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Autor Tema: Comision de Revision  (Leído 9292 veces)

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Re: Comision de Revision
« Respuesta #40 en: 11 de Julio de 2009, 23:40:25 pm »
Donde dice... debe decir "contencioso-administrativo"  :D

Saludos,


Desconectado Stong

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Re: Comision de Revision
« Respuesta #41 en: 12 de Julio de 2009, 00:51:44 am »
Gracias, Ius-Uned,por contestarme y pedir indirectamente mi aprobado.

Yo solicité la revisión a través del procedimiento administrativo, por correo certificado, con sello en la hoja que se introduce en el sobre por el funcionario público de correos, de acuerdo a la reglamentación del Ministerio de Fomento en el desarrollo de la forma en que se debe aplicar la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común y con un acuse de recibo.

En el mismo instante que hacia esto, envíaba un burofax por el servicio que realiza la Sociedad Estatal de correos que tiene el carácter de servicio urgente, deja constancia de la persona que lo recibe (Dpto. de Procesal), quedando el mismo en las oficinas postales de origen porque tiene caracter de prueba frente a terceros y debe ser entregado, no puede depósitarse en casillero postal, salvo que no se pueda hacer la entrega "in situ".

Esto ocurrío el día 6 de julio de 2009.

Ambas formas son válidas para iniciar el procedimiento administrativo, en ambos escritos que era copias uno del otro, pero firmadas ambas en original, se hacía mención del otro envío, por si uno de los dos fallaba.

El burofax no puedo ser entregado, pasando a lista de correos, hasta que se retire de las oficinas. Cómo no desconozco el plazo que estará en lista de la oficina de correos. Pongamos un mes. Si fuese retirado al mes menos un día por el Dpto. de Procesal... ¿Se iniciaría el procedimiento administrativo o sería caducado por los plazos? ¿Y si caducara después de mes, sin retirarse de la oficina de correos?

Como esto me lo imaginaba, la carta certificada fue enviada de acuerdo al la Ley citada, el mismo día y a la misma hora.

La única respuesta que "indirectamente" tengo ahora es que mi nota ha sido retirada del sistema informático y aparece como pendiente de calificar.






Desconectado Stong

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Re: Comision de Revision
« Respuesta #42 en: 12 de Julio de 2009, 03:32:30 am »
ok¡ Comprendo la revisión sería una facultad de un laboral y el acto de notificación del secretario o profesor funcionario.

Los plazos es lo que me tienen "loco", entendiendo que deben ser lo antes posible, y que el día 16 entra el periódo no lectivo hasta el día 31 de julio, que no el periódo administrativo.

Desconectado Ius-Uned

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Re: Comision de Revision
« Respuesta #43 en: 12 de Julio de 2009, 10:32:14 am »
Stong,

Por lo que cuentas, no se trata de un supuesto de hecho sino real.

En cuanto al envío de una carta certificada y burofax; que no hayan sido retiradas no ya por el profesor de turno, sino por la Secretaría del Departamento que siempre están (o deben estar) es cuanto menos una negligencia en cuanto al servicio que prestan ante el alumno (ciudadano), que posiblemente sea sancionable por dejadez y abandono del servicio (vid. LRJAP y PAC, LEC-2000).

Teniendo como tienes tus copias de los envíos, tampoco te "preocupes" mucho, pues espera a que pase el 31 de julio y ahí ya puedes hacer el recurso de alzada ante el Rector, no sólo porque no han contestado sino también por pedir una revisión que no ha tenido lugar y pedir explicaciones al respecto. Si correos te devuelve el escrito y burofax antes del 31 de julio los adjunta al recurso. El problema es del Departamento que tendrá que dar explicaciones al Rector.

No obstante, como comentas de que tu nota está "pendiente de calificar" es posible que hayan retirado o recogido el escrito o el burofax, pues otra explicación para la retirada de la misma no hay... al menos que desde un principio esa no era tu nota, por ejemplo, por pérdida de examen y la hayan retirado.

En fin, creo que ahora toca esperar, y que te pondrán la nota en unos días.

Saludos, y suerte.


PD. ¿Cuándo tengas el resultado o contestación nos lo podrías decir?






