Buenas a todos,
alguien tiene las respuestas a estas preguntas de los exámenes anteriores?
1 - Considera Vd que cuando la Adm. actúa en el tráfico jurídico se rige por el mismo régimen jurídico que los particulares, es decir por el C.C.? justifique su respuesta.
2- Puede la Adm. en su actuación separarse del criterio seguido en actuaciones precedentes? Con qué requisitos?
3- Considera Vd. que la Adm. se sigue siempre por el Derecho Administrativo? justifique su respuesta.
4- Puede delegarse la potestad de dictar disposiciones de carácter general? justifique su respuesta.
Por ahora estas :-) luego voy añadiendo.
Gracias Vittoria