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Autor Tema: Procedimiento sancionador por copiar en examen  (Leído 48027 veces)

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Desconectado willagar

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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #20 en: 28 de Julio de 2009, 11:02:06 am »
Hola Joselito,
¿Por qué no pruebas a alegar despiste? Es decir cuéntales que llevabas dos programas, uno con anotaciones con el que estudiabas y en el que a medida que estudiabas ibas haciendo anotaciones, y el otro el que ibas a sacar en el examen. Por confusión, error, nervios, etc. sacaste y pusiste encima de la mesa el que no era, que en ningún momento llegaste a usar (por supuesto)
Es lo único que se me ocurre.

Saludos


Desconectado pagodi

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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #21 en: 28 de Julio de 2009, 20:18:55 pm »
Estoy seguro que más de cuatro que aqui se han rasgado las vestiduras, han copiado en algún exámen. ¿Tenéis el valor de confesarlo públicamente aunque sea amparados por el sobrenombre que usamos? ¿todos hacéis escrupulosamente bien la declaración de hacienda?, ¿todos circuláis siempre a 50 por la ciudad? ¿todos respetáis todas y cada una de las señales de tráfico que veis? ¿nunca habéis aparcado en doble fila? ¿ha tenido alguno algún problema con la policía? ¿habéis sido denunciados en alguna ocasión y sois conscientes de que habéis sido culpables? ¿ninguno de ustedes ha cobrado el paro cuando no debía? ¿todos tenéis una vida intachable, con ausencia total de reproches? ¿alguien consume drogas? ¿conduce cuando las ha consumido? ¿alguien agrede física o psicológimanete a su pareja?. ¿Se atreve alguien a confesarlo aquí? ¿alguien pega a sus hijos?

Por favor, no seamos tan duros. ¿Ha hecho algo tan malo?, o leyendo estas preguntas empezamos a relativizar lo de apuntar dos fechas en una guía de la asignatura.

Por cierto, yo no he copiado nunca en un examen.

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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #22 en: 28 de Julio de 2009, 20:59:31 pm »
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Estoy seguro que más de cuatro que aqui se han rasgado las vestiduras, han copiado en algún exámen. ¿Tenéis el valor de confesarlo públicamente aunque sea amparados por el sobrenombre que usamos? ¿todos hacéis escrupulosamente bien la declaración de hacienda?, ¿todos circuláis siempre a 50 por la ciudad? ¿todos respetáis todas y cada una de las señales de tráfico que veis? ¿nunca habéis aparcado en doble fila? ¿ha tenido alguno algún problema con la policía? ¿habéis sido denunciados en alguna ocasión y sois conscientes de que habéis sido culpables? ¿ninguno de ustedes ha cobrado el paro cuando no debía? ¿todos tenéis una vida intachable, con ausencia total de reproches? ¿alguien consume drogas? ¿conduce cuando las ha consumido? ¿alguien agrede física o psicológimanete a su pareja?. ¿Se atreve alguien a confesarlo aquí? ¿alguien pega a sus hijos?

Por favor, no seamos tan duros. ¿Ha hecho algo tan malo?, o leyendo estas preguntas empezamos a relativizar lo de apuntar dos fechas en una guía de la asignatura.

Por cierto, yo no he copiado nunca en un examen.

El problema no es lo que pensemos nosotros, el problema es que "ha copiado él" y el Reglamento de la UNED lo sanciona así, luego, esas preguntas debieras planteársela a la UNED en el buzón de quejas.

Lo que sí es cierto, que el compañero ha sido valiente y lo a expuesto publicamente, pero, seguro que hay muchos que copian en los exámenes, y de ahí que sean tan "duros" con ellos.

En cuanto a valoración de si es tan malo lo que ha hecho, decirte, que es equiparable a alguien que no paga sus tributos, por ejemplo. Lo típico para engañar al fisco es hacer un cambio de número, es decir, donde se debe poner 18.231 se pone 12.831, y eso a primera vista es un error; pues lo mismo es poner una fechas en un programa, tiene importancia no, pero está sancionado; no por poner la fechas sino porque sabes que no puede estar el programa "iluminatis".

Saludos,


PD. No he copiado nunca, aunque he tenido tentación.

Desconectado golfo119

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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #23 en: 29 de Julio de 2009, 09:40:55 am »
Yo presentaría alegaciones basándome en mi derecho constitucional a la presunción de inocencia, y alegando que la carga de la prueba la debe presentar quien imputa, ya que tú no tienes que demostrar tu inocencia. En este sentido cabría preguntarse si ellos tienen pruebas de que tú te hayas copiado? O únicamente su palabra contra la tuya?. En ese sentido me pregunto si el profesorado que examina dispone de la llamada presunción de veracidad en este tipo de expedientes sancionadores, es decir, la mera palabra de un profesor es considerada prueba irrefutable del presunto hecho?. Imagino que el reglamento del que se habla o la ley al respecto dejaran clara esa situación.

