Respectat Boropau, allá va un segundo intento sobre tu propuesta en relación a las SICAV.
En primer lugar, gracias por tu consideración. Mis opiniones son debidas más a la edad que a los conocimientos. Al final se aprende que. a largo plazo y casi siempre, las cañas terminan por volverse lanzas (cosa que hay que evitar).
Bien, al asunto :
Si no he entendido mal, las Sociedades de Inversión de Capital Variable, forman parte del conjunto de Instituciones de Inversión Colectiva (con las antiguas SIMCAV, los FIM. Fondos de Pensiones...). Con la particularidad que son S.A. y por tanto, por ser S.A., tienen personalidad jurídica.
Son unas figuras cuya regulación es, creo, homogénea en toda la U.E. y que nace de una directiva, la 85/611 de la cual, nació la regulación básica propia : la Ley 35/2003 de 4-11 y su Reglamento, aprobado por RD 1309/2005. Lógicamente, y en cuanto S.A., les afecta también la normativa del Texto Refundido de la Ley de S.A.
Esta fórmula, tal como la conocemos, nació por transposición del derecho comunitario, en la época de Felipe González y bajo la batuta de Miguel Boyer. Y nunca en los sucesivos Gobiernos nacionales, tanto del P.P. como del PSOE, se ha tocado, al menos en lo sustancial y creo que en nada, esta figura o modelo de ahorro e inversión (tiene componentes de ambos lados de la igualdad).
Es fácil ver porqué sigue "incólume" y seguirá por mucho tiempo :
- En primer lugar porque es una fórmula general de la Unión Europea cuya finalidad es que no se vaya el dinero no metido directamente en la economía productiva.
- Porque, aúnque sea una fórmula que favorece a los más "potentes" económicamente hablando, también es cierto que está muy regulada y controlada : displina de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (principalmente), inspección y control, comunicación de hechos significativos, etc.( Se puede entrar en la página web : www. CNMV.com y comprobar)
- Sus Inversiones deben ser en, como mínimo el 90%, Títulos cotizados en Mercados Oficiales y no pertenecer a Grupo propio. Imaginemos, dadas las cifras de las que se informa en la prensa, el efecto que podría tener esa masa de dinero "saliendo" a la vez del mercado...En todo caso, el Ahorro depositado en la SICAV financia Empresas a través del circuito bursatil.
- Hay un segundo nivel de control, en caso de venta y salida : todo debe circular a través de cuentas bancarias, con lo cual y merced a las Normas sobre Prevención del Blanqueo de Capitales, no es posible "sumergir" facilmente ese dinero.
- En definitiva, el Estado que se aparte de la Directiva y le "meta mano" al tema, si es que se puede legalmente, favorecerá de inmediato a otros paises que no modificarían la protección de gozan las SICAV.
De todas formas, así como de lo dicho mas arriba tengo pocas dudas, sobre el último párrafo se me ocurren varias preguntas que a lo mejor otros contertulios pueden resolver :
- ¿ Dada la normativa de la U.E., puede un Estado apartarse, en concreto, de la directiva indicada ?
- ¿ Qué efectos fiscales tendría para un superpartícipe retirarse de una SICAV ?. ¿Cabría la escisión societaria y redomiciliarse en Luxemburgo, por ej.? (Consideremos que están exentas de TP., y AJD)...
- ¿Cual es el volumen real de fondos que mueven ?
Aquí no valen las declaraciones generales. Se trata de cosas y cantidades concretas.
En definitiva, ni los "conservadores" ni los socialdemócratas (por "pequeñoburgueses"), ni los de la "revoluciónpendiente" ni los de la otra del "socialismoreal".
Saludos.
Miquel