Desconectado Stong

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Re: Comision de Revision
« Respuesta #44 en: 12 de Julio de 2009, 17:05:17 pm »
Claro, que es un caso real. Yo no me escondo bajo un nick para intentar cambiar las cosas que no me gusten u opinar sobre cosas que considero absurdas. Mas que un nick de Stong, es un seudónimo.

¡¡Así me va…!!! ¡Qué nunca he logrado levantar cabeza!


Es que me preguntaba si un profesor en base a su capacidad técnica de competencia demostrada corrige un examen la primera vez y se solicita la revisión. ¿Debe abstenerse en contra de los que establece el reglamento universitario por estar implicado como técnico o perito en la primera corrección?

Entiendo que si el objeto de la pretensión (el examen) ha desaparecido en su totalidad no tiene porque abstenerse, en el caso de haber desaparecido parte del objeto de la pretensión del alumno podrá corregir de nuevo, pero en el supuesto de que exista la totalidad del examen no debería “abstenerse” sin ser necesaria su recusación y pasar el tanto o directamente a la Comisión de revisión… Esta es la pregunta en contra de lo que pone el reglamento universitario o qué la solicitud de revisión de un examen no sea un procedimiento administrativo.

El recurso de alzada contra la decisión de la Comisión de Revisión sería el 01/07/09 de julio por silencio administrativo  y al día siguiente de la resolución expresa desestimatoria, para hacerlo lo más express posible. Y tienen tienen 3 mesillos para contestarte.

Ya sabemos que habrán pasado los exámenes de septiembre de 2009 por llevarse uno por el cumplimiento estricto de la Ley, sino te presentas,  aunque se base en la buena fe, equidad y otras cosas que muchos de nosotros, por lo menos yo no sé bien su alcance conceptual en la jurisdicción ni en la vía administrativa.

En el supuesto caso del extravío o pérdida de exámenes la cosa es peor, porque no pueden perjudicarte académicamente, es decir, te tienen dar una resolución expresa siempre, con los hechos y las motivaciones sin perjudicarte académicamente en base a la normativa aplicable: Ejemplo: EXAMÍNESE EN SEPTIEMBRE, porque otra normativa no existe que no lo perjudique académicamente, excepto que usted este en ultima convocatoria que lo examinaremos de nuevo,  creo yo.

Y por último, en la jurisidicción contenciosa administrativa, teniendo en cuenta que no va a ser admitida por el juez por no estar un alumno capacitado para discutir o dudar de la discrecionalidad técnica en la apreciación de un examen por un profesor universitario ni ningún tribunal constituido en base a su capacidad técnica,  quedando fuera en el  derecho de la tutela efectiva  del artículo 24 C.E. en la pretensión de un alumno, no siendo considerada una “indefensión” al haberse agotado la vía subsidiaria de la jurisdicción, la vía administrativa no dando lugar a la pretensión del alumno.

Y, en el supuesto caso de ser admitida por la jurisdicción quién se pone a pagar abogado y procurador para algo que le sale más económico y más rápido resolverlo en Septiembre.

Bueno, en algunos casos podrá pedir al Colegio de Abogados la asistencia jurídica gratuita para postular en una pretensión, siendo el objeto del proceso, el examen contra el Departamento de Derecho Procesal de la Uned. El Colegio de Abogados se partirá de risa, pero tramitará la solicitud, para no crear indefensión en el alumno, si reúne los requisitos mínimos, hasta la decisión de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita determine si procede ese derecho o se anula, de oficio o porque el Departamento se oponga a que el alumno tenga asistencia jurídica gratuita y pueda demostrarlo.

Debiendo abonar los gastos de abogado y procurador designados en primera instancia o recurrir la decisión de la Comisión de Asistencia al Tribunal Superior de Justicia, que es el órgano jurisdiccional con una sentencia que será inapelable o con multa si se ha promovido la máquina judicial por error o a sabiendas de no tener ese derecho.

Esto sin entrar en la competencia territorial y material del órgano jurisdiccional, si se debe realizar el juicio en Madrid o en cualquiera de los territorios de la Comunidad Autónoma de la que sea el alumno, si nombra por acta notaria, etc. Representantes.