Saludos

Desconectado vassily

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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #24 en: 29 de Julio de 2009, 11:02:53 am »
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Yo presentaría alegaciones basándome en mi derecho constitucional a la presunción de inocencia, y alegando que la carga de la prueba la debe presentar quien imputa, ya que tú no tienes que demostrar tu inocencia. En este sentido cabría preguntarse si ellos tienen pruebas de que tú te hayas copiado? O únicamente su palabra contra la tuya?. En ese sentido me pregunto si el profesorado que examina dispone de la llamada presunción de veracidad en este tipo de expedientes sancionadores, es decir, la mera palabra de un profesor es considerada prueba irrefutable del presunto hecho?. Imagino que el reglamento del que se habla o la ley al respecto dejaran clara esa situación.

Saludos
le han pillado anotaciones hechas por él,si eso no es una prueba tu me diras...evidentemente en este caso la palabra del profesor vale mas que la del alumno(para eso hay mas de un profesor y para eso esta la presuncion de veracidad que gozan determinados colectivos...si algun dia te pilla la guardia civil saltando un stop no te aconsejo que uses este argumento tuyo de tu palabra contra la suya)

Desconectado jbr

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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #25 en: 29 de Julio de 2009, 12:21:32 pm »
Hola:

  Este foro podría  ser una fuente de enriquecimiento de conocimientos a nuestros estudios y cuando sale un asunto como por ejemplo éste, podríamos ponernos en la situación de ser “abogado defensor” de quien hace la consulta, independiente de si estamos de acuerdo o no con su conducta.

   Yo no sé si terminaré la carrera, mucho menos si la terminaré antes de la dichosa ley, por lo que dudo que alguna vez ejerza, aunque no creo que si lo haga defienda a alguien en contra de mis principios, eso no quita que realice un ejercicio para saber qué ocurriría si se me plantease un caso similar.

  He estado “investigando” y he localizado una sentencia del TS, sala tercera, de lo Contencioso-administrativo, de 22 de diciembre de 2006. Recurso nº 72/2003, ponente Pablo María Lucas Murillo de la Cueva, aunque no es el mismo caso, está muy interesante. Y hay algunas sentencias más al respecto.

   De todas formas, al estudiar esta carrera me he dado cuenta que no se puede opinar sin tener todos los datos encima de la mesa y lo que puede parecer una cosa, al final resulta que es otra y por supuesto que la última palabra siempre la tiene un juez y no somos nadie para juzgar a otro (salvo que seamos jueces, claro es)

   Saludos,

   jbr
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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #26 en: 29 de Julio de 2009, 13:08:37 pm »
Hola, a todos. Creo que estamos dando respuestas a preguntas que no se han formulado. El compañero nos pide ayuda, en su desesperación. Si no queremos ofrecerla, no contestamos pero lo que no debemos hacer es juzgar. ¿quiénes somos nosotros para juzgar a nadie? Quien esté libre de pecado que tire la primera piedra. Quizás no hayamos copiado pero y qué pasa si alguien lo ha hecho? Ya le van a establecer el castigo correspondiente y el pagará por él? Estamos estudiando para aprender y entre todo, este compañero, seguro que ha aprendido que no se puede utilizar un programa "iluminado".

Desconectado doxa

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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #27 en: 29 de Julio de 2009, 13:47:02 pm »
 
¡Pero por favor!, que por poner unas anotaciones que por sí mismas harían imposible el aprobado, haya quien encuentre proporcionada la sanción..., y además condene el hecho en los términos que estoy leyendo..., sinceramente, si alguna vez he de operarme de algo, que por favor, no me toque un cirujano "tan bueno" como quienes parecen no saber que la miseria humana es consustancial a TODOS. Lo que pasa es que hay miserias y miserias, y esta que nos ocupa, de verdad, no es para recibir las críticas que está teniendo.

