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Autor Tema: derecho de admisión en local de la administracion  (Leído 2567 veces)

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Desconectado Guiomar-2

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derecho de admisión en local de la administracion
« en: 11 de Octubre de 2008, 18:17:47 pm »
buenas tardes
mi pregunta es si en un local público perteneciente a la administracion se puede hacer uso del derecho de admision
colocando el cartel en parte visible ¿ se puede negar la entrada a alguien por faltar el respeto al responsable del centro o a otro usuario del mismo? o ¿ se la puede pedir que abandone el local por usar malos modos o lenguaje soez?

espero que me podais sacar de dudas de si esto solo se puede utilizar en locales privados o no
gracias
un saludo 


Desconectado mesetario

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Re: derecho de admisión en local de la administracion
« Respuesta #1 en: 14 de Octubre de 2008, 18:57:07 pm »
El derecho de admisión se regula en el Real Decreto 2816/1982, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de espectáculos públicos y actividades recreativas, siendo de aplicación a todos los locales donde se desarrollen estas actividades, ya sean de titularidad privada o pública.

Así, lo importante no es que el local sea o no de la Administración, sino a qué fin esté destinado. Si hablamos de unas dependencias administrativas abiertas al público (ejemplo: un registro oficial), mal vamos a poder reservar el derecho de admisión. Esto no obsta para que, ante un altercado, el personal encargado de la custodia del edificio actue, pero, a priori, no podremos reservar el derecho de admisión.
"quotquotPor Castilla y León, pasó Cristóbal Colón. Ya pudo cambiar de ruta, el hijo de la grandísima puta"quotquot

Desconectado IURIS_TANTUM

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Re: derecho de admisión en local de la administracion
« Respuesta #2 en: 15 de Octubre de 2008, 14:01:10 pm »

     Coincido completamente con Mesetario.

     La atención al público es una tarea apasionante, pero es cierto que resulta también estresante y quema mucho. Para aquellos a los que no les guste atender a la gente, no lo encontrarán nada apasionante y encima ese estrés les resultará -sin duda- aplastante. Las Administraciones Públicas suelen organizar cursos de "Técnicas de Atención al Ciudadano". Algunas de estas técnicas son muy útiles y aconsejan sobre pasos a seguir distinguiendo entre atención telefónica y presencial. Orientan sobre cómo tratar a alguien que llega enfadado o levantando el tono de voz. No hay que olvidar que la Administración está al servicio de los Ciudadanos, por ello lo primero que hay que hacer, en el caso que llegue alguien enfadado, es intentar que se calme y que exprese qué le sucede, tratándole con el debido respeto y cortesía. Después le informaremos sobre su problema, duda o consulta. Obviamente para casos extremos, la Policía puede actuar cuando se considere oportuno.

Un cordial saludo   

Desconectado manuelk0

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Re: derecho de admisión en local de la administracion
« Respuesta #3 en: 16 de Octubre de 2008, 20:32:15 pm »
Caray es de sentido comun, ya no solo que sea de la propia administracion si no de cualquier otro establecimiento. Si yo entro en un establecimiento dando golpazos a la puerta y gritando, bueno resumiendo actuando fuera de lo que se entiende como conducta de urbanidad pues es evidente que le ponga a uno patitas en la calle.
Otra cosa es (y muy comun en muchos centro de la administracion) que tengan a una persona que la hayan citado a una hora determinada y haya trascurrido 5h y esa persona no ha sido atendida ni se le ha dado explicacion de tal anomalia. Para ello existe unos libro de reclamaciones que debe de tener toda entidad publica en la cual manifiesta tal anomalia asi la reposicion del daño producido..... un saludo

Desconectado mesetario

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Re: derecho de admisión en local de la administracion
« Respuesta #4 en: 16 de Octubre de 2008, 20:50:59 pm »
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no ha sido atendida ni se le ha dado explicacion de tal anomalia. Para ello existe unos libro de reclamaciones que debe de tener toda entidad publica en la cual manifiesta tal anomalia asi la reposicion del daño producido..... un saludo

¡Vaya! He de actualizarme porque veo que ando un poco anticuado. ¿Te importaría aclararme la normativa que dice eso de que en toda entidad pública ha de existir un libro de reclamaciones?
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