Hola, ¿qué tal?, tengos dos dudas:
El alumno tiene derecho a concurrir a las pruebas extraordinarias de diciembre en caso de que le falten tan sólo 2 asignaturas anuales o 4 cuatrimestrales, ¿pero en ese cómputo también se contabilizan los créditos de libre configuración?, pondré un ejemplo para explicarme: si me quedan cuatro asignaturas troncales cuatrimestrales y 10 créditos de libre configuración para finalizar la carrera ¿puedo matricularme de esas 4 para diciembre y al año siguiente terminar los 10 créditos restantes participando en jornadas y cursos de verano?
Otra pregunta, ¿cuántos créditos de libre configuración se pueden sacar a través de cursos de verano y jornadas?.