Total que mejor es examinarse en septiembre.


Esto es un pequeño resumen, pero pequeño comparado con las exposiciones que hice en el examen. PERO ES QUE ME DIERON UN 2,5 en la puntuación EN LA PRIMERA CORRECCIÓN. Esperaré con ansia, que me está produciendo estress la nota final. Y la diré, porque sino me veo en septiembre.

Salvo que el Departamento llegue a un pacto en la terminación del proceso, dándome un aprobado (un cinco), sin hacerme perder el tiempo, mi tiempo, en cosas que tenía planificada para otros estudios, leyendo todo lo que he escrito en los foros no oficiales de la Uned. En la mejor página para estudiantes www. uned-derecho.com.


Continuará el culebrón, solo con el resultado aprobado o para septiembre.






Desconectado irueda2

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Re: Comision de Revision
« Respuesta #45 en: 17 de Julio de 2009, 19:32:58 pm »
Hoy he reenviado mi peticion de comision de revision al director del departamento de Penal II.
Se la mandé ppor primera vez el 10 de Julio y aun no me ha contestado.
Lo que  me preocupa es que ya figura en el expediente como pendiente para septiembre.
A alguien le queda por que le contesten la comision?

Gracias.

Desconectado Stong

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Re: Comision de Revision
« Respuesta #46 en: 17 de Julio de 2009, 20:08:06 pm »
En teoría tienes que tener la confirmación de la ratificación del suspenso o de que no sube nota, si pretendías tener una calificación superior a la otorgada.
Si esta confirmación te ha venido por correo ordinario debes tener en cuenta, que los plazos comienzan a correr a partir del día siguiente que firma el profesor, la emisión de esa carta tiene que tener sello estampado de la Uned junto a la firma, pero solo es un defecto, sino es funcionario tampoco puede envíartela como notificación, pero desde que solicites la Comisión de Revisión, date por notificada. Y ahí las fechas de la firma te pueden dejar fuera de plazo. Jugada legal.

Si te la envían por correo certificado, aunque este no establece legalmente la acreditación suficiente, es decir, no permite dejar constancia de lo que va dentro del sobre, se aplica lo de que te das por notificado desde el día siguiente al que la recibas, para lo cual es mejor estar atentos y anotar el código de barras de la carta o del acuse de recibo si lo envían así, ya que solo acredita la obligación de notificar y esto es muy dudoso.

Si te lo envían como acto de notificación, está claro que firmas un acuse de recibo de notificación con nº de notificación y los plazos comienzan a correr al día siguiente. En todo caso, es una semana hábil.

Yo sigo esperando mi cartita con mi notificación y mi copia de examen corregido en caso de confirmarse el suspenso que pudo emitirse antes del día 16 de julio o en esa fecha, que termina el periódo lectivo o mi aprobado o más calificación, así que no sé.

Un consejo, aunque soy nuevo en esto, mándaselo por el registro general a la unidad que corresponda para la Comisión de Revisión, mírate el Estatuto, el reglamento y las normativas de la Comisión de Gobierno. Creo que piden que envíes fotocopia del D.N.I., de esto no estoy seguro, pero..., si son datos que además ya tienen para que los solicitan de nuevo.

Suerte, yo sigo esperando la contestación de la primera revisión.

Y ahora, me voy a mirar el correo oficial, por si acaso se les ocurrió.

Desconectado Stong

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Re: Comision de Revision
« Respuesta #47 en: 17 de Julio de 2009, 20:17:29 pm »
Y mira, si la unidad a la que tienes que envíarselo es al director o al decano.

de todas las maneras, tienen hasta el 31 de julio para notificarte la decisión. Si tienes la absoluta seguridad de que te han puesto la calificación en el acta, solicita que te expidan con fecha, esa calificación. Pero, eso te va a salir por lo menos 20 euros o más y los gastos de envió de la carta de solicitud aparte.

Tampoco tienes porque preocuparte, porque un acta mediante diligencia se puede modificar. En la presencial, ya me ocurrió, aunque reconozco que fue la mejor clase magistral que he recibido en mi vida, porque me llevarón al límite y después de dar todo por pérdido. Me llamarón por el pasillo y me dio la clase magistral. Al poder nunca te enfrentes sin pruebas. Un exámen oral.

