Pero igual por eso no quitan los puntos, yo creo........creo que lo más grave es decir el numerario del art. mal, o fechas de ratificación o entrada en vigor mal......o sencillamente poner tus palabras y con tus palabras significa otra cosa (te cargas la letra de la ley, y la voluntad del legislador, y con ello la solución al supuesto de hecho).
No es lo mismo Jueces y Autoridades tendrán la competencia "cuando el adoptando sea español O resida en España, y cuando el adoptante sea Y resida en España"...que "cuando el adoptando sea español Y resida en España, y cuando el adoptante sea español O resida en España"
El matiz está en que el adoptando puede ser español O residir en España....mientras que el adoptante necesariamente ha de ser español Y residir en España...
Esa es mi interpretación...un saludo, disculpad, es que a veces me enrollo mucho
