;

Autor Tema: No devolución de fianza.. Denunciar?  (Leído 3685 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado mendetz

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 44
  • Registro: 30/08/09
No devolución de fianza.. Denunciar?
« en: 14 de Septiembre de 2009, 14:28:33 pm »
Os comento mi caso ya que estoy teniendo un problema con una empresa y quería saber si podría denunciarlos.
La cuestión es la siguiente: alquilé una habitación en una residencia de esta empresa, y en el contrato se estipulaba que debían de entregarse 2 meses de fianza (he ahí la primera cosa que me intriga, ya que usualmente sólo es 1 mes de fianza para los arrendamientos de vivienda), y que se devolverían a la finalización del contrato, fechado en julio 09. Les llamé y me dijeron que me devolverían la fianza íntegra, ya que no había desperfectos en la habitación.
A día de hoy, y después de mucho contactar con los administrativos de la empresa, me dan largas y me dicen que está en trámite, y todavía no he visto un solo euro.
puedo denunciarlos por incumplimiento de contrato? qué pasos tengo que seguir para hacerlo? Gracias por vuestra ayuda futuros abogados y jueces ;)


Desconectado golfo119

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1752
  • Registro: 02/11/08
  • Si vis pacem para bellum
Re: No devolución de fianza.. Denunciar?
« Respuesta #1 en: 14 de Septiembre de 2009, 16:38:17 pm »
Puede denunciar ante el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del deudor a través del procedimiento especial denominado "juicio monitorio", donde puede reclamar la deuda que conste en el contrato, siempre y cuando no supere los 30.000 euros. No es obligatorio abogado y procurador  siempre y cuando la cuantía no supere los 901,52 euros, y que el demandado no formule oposición.
No obstante, te aconsejo que acudas a un profesional para que te asesore correctamente.

Saludos


Desconectado jbr

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 2810
  • Registro: 22/04/05
  • "Hoy puede ser un gran día, plantéatelo así..."
Re: No devolución de fianza.. Denunciar?
« Respuesta #2 en: 14 de Septiembre de 2009, 16:53:45 pm »
Hola:

  Si el arrendamiento es en Andalucía, El depósito de la fianza en metálico es obligatorio y se corresponde con una mensualidad de la renta pactada, que se deposita en la Consejería de Economía y Hacienda.

  Lo cual hace que cuando termine el contrato tengas que solicitar la devolución a dicha Consejería y suele tardar, no te digo si se mete el verano. Además se suele pedir un mes por adelantado. Tendrás que ver qué pone en el contrato con respecto a la devolución.

  Saludos,

    jbr
La mente es como un paracaídas, únicamente funciona cuando se abre.

Desconectado jonashio

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 268
  • Registro: 09/01/09
Re: No devolución de fianza.. Denunciar?
« Respuesta #3 en: 23 de Septiembre de 2009, 19:23:55 pm »
Estoy de acuerdo con Golfo. Más que denunciar el contrato, lo que tienes ahora es la condición de acreedor por una deuda vencida y exigible que tiene su origen en ese contrato. El monitorio parece ser la mejor y más rápida opción. Aún así te aconsejo que adviertas por escrito al deudor de tu intención de iniciar acciones legales si en el plazo de siete dias (por ejemplo) no hace efectiva la deuda; hazlo además por un medio que puedas probar (burofax...) y en el caso de que inicies el monitorio asegúrate de tener una copia del contrato. (tendrás que aportar copia para la contraparte y para el juzgado). Espero haberte aclarado un poco, Un saludo.-