DUDA ADMINISTRATIVO- ACTO ADMINISTRATIVO
Tengo una duda razonable, teórico-practica , debo asesorar a un buen amigo que me plantea una contestación que la ha remitido el Órgano, encuadrado dentro de un ministerio, donde ante una petición dentro de una convocatoria publicada en el BOE , hizo por tener derecho , según dichas bases y no contravenir toda la legislación que se regia dicha convocatoria; bueno pues se le contesta de forma negativa , y con la coletilla de obligado cumplimiento de que podrá interponer en el plazo de un mes , desde el día siguiente al de esta notificación, recurso de alzada ante el Excmo. Subsecretario del Ministerio en cuestión, de conformidad con…. Artículos y leyes…. , que entiendo del procedimiento administrativo.
El caso es que en el NO de la contestación se motiva la misma, en unas normas de desarrollo ( norma 13) que son de un R.D. , que en su art.13 , no dice nada de lo que expresa la motivación y encima la propia motivación empleada , no es cierta u objetiva para el caso de la petición motivada y si dentro de la normativa expuesta en la convocatoria.
He llamado al órgano con representación en mi comunidad , preguntando por la “norma decimotercera”, la 13 , explicándole que como mi amigo iba a proceder a interponer recurso o contestar , si no estaba publicada o no la encontraba, contestándome que no estaba publicada. Me he quedado a cuadros, como un órgano, bueno la administración puede imponer un criterio de una norma que no esta publicada ni refrendada.
Mi duda es como se puede llamar a esta figura, que para mi vulnera el Estado de Derecho y es nula , como el propio acto administrativo, basado en una norma interna o como llama de desarrollo de un R.D. este si publicado y real.
Agradecería a los versados en Administrativo y compañeros me ayudarais por ser de 1º , y ser un caso que puede ocurrirnos a nosotros mismos, y se aprende mas con la practica , naturalmente sabiendo la teoría.
Urge constestación.Gracias con antelación