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Autor Tema: OBLIGATORIEDAD POR PARTE DE LA EMPRESA DE NOMBRAR DELEGADO DE PERSONAL  (Leído 9392 veces)

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Desconectado pazpilar

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OBLIGATORIEDAD POR PARTE DE LA EMPRESA DE NOMBRAR DELEGADO DE PERSONAL
« en: 10 de Noviembre de 2009, 13:39:28 pm »
Buenos días!
A ver si me podéis ayudar, no se hasta que punto una empresa está obligada a realizar el nombramiento (re-elección) de delegado de personal, existe un representante del año 2004 y son 20 trabajadores, parece que los sindicatos quieren reunirse con los trabajadores y están presionandoles, les han dicho que oblogatoriamente tienen que hacer las elecciones.
Gracias


Desconectado simple22

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Re: OBLIGATORIEDAD POR PARTE DE LA EMPRESA DE NOMBRAR DELEGADO DE PERSONAL
« Respuesta #1 en: 10 de Noviembre de 2009, 13:53:43 pm »
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3. La duración del mandato de los delegados de personal y de los miembros del comité de empresa será de cuatro años, entendiéndose que se mantendrán en funciones en el ejercicio de sus competencias y de sus garantías hasta tanto no se hubiesen promovido y celebrado nuevas elecciones.

Solamente podrán ser revocados los delegados de personal y miembros del comité durante su mandato, por decisión de los trabajadores que los hayan elegido, mediante asamblea convocada al efecto a instancia de un tercio, como mínimo, de los electores y por mayoría absoluta de éstos, mediante sufragio personal, libre, directo y secreto. No obstante, esta revocación no podrá efectuarse durante la tramitación de un convenio colectivo, ni replantearse hasta transcurridos, por lo menos, seis meses.


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Desconectado perleta

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Re: OBLIGATORIEDAD POR PARTE DE LA EMPRESA DE NOMBRAR DELEGADO DE PERSONAL
« Respuesta #2 en: 10 de Noviembre de 2009, 23:12:04 pm »
Y qué pasa si ni votamos en las elecciones sindicales? Trabajo para la Administración Local, he sido delegada por UGT aunque en
ese momento no estaba sindicada. Hace casi tres años sí lo estoy por CCOO pero quiero borrarme...Por qué? Pues por que he sido
conocedora y sufridora de muchas irregularidades y me he visto impotente para solucionarlas y el Comité de Empresa ha mirado
hacia otro lado....Pues eso ¿Qué pasa si no voto? ¿Tengo opción?... En el Ayuntamiento donde trabajo existen dos mesas una para
los funcionarios y otra para personal laboral y "no cualificados" a la cual pertenezco ¿no es muy fuerte ser Oficial y que te consideren
no cualificado en unas elecciones sindicales o me lo parece sólo a mí? Los Sindicatos no han hecho nada...Se han aliniado con la mayor participación, en este caso CCOO y que ha sido la Policía Local y nos ha dejado de lado a los demás...¿Y tenemos que votar?...Dicen
que es obligatorio pero yo no lo creo y en el enlace que ha puesto el compañero Simple no aparece nada sobre el derecho a no
votar....Muchas gracias, buenas noches y perdonad mi ignorancia, a pesar que he sido Delegada Sindical...Qué pena!

Desconectado simple22

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Re: OBLIGATORIEDAD POR PARTE DE LA EMPRESA DE NOMBRAR DELEGADO DE PERSONAL
« Respuesta #3 en: 11 de Noviembre de 2009, 17:17:23 pm »
Estoy convencido de que el voto es un derecho, no un deber. No sólo en política, sino también en elecciones sindicales, empresariales, colegiales, etc.

De hecho yo la única vez que voté, fue para votarme a mí mismo, aunque lamentablemente perdí por un solo voto.

Pero en fin: miraré qué dicen las Salas III y IV de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social del Supremo.
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Re: OBLIGATORIEDAD POR PARTE DE LA EMPRESA DE NOMBRAR DELEGADO DE PERSONAL
« Respuesta #4 en: 11 de Noviembre de 2009, 17:35:06 pm »
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Estoy convencido de que el voto es un derecho, no un deber. No sólo en política, sino también en elecciones sindicales, empresariales, colegiales, etc.

De hecho yo la única vez que voté, fue para votarme a mí mismo, aunque lamentablemente perdí por un solo voto.

Pero en fin: miraré qué dicen las Salas III y IV de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social del Supremo.


JAJAJA, esta si que es buena, el amigo simple 22 presentándose a sindicalista !!. Yo creo que es un derecho también, y por eso hay disposiciones para impedir coacciones, que el voto sea libre y todo eso.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

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Re: OBLIGATORIEDAD POR PARTE DE LA EMPRESA DE NOMBRAR DELEGADO DE PERSONAL
« Respuesta #5 en: 12 de Noviembre de 2009, 16:46:44 pm »
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Buenos días!
A ver si me podéis ayudar, no se hasta que punto una empresa está obligada a realizar el nombramiento (re-elección) de delegado de personal, existe un representante del año 2004 y son 20 trabajadores, parece que los sindicatos quieren reunirse con los trabajadores y están presionandoles, les han dicho que oblogatoriamente tienen que hacer las elecciones.
Gracias
No sé si lo he entendido bien, pero debe ser la primera empresa que "obliga" a que haya elecciones sindicales. Lo normal es que en el mejor de los casos se limiten a hablar con los representantes elegidos y poco más.Tampoco pueden negarse.
No me queda claro ¿quien obliga? ¿sindicatos o empresa?.No hay que confundir el derecho a realizar elecciones sindicales, con la coacción para que salga determinado sindicato...En estos tiempos que corren es mejor tener algo que nada... que luego vienen los sustos y las consultas en los sindicatos si estas afiliados son gratuitas...
Si Grey en vez de rico y guapo fuera como mi vecino y en paro, la pelicula se llamaria 50 órdenes de alejamiento