Las pensiones de orfandad y las de viudedad son completamente independientes, de modo que no hay ninguna "compensación" cuando uno de los padres fallece y el otro no cobra (a efectos del huérfano). De todos modos, y si realmente el niño no tiene otros ingresos, puede solicitar el complemento para mínimos, que este año 2009 está en 561,55 €/mes (asumiendo que sólo hay un huérfano), lo que quiere decir que no cobrará esos 176 € de pensión reconocida, sino 561,55 de pensión complementada.
Lo que no entiendo es: ¿que quieres decir con que la madre ronda los 1000? ¿por trabajo?
De cualquier modo la legislación cambió, y ahora se reconoce el derecho a pensión a parejas de hecho, con determinados requisitos (y el tener hijos en común, concretamente, es uno de ellos a efectos de demostrar la relación).