yo he puesto que en principio, aunque es el interesado el que presenta solicitud de cambio de nombre, y siendo mayor de edad. Si es menor, pero cumplido 16 años, se supone que los padres no tienen derecho sobre los derechos de los que son titulares los hijos, salvo que éste preste su consentimiento.. en fin, el caso es que la identidad es uno de los derechos fundamentales. y no creo que se pueda cambiar asi por la cara. alguna pega tiene que tener.
y en todo caso, segun la ley de proteccion al menor, el menor tiene derecho a ser oido . Asi que en todo caso, de cambiar el nombre el que tiene la patria potestad ,o representante legal, por lo menos, si el niño tiene algo de razon, deberia de ser oido en el asunto.
..en fin...que me liado mas que qué.

No sabia que argumento usar.
El resto del examen, exactamente igual que el de otros años, como era previsible.
