No, no de verdad que no es injusto al calificar, es más, son de los más justos calificando.......otra cosa es que sean agradables, que no lo son, y mucho menos en revisiones, que lamentablemente a veces ni contestan. Eso sí es inperdonable e indefendible.
Pero debe tenerse en cuenta que administrativos es una asignatura muy conceptual y con una amplia diverdidad normativa y de fuentes (general, CCAA, Local, subsidiariamente Ccivil, la CE 78, RD , L.O etc etc).
El 1 y el 2 no lo tengo fresco. Pero tengo algo más fresco el 3 y el 4 (plan antiguo sería Administrativo 2). Siempre pongo el mismo ejemplo :
Los bienes públicos son patriomino del Estado y de las Administraciones y pueden ser patrimoniales, o bien demaniales. Eso es básico, y si aplicas cuestiones de un tipo de bienes al otro, pues te has cargado medio examen, por no decir el examen entero. Bienes demaniales están afectados al uso público o a la riqueza nacional y disponen de un régimen exhorbitante de protección (inineabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad, siendo recuperables en vía administrativa en cualquier tiempo, arts 339 y 344 Ccivil, art. 132 CE 78 , y Ley Patrimonio del Estado.). Los bienes patrimoniales no están afectados y pueden recuperarse en vía administrativa el primer año, pero después la Admón debe acudir a la Jurisdicción civil para la recuperación, como si fuese un particular.
Parace una chorrada, pero unido a otra pregu mal explicada, y si encima se percata que no has estudiado por Manuales pues no se pasa del 3. 5 .