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Autor Tema: Curioso Caso Práctico (Laboral)  (Leído 8586 veces)

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Desconectado pancraceo

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Curioso Caso Práctico (Laboral)
« en: 18 de Diciembre de 2009, 10:49:55 am »
Hola a todos, quiero compartir con vosotros un pequeño caso práctico en materia laboral.

Antecedentes:

TRabajador que hace una reclamación por escrito a su empresa por tener la crencia de que se estan violando sus derechos.

Dicho trabjador, dado el sector en el trabaja no existe la posibilidad de tener un calendario laboral

Se encuentra sometido a la confección mensual de cuadrantes de trabajo.

Dicho cuadrante, lo confecciona supuestamente un Jefe de equipo, que a su vez no tiene ni idea de como hacerlo y que delega en un compañero que es quien lo hace.

A su vez, el citado compañero, confecciona dicho cuadrante de trabajo barriendo para casa, es decir, reduce su jornada a la minima expresión permitible, favorece al Jefe de equipo en la realización de turnos y horas extras, dejando lo sobrante para que lo trabaje el resto de compañeros.

Resultado, desajuste, desigual en libranzas y días trabajados, lo que a su vez modifica sustancialmente las condiciones.

Contestación de la empresa

Estimado señor:


En virtud de lo establecido en el artículo 20 del RD Legisltivo 1/95 del Texto Refundido del ET, le convocamos a una reunión con los responsables de la gerencia, que tendrá lugar el próximo día ...... a las 10:00, en la sede social de la Compañia

Así mismo le informamos que le será computado el tiempo empleado en la cita, por cuanto, en este caso, viene Ud. a la compañia por razones de trabajo inaplazables.

Respuesta de trabajador

Estimados señores:

ACuso recibo de la citación formulada por ustedes, instandome a una reunión con ustedes, aunque si voy a la reunión no es virtud  de lo que establece el citado art 2o del ET, ya que una vez leido no contempla ningún supuesto o mandato por el que yo deba ir a dicha reunión, simplemente habla del deber de obediencia para mis obligaciones laborales dentro de mi jornada de trabajo, y no fuera de la misma, de todas formas, les rogaria que emplezasen a su departamento jurídico a modificar este tipo de citaciones, ya que ante eso, podría recordarle lo contemplado en el art. 17 de esta misma ley, y que dice lo siguiente: " Seran nulas las decisiones del empresario que supongan un trato desfavorable de los trabajadores como reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción judicial destinada a exigir el cumplimiento del principio de igual de trato y no discrminación......".
Yaa que en realidad, observando de nuevo la citación, no deja de sorprenderme que invoquen un articulo, sin su contenido formal, y simplemente lo mencionen, olvidando indicarme cual es el motivo  por el que se me cito.

 Por lo tanto, les comunico que hagan ustedes las gestiones oportunas para autorizar la emtrada de mi abogado dicho día en dicha reunión, ya desconozco sus fines.

Respuesta de la empresa

Argumenta la negativa, y le informa de qu el contenido es confidencial, dado que es una reunión amistosa, no tiene porque asistir ningún abogado, recordandole de nuevo su obligación de asistencia, y que de no asi<tir pudiera existir repercusión en sus haberes..

Respuesta del trabajodor
Estimados señores tengo una gripe de caballo, por lo que no asistiré a su reunión

Repuesta de la empresa
Despido por incumplimiento del deber de obediencia...



Que os parece este modelo de empresa....


Desconectado decarmen

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Re: Curioso Caso Práctico (Laboral)
« Respuesta #1 en: 18 de Diciembre de 2009, 10:59:53 am »
Que están muy mal acostumbrados.
Si Grey en vez de rico y guapo fuera como mi vecino y en paro, la pelicula se llamaria 50 órdenes de alejamiento