Desconectado golfo119

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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #28 en: 29 de Julio de 2009, 14:02:53 pm »

le han pillado anotaciones hechas por él,si eso no es una prueba tu me diras...evidentemente en este caso la palabra del profesor vale mas que la del alumno(para eso hay mas de un profesor y para eso esta la presuncion de veracidad que gozan determinados colectivos...si algun dia te pilla la guardia civil saltando un stop no te aconsejo que uses este argumento tuyo de tu palabra contra la suya)
[/quote]

Unas aclaraciones si me permites: en cuanto a que "le han pillado anotaciones hechas por él" eso no es una prueba en sí mismo, únicamente si el profesorado tiene copia de esas anotaciones se puede hablar de prueba, o de si el profesor goza de presunción de veracidad en esa materia, se puede hablar de prueba. Respecto a que la palabra de un profesor vale más que la de un alumno, discrepo totalmente, mi palabra ni la de ningún alumno vale menos que la de una persona que se dedica a la enseñanza, únicamente se trata de una cuestión de competencias, él es competente para corregir un examen, yo no.

Saludos

Desconectado vassily

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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #29 en: 29 de Julio de 2009, 14:44:46 pm »
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le han pillado anotaciones hechas por él,si eso no es una prueba tu me diras...evidentemente en este caso la palabra del profesor vale mas que la del alumno(para eso hay mas de un profesor y para eso esta la presuncion de veracidad que gozan determinados colectivos...si algun dia te pilla la guardia civil saltando un stop no te aconsejo que uses este argumento tuyo de tu palabra contra la suya)

Unas aclaraciones si me permites: en cuanto a que "le han pillado anotaciones hechas por él" eso no es una prueba en sí mismo, únicamente si el profesorado tiene copia de esas anotaciones se puede hablar de prueba, o de si el profesor goza de presunción de veracidad en esa materia, se puede hablar de prueba. Respecto a que la palabra de un profesor vale más que la de un alumno, discrepo totalmente, mi palabra ni la de ningún alumno vale menos que la de una persona que se dedica a la enseñanza, únicamente se trata de una cuestión de competencias, él es competente para corregir un examen, yo no.

Saludos
[/quote]

es evidente que hablamos de que su palabra vale más en el tema de corregir y de controlar que no copies,evidentemente no se va a meter a ver si te haces el bocata de chorizo o de salchichon :) saludotes.

Desconectado Vardia07

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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #30 en: 29 de Julio de 2009, 15:02:00 pm »
Citar

 Respecto a que la palabra de un profesor vale más que la de un alumno, discrepo totalmente, mi palabra ni la de ningún alumno vale menos que la de una persona que se dedica a la enseñanza, únicamente se trata de una cuestión de competencias, él es competente para corregir un examen, yo no.


es que no estás ante un profesor, cuando te examinas estás ante un TRIBUNAL examinador y la condición que ostentan sus miembros es la de presunción de veracidad en todo a lo que se refiere al proceso de examen

Desconectado golfo119

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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #31 en: 29 de Julio de 2009, 15:09:14 pm »
Evidentemente nadie duda de la capacidad del profesorado y la del Tribunal examinador. Debe existir una ley o un reglamento que establezca la presunción de veracidad del Tribunal a la hora de "pillar" copiando a los alumnos, en caso contrario, este compañero podría presentar alegaciones amparándose en su presunción de inocencia, ya que son ellos, insisto, los profesores y el Tribunal, los que deben presentar los cargos, las pruebas fehacientes de que ese compañero se copió, insisto, no intento quitar crédito ni al profesorado ni al compañero, sólo intento ver el caso desde el punto de vista jurídico.

Saludos

Desconectado pulgarcito

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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #32 en: 29 de Julio de 2009, 23:58:44 pm »
El compañero ha acudido a nosotros, para mi ya tiene su valor el reconocerlo, esto ya debe ser un atenuante y por otro lado deberíamos ser más ecuánimes en nuestras valoraciones, porque al final veo que encima le quitamos el carnet de conducidir, y le mandamos directamente a Bolonia..

Desconectado Torrombo

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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #33 en: 30 de Julio de 2009, 00:28:11 am »
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Evidentemente nadie duda de la capacidad del profesorado y la del Tribunal examinador. Debe existir una ley o un reglamento que establezca la presunción de veracidad del Tribunal a la hora de "pillar" copiando a los alumnos, en caso contrario, este compañero podría presentar alegaciones amparándose en su presunción de inocencia, ya que son ellos, insisto, los profesores y el Tribunal, los que deben presentar los cargos, las pruebas fehacientes de que ese compañero se copió, insisto, no intento quitar crédito ni al profesorado ni al compañero, sólo intento ver el caso desde el punto de vista jurídico.

