Muy interesante las aportaciones de Marilinmonroe y Drop en este hilo, muchas gracias.
Surge un nuevo intorrogante (planteado por la "rubia siempreviva"): qué es peor, un inocente encerrado, o bien un culpable "circulando" por el territorio nacional como Pedro por su casa y en plan ancha es Castilla.
Difícil, pero podría plantearse que en la misma medida, igual de maligno es lo uno que lo otro para los derechos de las personas, las garantías y para un Estado que se define de Derecho.
Qué precio y pena tiene un asesinato por muchos años que se apliquen , si el mal es irreparable (cita de ELLA): ninguno, y menos en sistemas que indican de forma expresa QUE EL ÚNICO FIN DE LAS PENAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD ES LA REINSERCIÓN SOCIAL (CE 78), pues bien, reinserta al fallecido violado, asesinado y desaparecido o dejado en un escampado, río, o en un polígono, y familia muerta en vida, a ver cómo. Es imposible.
La eterna lucha y discusión entre lo que debe prevalecer, entre el 24.1 (tutela judicial efectiva y derechos de las víctimas) y el 24.2 (garantías de defensa). Desde luego que pensado detenidamente es mejor esto que un sistema no democrático, donde no está garantizado ni lo uno ni lo otro, es decir, muchos inocentes encerrados y juicios sin garantías de ninguna clase, y cuatreros y usurpadores de las libertades ajenas haciendo todo tipo de tropelías, yo creo.
Un saludo.