Desconectado Jaquetón

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Re: Curioso Caso Práctico (Laboral)
« Respuesta #2 en: 18 de Diciembre de 2009, 16:57:42 pm »
Hola:
Al margen de la seriedad que desprenda la forma, la cual como se sabe tiene su importancia, Yo no lo veo tan claro.
Permitirme que copie el contenido del Art. 20 del E.T. ( creo que no ha sido modificado)
"Artículo 20. Dirección y control de la actividad laboral.
1. El trabajador estará obligado a realizar el trabajo convenido bajo la dirección del empresario o persona en quien éste delegue.
2. En el cumplimiento de la obligación de trabajar asumida en el contrato, el trabajador debe al empresario la diligencia y la colaboración en el trabajo que marquen las disposiciones legales, los convenios colectivos y las órdenes o instrucciones adoptadas por aquél, en el ejercicio regular de sus facultades de dirección y, en su defecto, por los usos y costumbres. En cualquier caso, el trabajador y el empresario se someterán en sus prestaciones recíprocas a las exigencias de la buena fe.3. El empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su caso.
4. El empresario podrá verificar el estado de enfermedad o accidente del trabajador que sea alegado por éste para justificar sus faltas de asistencia al trabajo, mediante reconocimiento a cargo de personal médico.
La negativa del trabajador a dichos reconocimientos podrá determinar la suspensión de los derechos económicos que pudieran existir a cargo del empresario por dichas situaciones."
Yo hubiera ido,como máximo, con la representación de los trabajadores.
Para gustos,...............los colores.
Un saludo.

Desconectado palangana

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Re: Curioso Caso Práctico (Laboral)
« Respuesta #3 en: 18 de Diciembre de 2009, 17:15:03 pm »
No tengo ni idea de Derecho Laboral, pero la solución me parece muy fácil:

1. CCOO:
2. Demanda en Tribunal de lo Social.

Un saludo.
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Desconectado oliver

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Re: Curioso Caso Práctico (Laboral)
« Respuesta #4 en: 18 de Diciembre de 2009, 20:54:40 pm »
Hola.
No entiendo, reclamas por escrito a la empresa, la cual te cita y te indica que esa reunión forma parte de tu tiempo laboral y no de tu "tiempo libre" y decides no ir (el hecho de la gripe, tendría que estar documentada por un facultativo médico, y es al margen de tu voluntad), ¿cuál es el problema?.
Si consideras que es una trampa, pues pides ayuda a tu sindicato o contratas a un abogado que te asista.
Infiero:
1º Una discriminación injusta te dio valor para reclamar por escrito a tu empresa, pero la reclamación fue sin asesoramiento sindical alguno.
2º Te citan, "Dios mio, piensas, si yo soy bueno y ahora qué".
3º Buscas la huida en la forma de la citación. Y sigues sin asesoramiento sindical.
..Cono, coones, si empiezas una pelea...acábala de frente.
Mi respuesta: Delegados sindicales o un abogado.
Palangana apuesta por un sindicato, pero yo apuesto por la UGT.
¿Eres vigilante de seguridad?.
Un saludo.
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Desconectado palangana

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Re: Curioso Caso Práctico (Laboral)
« Respuesta #5 en: 18 de Diciembre de 2009, 21:25:24 pm »
No me fio de la UGT, siempre quieren llegar a acuerdos, y a mi entender en el ámbito laboral por cuenta ajena no es muy viable la concialición. Bueno, sería lo deseable y menos costoso en todos los sentidos, pero mi experiencia laboral me dice que en el trabajo por cuenta ajena, una vez salta la chispa, ya se pierde eso de la buena fe y la confianza recíproca. Aunque llegasen a un acuerdo y el trabajador fuese readmitido me da a mí que ya nada sería lo mismo. Estar mal en un trabajo es algo realmente insoportable, el trabajador se relaja porque sabe que tras la controversia ya no será posible progresar en nada, e incluso puede bajar el rendimiento por desmotivación. Por contra, la empresa, que las hay muy malignas, intentarán fastidiar con los cuadrantes, servicios, tareas, etc, al trabajador, es decir, que se converitirá la cuestión en una guerra psicológica insoportable, inaguantable.

Mucho mejor demandar, pillar la indemnización, y "cada uno a su casa y Dios a la de todos", yo creo.

Hay veces que la fuerza bruta es la única solución, y para fuerza bruta CCOO, que van a saco. Me refiero a fuerza bruta no como violencia física, obviamente, sino la vía judicial.