Saludos

pues ahora que me preparo Administrativo II para septiembre, creo que hay Jurisprudencia sobre lo que has dicho y creo que es el acusado quien tiene que presentar pruebas de descargo, lee este fragmento del libro:

"La presunción de validez -o, lo que es igual, de legitimidad o de legalidad- del acto administrativo no es, sin embargo, una presunción iure et de iure, sino una simple presunción iuris tantum, es decir, que admite prueba en contrario en todo tipo de procedimientos o procesos impugnativos en los que frontalmente se discuta sobre su invalidez.
La presunción de validez cubre efectivamente los actos definitivos, pero no toda la actividad probatoria previa a éstos y que se refleja en el expediente administrativo (Sentencias de 2 de enero de 1979 y 5 de mayo de 1981), pues como dice el Tribunal Supremo «la presunción de legalidad que adorna los actos administrativos no significa un desplazamiento de la carga de la prueba que, conforme a las reglas por las que se rige (arts. 80 y 81 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), corresponde a la Administración, cuyas resoluciones han de sustentarse en el pleno acreditamiento del presupuesto fáctico que invoquen (Sentencias de 22 de mayo, 30 de junio y 3 de noviembre de 1981)>>. Sin embargo, las actas de inspección gozan de presunción de certeza siempre que el acto refleje la convicción personal del inspector, resultado de su personal y directa comprobación in situ de los hechos y se trate de verdaderos servicios de inspección, pues, en caso contrario, tiene el valor de denuncia (Sentencia de 10 de diciembre de 1984). Dentro de los actos internos del expediente y, por consiguiente, no definitivos, la presunción de validez tiende a extenderse a los acuerdos o propuestas de organismos técnicos como los Tribunales de concursos y oposiciones o los Jurados Provinciales de Expropiación (Sentencias de 16 de febrero de 1985 y 29 de junio de 1981)."

habría que ver si en este caso se trata de "verdaderos servicios de inspección" y evidentemente si se ha levantado acta
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Desconectado Torrombo

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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #34 en: 03 de Agosto de 2009, 18:53:13 pm »
pues aquí otro fragmento interesante sobre la presunción de inocencia y que copio literalmente:

El procedimiento sancionador debe asegurar el respeto a la presunción de inocencia que la Sentencia del Tribunal Constitucional 13/1982, de 1 de abril, afirma ser un derecho fundamental frente a todos los poderes públicos y por ello vigente en el ámbito sancionador administrativo, <<ya que no puede entenderse reducido -afirma el Tribunal- al estricto campo del enjuiciamiento de conductas presuntamente delictivas, sino que debe entenderse también que preside la adopción de cualquier resolución, tanto administrativa como jurisdiccional, que se base en la condición o conducta de las personas». La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común lo recoge al decir que los procedimientos sancionadores respetarán la presunción de no existencia de responsabilidad administrativa mientras no se demuestre lo contrario (art. 137.1).

La regla de la presunción de inocencia cede, sin embargo, cuando se parte de hechos declarados probados por resoluciones judiciales penales firmes, las cuales vincularán a las administraciones públicas respecto de los procedimientos sancionadores que sustancien (art. 137.2). Fuera de este supuesto toda imposición de sanción debe ir precedida de una actividad probatoria, impidiéndose la condena sin pruebas, y requiere que las pruebas tenidas en cuenta sean constitucionalmente legítimas, siendo la carga de la actividad probatoria de los acusadores, y nunca del acusado, al que no se puede trasladar en ningún caso la prueba o de su inocencia o no participación en los hechos (Sentencias del Tribunal Constitucional 66/1984, de 6 de junio, y 109/1986, de 24 de septiembre).
Por ello es que la legislación administrativa ha pretendido zanjar los problemas de prueba otorgando valor probatorio de prueba plena a las actas de los funcionarios inspectores. Así el artículo 145 de la Ley General Tributaria (en su versión de la Ley 10/1985) establece que «las actas y diligencias extendidas por la Inspección de los Tributos tienen naturaleza de documentos públicos y hacen prueba de los hechos que motiven su formalización, salvo que se acredite lo contrario». Lo mismo podría decirse de las actas de la Inspección de Trabajo que según el artículo 52 de la Ley 8/1988, de 7 de abril, sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social, «estarán dotadas de presunción de certeza respecto de los hechos reflejados en la misma, que hayan sido constatados por el Inspector actuante, salvo prueba en contrario». Planteada la constitucionalidad de los preceptos de la Ley 10/1985, de reforma de la Ley General Tributaria, la Sentencia del Tribunal Constitucional de 26 de abril de 1990 ha declarado su ajuste a la Constitución, siempre que se interprete que ese valor probatorio no empece la posibilidad de que el particular aporte otros medios de prueba que desvirtúen lo consignado por los funcionarios en sus actas.
La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común recoge aquella doctrina al determinar que «los hechos constatados por funcionarios a los que se reconoce la condición de autoridad, y que se formalicen en documento público, observando los requisitos legales pertinentes, tendrán valor probatorio sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios interesados» (art. 137).
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Desconectado palangana

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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #35 en: 03 de Agosto de 2009, 19:10:45 pm »
Un hombre ha hablado y en nombre del mismísimo TC .....me parte "el almita toita" !!. Que así sea.

