Puede un administrador de fincas utilizar los datos que posee de los propietarios de la finca,con el fin de captar el mayor numero posible de votos o representaciones en una junta de propietarios,y a si obtener la mayoria siempre.
Existe alguna proteccion en la Ley de proteccion de datos?
No entiendo lo de los votos. A ¿quienes o quien van a votar?Mayoría siempre ¿para llegar a acuerdos?
Porque si son los acuerdos que se votan en las juntas de propietarios , para por ejemplo, arreglar un tejado, eso no es
"captar votos" es que hay que decidir y tomar una decisión para afrontar un problema común para todos aunque los del bajo no les afecte directamente el tejado...La pregunta me parece extraña...Y la ley de protección de datos existe desde hace tiempo...
ponme un ejemplo de como "captar votos" en una junta de propietarios??.
Si por ejemplo , un día te acercas a la oficina del administrador de vuestro bloque para que te facilite el nº de teléfono de un vecino te aseguro que no te lo va a dar, en todo caso y si es algo importante(el piso de un vecino ausente del que sale agua, por ejemplo) sería el administrador el que se pondría en contacto con él. Para eso tiene los datos...