Estimado palangana usted siempre con la escopeta al acecho.... jejeje eso esta bien. La cuestion de la demanda del Opus Dei dice que el Opus Gays puede dar a confusion. Yo planteo que esa demanda no se sostiene ni por la propiedad fonica pues de dei a gay va un gran salto y porque la empresa que esta haciendo esas camisa o ese colectivo (yo es que esto lo vi de pasada en youtube o terra). No vulnera el reguistro pues si bien el TS considera que debe de existir una casi similitud de interpretacion fonica, debe de tambien existir elementos de contexto que hagan referencia a la parte que demanda como derecho a la propiedad de signos y emblemas....
En cuanto a lo de ataque a los colectivos estos le recuerdo que en mas de una ocasion he expresado mi aceptacion de cualquier variacion de forma de conducta sexual solo poniendo como limite el respeto tambien a los otros. Es decir la maxima del derecho de uno termina donde empieza el del otro....
Y dicho esto estimado letrado un saludo y espero un buen curso de debates juridicos despojado de todo tipo de malas intenciones con el fin de aportar luz donde hay oscuridad, donde hay ignorancia llenarlo de sabiduria, donde hay injusticia aplicar de una vez lo que se expresa en el espiritu de las leyes y es ahi donde al final encontraremos ese sentido a la palabra Derecho y Justicia que tanto se usa y tan poco se aplica