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Autor Tema: Libertad de Cátedra, derecho o abuso de poder...  (Leído 2958 veces)

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Desconectado da.v

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Libertad de Cátedra, derecho o abuso de poder...
« en: 06 de Octubre de 2009, 11:38:32 am »
        He visto conveniente hablar de este tema, en relación a las reclamaciones que algunos de nosotros nos vemos obligados a solicitar, respecto de los exámenes de la convocatoria de Septiembre.

        Un testimonio de un alumno y amigo de otra carrera, me pusieron los pelos de punta, tras solicitar una reclamación a la Calificación. Resulta que le queda al buen hombre, una asignatura para terminar la carrera, que se trata de una troncal, que en el primer parcial tiene 6,5, en el segundo 4,5 (en septiembre) y un trabajo con 8,5. La Catedrática le respondió que en base a la libertad de Cátedra, no le subía a 5 y que no se presentara a Diciembre, que volviese a matricularse de todo el curso.

        ¿La libertad de Cátedra no es un derecho para el profesor de poder desarrollar su programa docente con absoluta libertad sin que sea vea limitado o coartado? hasta aquí lo puedo entender, pero no significa un abuso de poder el negarse a subir una nota y basarse en ese derecho docente.

        ¿Las evaluaciones no deben ser continuadas? ¿No se debe valorar el esfuerzo y /o  trabajo global del alumno llegado estos casos?

        ¿No es incompatible este derecho del Artº 20 de la CE con el derecho al alumno a ser calificado objetivamente?

       En fín, como siempre, las correcciones son subjetivas, porque dependemos también de la suerte de quién te corrija, salvo que hagas un examen calcado de los apuntes, cosa que no siempre es posible, porque no tenemos sólo una asignatura que estudiar...

       ¿Qué podemos aportar los estudiantes de derecho a semejante injusticia?

 :) :)

el cosmopolitismo es un ideal digno de ser defendido, pero sin que esto conlleve un desprecio a nues

Desconectado glocester

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Re: Libertad de Cátedra, derecho o abuso de poder...
« Respuesta #1 en: 06 de Octubre de 2009, 12:33:05 pm »
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       ¿Qué podemos aportar los estudiantes de derecho a semejante injusticia?

 :) :)

Imagino que tu pregunta es una pregunta retórica. La respuesta la tienes en el Reglamento de Pruebas presenciales, en la propia web de la UNED y, en definitiva, en las guias de la carrera. La calificacion de examenes es un acto administrativo y contra todo acto administrativo hay un procedimiento de impugnación. Si tu amigo, o cualquier otro alumno de la UNED discrepa de la respuesta del profesor que le ha corregido el examen puede podrá solicitar, en el plazo de una semana, al director de departamento o al decano de la Facultad mediante escrito razonado, la formación de una comisión de revisión de calificaciones compuesta por tres miembros del Departamento, uno de los cuales ha de ser del equipo docente que lo ha calificado.
Contra la resolución de esa comisión cabe el recurso de Alzada ante el Rector y una vez agotada la via administariva puede interponer recurso contencioso adminsitrativo. En fin, que te voy a contar yo...
Independientemente de lo que le haya dicho el profesor que haya corregido su examen, si reune la condiciones para la prueba extraordinaria de diciembre podrá presentarse a ella.
Vamos, que a mi no me parece que haya tal indefensión, todo lo demás me parece pura retórica. La UNED es como es, me imagino que lo de la evaluación continua y todo eso queda para las universidades que exigen una asistencia, en las que se parueba con trabajos etc.
un saludo

Desconectado TIOPEPE

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Re: Libertad de Cátedra, derecho o abuso de poder...
« Respuesta #2 en: 07 de Octubre de 2009, 20:11:06 pm »
Glocester creo que tiene toda la razon pero lo tu que comentas puede estar incompleto, tal vez en el programa de la asignatura o en la guia del curso especifique que es preciso aprobar todos los parciales para poder aprobar la asignatura, a partir de esto podemos pensar que es exesivamente estricta pero estaria en todo su derecho aunque a nadie le guste.
Lo que no entiendo muy bien es eso de que no se presente en diciembre, todo me suena a que el asunto no ha sido tan pacifico como lo comentas y la profesora le ha amenazado, a partir de ahi que proceda, pera tendriamos que conocer las dos versiones.
Raro, raro....

Desconectado Vardia07

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Re: Libertad de Cátedra, derecho o abuso de poder...
« Respuesta #3 en: 08 de Octubre de 2009, 03:20:24 am »
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        ¿La libertad de Cátedra no es un derecho para el profesor de poder desarrollar su programa docente con absoluta libertad sin que sea vea limitado o coartado? hasta aquí lo puedo entender, pero no significa un abuso de poder el negarse a subir una nota y basarse en ese derecho docente.

subir una nota es una facultad del catedrático, nunca puede ser derecho de un alumno

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        ¿Las evaluaciones no deben ser continuadas?

en la guardería o en la ESO tal vez, esto es la universidad a ver si crecemos que no tenemos 7 años

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¿No se debe valorar el esfuerzo y /o  trabajo global del alumno llegado estos casos?

no necesariemente, se valorará si el catedrático quiere hacerlo, por mucho esfuerzo que haga un alumno que no sirve para cirujano nunca será cirujano ¿o tu te dejarías operar por un cirujano que nunca aprobó una asignatura de la carrera de medicina pero que se esforzó mucho?

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        ¿No es incompatible este derecho del Artº 20 de la CE con el derecho al alumno a ser calificado objetivamente?

la objetividad la marca la cátedra

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       ¿Qué podemos aportar los estudiantes de derecho a semejante injusticia?

tienes tres recursos, primero pedir revisión, segundo pedir comisión de revisión y tercero el contencioso-administrativo ¿cuantos quieres? ¿catorce?, ni en derecho penal tienes tienes tantos por el amor de dios

Desconectado palangana

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Re: Libertad de Cátedra, derecho o abuso de poder...
« Respuesta #4 en: 09 de Octubre de 2009, 10:46:52 am »
Pues yo lo que digo es que todo derecho y toda libertad ha de estar sujeta unos límites , entre ellos el 1.1 CE (valor superior de la justicia y la igualdad ).

El catedrático califica un examen con un 2.50, un examen que es de 8.50 al percartarse que los apellidos son africanos, qué hacemos 1. Pedir revisión; 2. Pedir comisión de revisión;3. Pedir al Departamento que nos devuelva o remita copia del examen realizado;4. Acudir a la jurisdicción ordinaria contencioso-administrativa; 4. LLegar hasta la Sala Tercera del Supremo;5. Después llegar hasta el TEDH.


Luego si existen todas estas posibilidades quiere decir que la libertad de Cátedra está sujeta a unos límites, y el abuso de poder o arbitrariedad no está permitido, yo creo.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.