Desconectado juan5320

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Re: Comision de Revision
« Respuesta #48 en: 17 de Julio de 2009, 20:21:57 pm »
 Yo pedí por email  hace unos días revisión de "Aplicación de Dº. Comunitario en España". Ayer me llamó la profesora para confirmar  mi número de teléfono, y aunque no me ha vuelto a llamar ha reconsiderado la nota y de un 3,5 me ha pasado a un 5.

  Imagino que alguna cátedra andará a tope todavía, de ahí los retrasos, pero  por mi experiencia se ponen en contacto siempre .

 Feliz verano, que seguro lo tenemos merecido .

Desconectado Stong

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Re: Comision de Revision
« Respuesta #49 en: 17 de Julio de 2009, 23:52:05 pm »
Pues yo, como ampliación y en el plazo, por fax, rectifique un error de mi número de teléfono, estableciendo el horario en que se me podía llamar (las horas en que estaba en casa era de 15.00 horas a 17:00 horas). Eso sí, no establecí que era horario en Canarias, horario  Western European Summer Time, del atlántico/canarias, UTC/GTM + 1.

Ayer me dí cuenta que tenía una llamada perdida en mi fijo, indicándome que se realizó desde el departamento a las 14:07 horas de canarias el día 14 de julio, día en que envié el fax, una hora más en Madrid (15:07 horas). Pero también entiendo que si un profesor/a termina su jornada laboral no tiene porque quedarse una hora esperando para atender la solicitud de un alumno.

Desconectado Stong

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Re: Comision de Revision
« Respuesta #50 en: 18 de Julio de 2009, 16:43:31 pm »
Recibida respuesta por correo ordinario que no deja constancia de nada,  en papel no membrado de la Uned, sin sello en junto a la firma, sin registro de salida y fechada el 14 de julio de 2009.

Por esta forma de envió no se deja constancia de nada, correo ordinario, y los plazos comienzan a correr desde que se emite la carta, con idependencia del día que la reciba uno, pudiendo quedarse fuera de los plazos para solictar una Comisión de Revisión.

Y lo más importante, no se me remite la copia del examen corregido que solicité. Pero al ser ordinaria la carta, tampoco tengo prueba de ello.

Eso sí, me contesta por escrito a cada pregunta de la corrección de mi examen con lo que tenía que haber contestado.

Ahora, la duda es mayor, cuando lo leí, me pregunté: ¿Qué examen corrigió?


Desconectado vassily

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Re: Comision de Revision
« Respuesta #51 en: 19 de Julio de 2009, 14:10:52 pm »
en teoria del derecho de un 2 a un 5.

Desconectado Stong

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Re: Comision de Revision
« Respuesta #52 en: 10 de Agosto de 2009, 16:41:50 pm »
Resolución de la Comisión de Revisión de mi examen de introducción al derecho procesal: Ratificación de No Apto.

Después de ver mi examen, que por fin me lo han remitido con la "lata" que he dado. Si llego a tenerlo en mi mano, antes de la primera revisión no la hubiese solicitado y, después de ésta menos. Pero, como la memoría me falló, pensando que había puesto más de lo que puse y mejor...

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Re: Comision de Revision
« Respuesta #53 en: 10 de Agosto de 2009, 20:42:15 pm »
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Resolución de la Comisión de Revisión de mi examen de introducción al derecho procesal: Ratificación de No Apto.

Después de ver mi examen, que por fin me lo han remitido con la "lata" que he dado. Si llego a tenerlo en mi mano, antes de la primera revisión no la hubiese solicitado y, después de ésta menos. Pero, como la memoría me falló, pensando que había puesto más de lo que puse y mejor...

No te conozco pero para mi has ganado puntos reconociento que lo hiciste peor de lo que pensabas. (Yo sigo pendiente de recibir el examen y la resolución de la Comisión)

Saludos
ana
"quotquotLa envidia es una declaración de inferioridad"quotquot
Napoleón Bonaparte