Hola buenos días,
creo poder responder a tus preguntas, ya que he empezado la escuela de práctica jurídica este año y nos han explicado algunas de estas cosas.
Respecto a lo primero, sí que puedes matricularte en la escuela teniendo asignaturas pendientes de 5º, siempre que tengas el primer ciclo terminado te permiten matricularte con asignaturas pendientes de 4º y de 5º, pero tienen que valorar tu caso y si hay mucha gente tienen prioridad los solicitantes que ya están licenciados. Además el título de la escuela está condicionado a que apruebes esas asignaturas y te licencies en derecho, en caso contrario no te dan la titulación de la escuela, lo cual es lógico.
Respecto al turno de oficio los requisitos deben de ser 2 años de colegiación y de ejercicio (demostrable), pero con la escuela estarías exento de este requisito, eso al menos es lo que nos han explicado a nosotros, precisamente ayer que tuvimos clase de deontología y un compañero hizo la pregunta. En cuanto al examen del consejo, si tienes la escuela de práctica jurídica tampoco necesitas hacer el examen, aunque el profesor nos comentó que ya puestos no estaba de más hacerlo, pero que con la escuela éra suficiente para el turno de oficio.
Espero haberte ayudado.
Saludos