..........y los tribunales son:
TRIBUNALES europeos comunitarios y no comunitarios
El tribunal principal de la Unión Europea (UE) es el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. De él dependen otros dos tribunales: el Tribunal de Primera Instancia y el Tribunal de la Función Pública Europea. Además, existe un Tribunal de Cuentas Europeo que es el órgano de control de la correcta ejecución del presupuesto europeo. El Tribunal de Cuentas Europeo no dicta sentencias y no se pueden presentar demandas ante él.
• Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas La función del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) es velar por la aplicación y la interpretación uniformes del derecho comunitario, es decir, del derecho inscrito en los Tratados europeos. Los jueces del TJCE examinan y resuelven las cuestiones relativas a la Unión Europea. El Tribunal resuelve los litigios entre Estados miembros y entre éstos y las instituciones europeas en el marco del derecho comunitario. A este respecto, existen varias posibilidades de recurso. La sede del TJCE está en Luxemburgo.
• Tribunal de Primera Instancia El Tribunal de Primera Instancia (TPI) tiene su origen en el Acta Única Europea (AUE) y se instauró en 1989. Está vinculado al TJCE y tiene por objeto aligerar la carga de trabajo de éste. El TPI es competente para juzgar en primera instancia todos los recursos directos como, por ejemplo, un recurso de anulación presentado por particulares de los Estados miembros, excepto los recursos asignados a una de las salas jurisdiccionales o los reservados al Tribunal. Las sentencias del TPI pueden ser objeto de recurso ante el TJCE que se limita a las cuestiones de derecho y no se ocupa de los hechos. La sede de este Tribunal está en Luxemburgo.
Tribunales europeos no comunitarios entre otros:
. El Tribunal Europeo de derechos humanos es una jurisdicción internacional creada bajo los auspicios del Consejo de Europa y que cuenta actualmente con 46 Estados miembros. Este Tribunal vela por la aplicación del Convenio europeo para la protección de los derechos humanos (FR), que se firmó el 4 de noviembre de 1950. Ni el Tribunal Europeo de derechos humanos ni el Tribunal AELC (Asociación Europea de Libre Comercio) son instituciones de la Unión Europea.
• Tribunales permanentes de las Naciones Unidas Los Estados reunidos en asamblea en las Naciones Unidas crearon tres Tribunales permanentes de justicia, es decir el Tribunal Internacional de Justicia, la Corte Penal Internacional y el Tribunal Internacional de Derecho del Mar.
• El Tribunal Internacional de Justicia (TIJ) .La Carta de las Naciones Unidas que se firmó el 26 de junio de 1945, es el acto fundacional del TIJ. El Tribunal es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas y es competente, entre otras cosas, en cuestiones relativas a la Carta de las Naciones Unidas, interpretación de Tratados internacionales, cuestiones de Derecho internacional, comprobación de las vulneraciones del derecho internacional, o carácter o amplitud de la reparación a raíz de la vulneración de una obligación de derecho internacional. Sólo los Estados pueden ser partes en los casos demandados ante el Tribunal. El TIJ tiene su sede en La Haya, en los Países Bajos.
• La Corte Penal Internacional (CPI); La Corte Penal Internacional se regula por el Estatuto de Roma de 17 de julio de 1998 que entró en vigor el 1 de julio de 2002. Es una institución permanente y «estará facultada para ejercer su jurisdicción sobre personas respecto de los crímenes más graves de trascendencia internacional» (artículo 1 del Estatuto). Estos son: el crimen de genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión. La CPI sólo puede juzgar los crímenes que se hayan producido después de la entrada en vigor de su Estatuto. La Corte se pronuncia solamente sobre personas físicas mayores de 18 años en el momento del supuesto crimen. La CPI tiene su sede en La Haya, en los Países Bajos.