¿A qué órgano pedistes la convalidación? Universidad directamente, Ministerio de Educación o a la CC.AA.
Las solicitudes de equivalencias a efectos profesionales generalmente se basan en ordenes ministeriales, directrices del Ministerio (que eran los dictamenes del Consejo Nacional de Edicación), cuando no están en leyes o los planes de estudio son muy antiguos, habiendo desaparecido.
Si te la deniegan y la comunicación es telefónica, por ejemplo, y está amparada la homologación, puedes recurrirla sin necesidad de que recibas la notificación escrita, al escribir sobre el hecho y su denegación, tienes conocimiento del alcance del acto notificado. Así que no precisas carta. Pero, qué vas piensas apelar sino está basada en ninguna norma jurídica, por lo que parece que cuentas.
La notificación por carta ordinaria, algo que está muy de moda actualmente, no es válida, si se ha seguido un procedimiento, así que plazo, lo que es plazo...
¿Plazo para reclamar? Desde el momento que realices los actos tendentes a tener conocimiento y alcance del acto notificado en esa comunicación que dices que te denegaron.
Las casas se comienzan a fabricar por los pilares y debes hacer las "zapatas" primero para poner los pilares.
¿Sabes de lo qué estás preguntando? ¿Sabes si debe pedir la comunidad autónoma al Ministerio el criterio a seguir?
Si la equivalencia no está clara. Le corresponde aclararla al Ministerio.