Hola:
Tu hermano puede hacer testamento y lo único que tendría que respetar es la legítima del cónyuge supérstite, que es un tercio de la herencia que recaerá sobre el de mejora en usufructo.
Si se hace testamento puede dejar 2/3 de su herencia en propiedad a su hijo (si no tiene más que uno, si no habría que repartirlo con los nuevos hijos), el otro tercio siendo nudo propietario el hijo (o los hijos si tiene más) y ese tercio sería el que el cónyuge tendría en usufructo.
La herencia de tu hermano estaría formada por los bienes privativos de él (o sea la herencia recibida de tu madre) más la mitad de los bienes gananciales del nuevo matrimonio.
Si tiene hijos en el nuevo matrimonio se igualarían al actual en derecho de sucesión de su padre.
Para el hijo lo tiene más o menos fácil tu hermano, claro es, siempre que sea esa su voluntad,
Saludos,
jbr