tema que por falta de práctica prefiero consultar para o meter la pata. Resulta que un apartamento alquilado y definido en el contrato las personas que conviven, me alegan que para recibir a un familiar inmigrante durante sólo un mes, le piden de extranjería que diga donde va a vivir, y al presentar el contrato le dicen que no vale pues el no se encuentra incluido.
Las dudas son las siguientes: 1.- Es real que extranjería le pida un domicilio.
2.- Si autorizamos a esa persona, que es hermana del inquilino actual, adquiere derechos de suborrogación, o por el contrario,si ponemos que se le permite durante dos meses vivir en el piso sólo.
3.- Negarme a hacer nada, pero claro, es posible que por desconocimiento haga algún daño. Es que creo que puede haber algo no sólo en la Ley de arrendamientos urbanos, sino en la ley de extranjería, pero no nada de eso el código civil.
Bueno que rollo...¿Que me recomendais? y muchas gracias por contestar.
