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Autor Tema: Socorro, socorro...  (Leído 1128 veces)

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Desconectado violetarosa

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Socorro, socorro...
« en: 13 de Noviembre de 2009, 00:13:20 am »
Según el artículo 19 de la LPH el acta de una comunidad de vecinos (tanto para convocatoria como para aprobación) tiene que ir firmada por el presidente y el secretario de la Comunidad de Propietarios.
La facultad de convocar la junta la tiene el presidente según el art 16 de la LPH.
Por lo tanto, convocatorias de asamblea o comunicaciones de actas que no lleven las mencionadas firmas ¿pueden considerarse nulas? ¿Pueden invalidarse? Si es así, podeis informarme de cómo ¡¡¡por favor!!! Muchas gracias