Joer!!!, repasando veo que en las clases de servicios públicos he hecho referencia a cómo se prestan esos servicios públicos, ya sabéis, de forma directa, indirecta, etc. No he hecho referencia a los utili univeri y uti singuli. Una mal..., veremos a ver el resto cómo lo corrigen.
pues han salido lo de las excepciones al silencio positivo que comentamos en otro post, creo que fue contigo, te acuerdas?, lo del cheringuito JAJAJAJA, no se si era contigo
EL CHERINGUITO HEI! EL CHERINGUITO HEI!, (música de Geogie Dan)
sí, lo he buscado
Cita de: Decio en 01 de Septiembre de 2009, 20:21:56
Quisiera plantear otra cuestión sobre los actos presuntos (silencio administrativo) del estudio pormenorizado de cada uno de los recursos en vía administrativa se habla de que el silencio administrativo suele ser desestimatorio de su pretensión. Por otro lado, y de la lectura de las novedades de la Ley 4/1999 respecto a este particular se dice que: la regla general en los procedimientos iniciados a instancia del interesado es el silencio positivo (estimatorio).
Sigo sin ver clara esta contradicción.
Sí pero hay excepciones de mucho calado al silencio positivo, la más importante creo yo es la que dice "cuya estimación tuviera como consecuencia que se transfieran al solicitante o a terceros facultades relativas al dominio público, o al servicio público"
o sea pides la instalación de un chiringuito en la playa y el silencio es desestimatorio o negativo (ya sería la monda que fuera positivo) y ello te abre la puerta al recurso administrativo, cuyo silencio ya es positivo como dijo el compañero,
dos silencios y el cheringuito montado, lo que pasa que ya habrá pasado el verano