En la charla de amdinistrativo el profesor indicó claramente que podían "no atender la petición", en cuyo caso se entendía desestimada la solicitud por silencio administrativo, y por tanto la misma nota, pero en ningún caso podrían bajarla, pues no existía la reformatio in peius. Esto es lo que dijo, y está grabado. Cuando haya progresado más en mis estudios, dentro de unos años, veré si hay alguna otra lectura del tema, de momento me quedo con lo que este profesor indicó en su charla.
Saludos