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Autor Tema: Ley Abogacía: septiembre 2011 o diciembre 2011  (Leído 9677 veces)

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Desconectado anahid

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Re: Ley Abogacía: septiembre 2011 o diciembre 2011
« Respuesta #20 en: 19 de Diciembre de 2009, 15:53:44 pm »
El problema no lo veo en los examenes de septiembre, estos pueden estar corregidos, las notas en el expediente y las tasas pagadas antes de finales de octubre. El problema está en aquellos que pidan compensación, ya que hasta que no hayan salido las notas y los plazos para revisar la nota de septiembre normalmente no empieza el plazo para la compensación. La única posibilidad para que pueden entrar dentro de los plazos (que no tendrçia que pasar por adelantar los examenes de septiembre que obviamente no sería la solución), sería que aquellos estudiantes que puedan encontrarse en esa situación, tengan
1) preferencia a la hora de corregir el examen de septiembre,
2) un plazo mas corto para pedir la revisión del examen (en este caso eso sería a su favor ya que les permitiría solicitar antes la compensación, y 
3) pasar a la solicitud de compensación como mas tarde la primera semana de octubre, que 
4) tendrían que darse la resolución como mas tarde mitad de octubre.

Yo creo que todo eso sería posible con un poco de buena voluntad por parte de los profesores, un poco de organización para ver la forma en que se pueda dar preferencia a la hora de corregir (¿Indicarlo en el examen que puedes estar en ese supuesto y que los envien en valija urgente aparte?), y por parte de los demas estudiantes tambien un poco de buena voluntad ya que se les corregirá a lo mejor los examenes (aun) mas tarde por darles preferencia a los estudiantes en esa situación, que sólo se trataría de una pequeña minoría pero tenemos que luchar por todos.


"quotquotLa envidia es una declaración de inferioridad"quotquot
Napoleón Bonaparte

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Re: Ley Abogacía: septiembre 2011 o diciembre 2011
« Respuesta #21 en: 19 de Diciembre de 2009, 20:27:22 pm »
Hola.
Como bien ha dicho anahid, la Uned no puede variar ni una ley ni su entrada en vigor.
Pero si puede modificar normas internas, que facilitasen la colegiación de sus alumnos de fin de carrera:
-Modificar a la baja los criterios para entrar en compensación.
-Aumentar los créditos/asignaturas para la extraordinaria de diciembre.
-"Valoración de méritos" académicos a la hora de puntuar.....
-Consignar en el expediente como fecha de haber superado la licenciatura, la del examen.
-Permitir pagar las tasas del título de licenciado ex ante a haber aprobado.
-Etc.
No se si estas medidas, todas o algunas, tienen encaje legal (el etc es demasiado indeterminado)Vamos por dar ideas.
Un saludo.
Ostendas mihi coleos patentes,
Cum cunno mihi mentula est vocanda.