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Autor Tema: caracter peyorativo del mundo del Derecho  (Leído 11458 veces)

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Desconectado arv2

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Re: caracter peyorativo del mundo del Derecho
« Respuesta #20 en: 18 de Agosto de 2005, 15:25:49 pm »
Una pregunta:

¿intervendrá la edad del procesado? ¿qué años tiene el tipejo este?

¿alguien tiene la sentencia?

saludos


Desconectado pulpo

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Re: caracter peyorativo del mundo del Derecho
« Respuesta #21 en: 18 de Agosto de 2005, 15:50:08 pm »
No tengo la sentencia por desgracia, pero la edad no influye.Es mayor de edad.
Obra de tal modo que la máxima de tu voluntad sirva al mismo tiempo como legislación universal

Desconectado tuno

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Re: caracter peyorativo del mundo del Derecho
« Respuesta #22 en: 18 de Agosto de 2005, 16:50:03 pm »
Creo (corregirme si me equivoco) que la otra persona que se puso como culpable en un principio, si era menor de edad, y se hizo sabiamente aconsejado.

Decidme si no es premeditado de narices
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Desconectado pulpo

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Re: caracter peyorativo del mundo del Derecho
« Respuesta #23 en: 18 de Agosto de 2005, 17:23:57 pm »
Lo que dices es cierto, pero jurídicamente no sucedió, al anularse la grabación de la polícia en que se descubrió ese plan.
Obra de tal modo que la máxima de tu voluntad sirva al mismo tiempo como legislación universal

Desconectado tuno

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Re: caracter peyorativo del mundo del Derecho
« Respuesta #24 en: 18 de Agosto de 2005, 17:42:15 pm »
OK, me refiero al hecho de como se les aconsejo que se pusiera el otro, porque al ser menor la pena es infima. Creo pensar y no me equivoco, que esto es consejo de un entendido en leyes.

Esto debe ser lo de confesion y culpabilidad, atenuantes a tope, por los coj.....

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Desconectado pulpo

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Re: caracter peyorativo del mundo del Derecho
« Respuesta #25 en: 18 de Agosto de 2005, 18:06:28 pm »
Así es, fue bien aconsejado. Con lo que lo del atenuante por confesión resluta una broma macabra.
Obra de tal modo que la máxima de tu voluntad sirva al mismo tiempo como legislación universal

Desconectado Pedro.v

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Re: caracter peyorativo del mundo del Derecho
« Respuesta #26 en: 18 de Agosto de 2005, 20:44:59 pm »
A mí me queda una duda. Según el art. 66 las circunstancias agravantes y atenuantes solo son aplicables en los delitos dolosos. En los imprudentes el juez aplicará la pena a su prudente arbitrio. Más o menos eso es lo que dice el Código penal, yo lo entiendo como que no puede haber disminución de grado por atenuantes, que el juez aplicará lo que considere oportuno, pero dentro de la pena abstracta. Creo que no podría ser menor a un año. Sería interesante poder leer la sentencia, si alguien sabe como conseguirla.
  Por otra parte, ¿es posible que haya habido algún tipo de trato?
Es decir, un acuerdo entre las partes en el que la indemnización real sea muy superior a la establecida en sentencia. Supongamos (aunque es mucho suponer), que la viuda de la víctima queda en una situación económica muy apurada. Su marido no va a volver por el hecho de que el culpable pase un par de años o tres en la cárcel, y ella queda en una muy dificil situación para salir adelante. El culpable le ofrece una indemnización que le resuelve la vida, a cambio de que no recurra una sentencia manifiestamente injustificada, y la viuda acepta (supongamos que muy a pesar suyo, es la única salida que tiene para sobrevivir dignamente). Evidentemente el Juez conoce la cuestión, y aunque resulte duro e injusto socialmente, entiende que dada la situación de la víctima, va a resultar mucho más justo materialmente para ella, y dicta esta absurda sentencia. ¿Podría ser algo así?. En ese caso quizás cuadraría todo, porque realmente si la misma sentencia reconoce la gravedad de su actuación como hechos probados, pienso que no tiene ninguna posibilidad de mantenerse si se llega hasta el Supremo. Joer, que lío me he armado, a ver que opinais. Saludos

Desconectado pulpo

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Re: caracter peyorativo del mundo del Derecho
« Respuesta #27 en: 18 de Agosto de 2005, 22:21:28 pm »
Que yo sepa el acuerdo entre partes no existe en materia penal en el derecho español. Las infracciones penales por ser considerasas muy graves atentan contra toda la sociedad no sólo contra la víctima y por tanto la pena debe ser aplicada exclusivamente en función de la reprochabilidad de la conducta.
Obra de tal modo que la máxima de tu voluntad sirva al mismo tiempo como legislación universal

Desconectado Pedro.v

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Re: caracter peyorativo del mundo del Derecho
« Respuesta #28 en: 19 de Agosto de 2005, 01:30:29 am »
Estoy totalmente de acuerdo con lo que dices, pero evidentemente no me refiero a acuerdos "legales".
 Por cierto, ¿alguien sabe si se ha recurrido la sentencia?. saludos

Desconectado pulpo

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Re: caracter peyorativo del mundo del Derecho
« Respuesta #29 en: 19 de Agosto de 2005, 01:33:35 am »
No creo que haya habido acuerdo extraprocesal con la acusación particular que ha recurrido la sentencia, respecto a la juez ya dije que apesta a prevaricación.
Espero que la AP de Sevilla haga justicia.
Obra de tal modo que la máxima de tu voluntad sirva al mismo tiempo como legislación universal

Desconectado tuno

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Re: caracter peyorativo del mundo del Derecho
« Respuesta #30 en: 19 de Agosto de 2005, 10:19:35 am »
La justicia emana del pueblo ....

Alguien puede explicarmelo ... :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'(
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