Gracias,
Yo tambien lo pienso así, no obstante he omitido aportar mi opinión a la persona interesada, puesto que de todos modos le iban a emplarzar mas tarde o mas temprano, pero ciertamente es chocante ese modo de emplazamiento. Lo he comentado con alguna persona mas y me han comentado situaciones parecidas, por lo que, yo que soy muy mal pensado creo que lo que puede estar sucediendo es que pueden en el momento de dejar él emplazamiento se haga una diligencia en la que hagan constar que ha sido rechazado el emplazamiento y asi se queda cubierto el notificador. Y si a eso le sumamos que un abogado conocido , me comentó al respecto, que lo que se deberia de hacer en esos casos es comparecer al emplazamiento (aun no habiendo sido recibido personalmente ni por ningun otro medio que deje constacia fehaciente)..... aunque esto tambien puede ser porque es negocio para los abogados ejercientes, supongo que yo el dia que acabé haré lo mismito...
De todos modos si alguien que tenga PROCESAL de 4º hiciera la consulta en el foro para ver que nos aportan al respecto los profesores.. y lo colgara aqui, yo es que no tengo la asignatura, por lo que no tengo acceso al foro.