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Autor Tema: ¿Procurador?  (Leído 1791 veces)

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Desconectado JL34

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¿Procurador?
« en: 03 de Marzo de 2009, 16:54:25 pm »
Estimados compañeros, me gustaría saber vuestra opinion sobre ejercer de procurador una vez licenciado.

Se admiten consejos  y cualquier comentario al respecto.

Gracias y saludos


Desconectado PELOTIAS

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Re: ¿Procurador?
« Respuesta #1 en: 03 de Marzo de 2009, 17:07:03 pm »
También yo me lo he planteado. Algunos amigos abogados me han dicho al respecto: es muy difícil meter la cabeza en ese mundo, porque los abogados deben modificar su poder notarial para incluirte en la lista de procuradores, poder que debe firmarse de nuevo debido a dicha modificación por los clientes del letrado, cosa a la que no están dispuestos la inmensa mayoría.
Ahora bien, otra cosa es que un familiar ya sea procurata o tengas muchos amigos abogados, o muy buenas relaciones con entidades bancarias.
Y la última cuestión es meterte en un despacho de algún procurador de los potentes, a sueldo y, desde ahí promocionarte con los clientes para dar en su día el salto autonómico o seguir como asalariado.
Muchas ganas no me quedaron de "procurar", la verdad. Pero me parece un tema interesante, espero más opiniones (y tal) :)

Desconectado JL34

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Re: ¿Procurador?
« Respuesta #2 en: 04 de Marzo de 2009, 16:57:31 pm »
Yo he oido decir que es una profesión que tiene a desaparecer porque en un futuro no muy lejano, las sentencias se enviaran directamente por correo electrónico a los abogados.

Además se dice que es una profesión en la que cuesta cobrar los honorarios, que en este caso serían aranceles.


Desconectado BMARTIN44

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Re: ¿Procurador?
« Respuesta #3 en: 04 de Marzo de 2009, 19:37:35 pm »
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Yo he oido decir que es una profesión que tiene a desaparecer porque en un futuro no muy lejano, las sentencias se enviaran directamente por correo electrónico a los abogados.

Además se dice que es una profesión en la que cuesta cobrar los honorarios, que en este caso serían aranceles.



Cuesta menos cobrar que si eres abogado y me explico. Hasta donde yo sé, si a ti tu cliente te dice que se va y otro abogado te pide la venia, estas obligado a darla aunque el cliente en cuestión te deba tu minuta.
Sin embargo el procurador no está obligado a conceder la venia a otro procurador hasta que sus honorarios sean abonados. Al menos es lo que veo yo en mi trabajo, (soy secretaria en un despacho de abogados).

Sobre lo de modificar el poder notarial es cierto, pero siempre entran casos nuevos en los que hay que hacer poderes nuevos, y ahí si se te puede incluir como procurador. Es decir, a mi despacho cuando llega un cliente nuevo, yo mando los datos a la notaria para que elaboren el Poder para Pleitos, y en esos datos incluyo a mis jefes como Letrados y a los Procuradores que mi jefe decida.