Las valoraciones catastrales se realizan conforme a lo establecido en el Real Decreto 1020/1993 y la fórmula tiene en cuenta muchas cosas (superficie, ubicación, antiguedad, estado de conservación, etc.) y se realiza aplicando la ponencia de valores de tu municipio (la cual tuvo plazo de alegaciones en su momento, y no ahora con la revisión).
Vamos, que basicamente lo que tienes que comprobar es que los metros sean los correctos, que el uso también lo sea (vivienda, almacén, etc.) y poco más.