Pero luego se condena por indicios, que no pruebas. Sobre este pariticualar repasar "Caso Dólores Vázquez" (como uno de los más mediáticos), y uno la semana pasada .....nueve años después se decreta la puesta en libertad a un reo por delito de violación. Un prueba de ADN demuestra que no era el autor de los hechos por los que fue procesado y condenado  :o :'(


Y lo gracioso es que los verdaderos pederastas y violadores, pues se les pone en libertad ...fines de semana, reducción de la pena por SUPUESTA reinserción o rehabiltación etc .....y claro, ocurre otra desgracia. O ejecutorias por sentencia firme sin cumplir .....y ocurre lo de  Mari luz la chiquita de Huelva .

En fin, mártires el sistema !!!
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Desconectado palangana

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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #36 en: 03 de Agosto de 2009, 19:18:12 pm »
Mil disculpas.......donde dije "lo gracioso" debí decir lo curioso y penoso, sencillamente por lamentable y abominable !!
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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #37 en: 03 de Agosto de 2009, 20:07:48 pm »
NO. En los Manuales se habla del principo de proporcionalidad de los delitos y las penas !! y la letra de la ley tiene positivado que no se aplicarán penas no previstas en el O.J......ART. 10 CP 95, ART. 25 CE 78 Y LRJAP (principo de legalidad)..

El compañero, salvo que prospere recurso o cualquier otra manifestación del derecho de defensa, tendrá la pena prevista, que es SUSPENSO hasta el año que viene .....supongo que por ser la primera vez.

Ha cometido un ilícito y será sancionado, pero tampoco es plan de crucificarlo, digo yo. Además lo hace público, lo cual es un paso importante en mi opinión.

No, no lo creo. Se le juzgará por los hechos que consten en "el escrito de calificación" (metafóricamente hablando)....no creo que un procedimiento sancionador se intente dulcificar nada. Se refleja el autor , el ilícito o delito, y la pena que correspondería de ser declarado culpable, que está por ver conforme a la presunción de inocencia y derecho de defensa (art. 24. 2 CE 78), YO CREO.
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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #38 en: 03 de Agosto de 2009, 20:15:05 pm »
No no, es que aquí está el meollo: imponer una sanción a perpetuidad sería acorde con la letra y el espíritu de los Estatutos de la UNED. Sería una forma de salvaguardar el prestigio de la entidad. El que se sitúa fuera de los Estatutos, el que ha roto el contrato con la UNED y todos nosotros, ha sido él. El tramposo. Y la sanción debe ser rescindirle el contrato con la UNED.
La madurez, el talento y la sabiduría no tienen ni edad, ni sexo, ni jerarquía.

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Re: Procedimiento sancionador por copiar en examen
« Respuesta #39 en: 03 de Agosto de 2009, 20:17:33 pm »
me he estado leyendo todo el hilo, joer con la tropa, ni que el copiador fuera integrante de una organizacion internacional con el fin de desestabilizar el sistema mundial. El rector lo que tenai que haber hecho es determinar que esa materia no es punturable por incumplir una de las normas para el acceso a los examenes. Esto de acudir a normativas y todas esas cuestiones en este asunto solo es marear la perdiz con el fin de llevarla a la hoya. Pues si vamos a ver el rector imcumplio desde hace dos años una norma que estaba en el reglamento de la uned (matricula gratuita para las personas con discapacidad) alegando de que asi llevaba a este colectivo a hacer un uso justo de ese derecho. Pero lo gracioso que esta restrincion no fue extendida a otros colectivos que tambien gozaban de matricula gratuita, como el caso de los funcionario de determinadoos ministerios y algun colectivo mas. Es por lo tanto menos pajullada y que el amigo sea mas cuco a la hora de copiar y se acabo, pues aqui solo se acude al derecho cuando a uno le calientan el culo. Pues yo me pegue dos examenes con unos casco de mp4 en la oreja (aunque no los tenia activado pero me podian haber sancionado) para tranquilidad del equipo examinador esas dos asignaturas las suspendi y me las llevo a septiembre pero eso si sin casco y menos copiando..................un saludo y a estudiar joer tanto lio :D