Hola,
Supongo que la citación es del Juzgado de Instrucción, ( que realiza las diligencias previas para ver si lo denunciado es consitutivo de delito, falta etc)
Si te han citado como imputado en el Juzgado de Instrucción, allí mismo si no posees abogado, te asignan el que ese día esta de oficio para " imputados" en los Juzgados de Instrucción.
Tienes dos opciones, declarar o no. No tienes ninguna obligación de declarar , te acoges a tu derecho constitucional de no declarar, firmas y a casa. Y si lo haces no tienes porqué reconocer ningún hecho que vaya en tu contra, ni declararte culpable, ni decir nada que te perjudique...etc.
Espero haberte aclarado algo, ( trabajé en un juzgado de instrucción, ahora no)
nota: si es en un juzgado de instrucción, es decir, no es en los juzgados de lo penal, el acto es una prueba formal pero no es un juicio . Aclaro esto porque mucha gente lo confunde. Es una declaración para decidir después el Juez, con el resto de las pruebas si se te imputa un delito y entonces tras diferente trámites, se remite a los Juzgados de lo Penal para allí celebrar el correspondiente juicio.