Un saludo.
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Desconectado oliver

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Re: Curioso Caso Práctico (Laboral)
« Respuesta #6 en: 19 de Diciembre de 2009, 21:01:51 pm »
Hola.
Mejor un mal acuerdo que un buen juicio.
Por cierto el elegir entre readmisión e indemnización corresponde al empresario no al trabajador o al sindicato que lleve el caso.
Y ser radical cuando no te juegas el puesto de trabajo es relativamente sencillo.
Un saludo.
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Re: Curioso Caso Práctico (Laboral)
« Respuesta #7 en: 19 de Diciembre de 2009, 22:05:53 pm »
   Hola:
   La elección entre readmisión o indemnización se decide dependiendo si el trabajador es representante de los trabajadores o no.
   Es decir, si lo es, decide el trabajador. Si no lo es el empresario.
   Cuando se genera una controversia y se acude a los tribunales de lo social, es necesario haber intentado previamente la conciliación ante el servicio de mediación y arbitraje. Pero aunque no lo fuera, que lo es, la imagen que se genera es bastante mala.
   Siempre se debe de tener un talante conciliador.
   Un saludo.

Desconectado palangana

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Re: Curioso Caso Práctico (Laboral)
« Respuesta #8 en: 19 de Diciembre de 2009, 22:26:13 pm »
No se trata de ser radical, yo creo. Se trata de ser realista. Un trabajo en el que se ha generado una desconfianza recípocra es psicológicamente inaguantable. Dije que lo ideal sería la concialiación, pero que lo entendía como poco viable a efectos prácticos del día después. Luego que cada uno pondere los pros y los contras, si tendrá facilidad para encontrar otro empleo, si la indemnización le compensa, si estará a gusto después de la controversia o no etc

Pero, ¿es posible que todo vuelva a la normalidad después de la infedilidad en la pareja ?, pues eso, que cada uno valore si lo podrá llevar adelante (la infelidad del otro) o no.

Un trabajo es como el matrimonio, mientras fue bien, genial, cuando ya no va bien, insoportable.  :)
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Re: Curioso Caso Práctico (Laboral)
« Respuesta #9 en: 19 de Diciembre de 2009, 23:13:26 pm »
yo opino bajo mi punto de vista que sin ánimos de ofender que este despido para empezar te lo has buscado tú, pues si no estás de acuerdo con los cuadrantes q hace un compañero tuyo hay otras vías para hacer llegar dicha reclamación al empresario, creo que las formas en demandar tu desacuerdo con el horario que te imponen no es la correcta de entrada imponiendo artículos en plan amenaza a la directiva ( solo con esa actuación dán por hecho que quieres entablar algún tipo de gerra es decir los pones en alerta ) además les amenazas que acudes a la citación con tu abogado, opino como muy bien dice la empresa que por tus palabras te sabes defender y exponer tus quejas sin la asistencia de nadie por tu parte, te citan pues vás expones lo que está ocurriendo y la empresa es libre de tomar medidas al respecto, si quieres  las tomas y si no las dejas, creo que hoy en día no están las cosas como para ir tirando cohetes otro más al paro ( dá la sensación de que así lo buscabas) También opino que de nada te vá a servir demandar a la empresa considero que es un despido totalmente procedente, y por lo tanto no esperes más indeminización que la que te corresponda por dias trabajados por años y si tenías algún atraso, juicio perdido por tu parte, y trabajo perdido por tus formas, tú expones la empresa te contesta y además se molesta en citarte para escucharte, y  tus respuestas hacia la misma las veo totalmente incongruentes y sin fundamento. Como he dicho antes sólo es mi opinión, sin ánimos de ofender , que el que se ha equivocado en las formas has sido tú, tampoco quiero decir con esto que te tengas que bajar los pantalones por este tema, pero tienes que tener en cuenta que en cierto modo debes un respeto  y una obediencia pues al fin y al cabo  son los que te dán de comer a final de mes. No se puede estar siempre a la defensiva como ha dicho antes un compañero más vale un mal acuerdo que un buen juicio, en tu caso lo has perdido todo. Pero ánimo ahora bajo la coyuntura en la que nos encontramos no tendrás problemas para encontrar trabajo en otra empresa mañana mismo. Un saludo y no te enfades conmigo solo es mi punto de vista
Siempre en la historia de España ha habido bandazos de extrema derecha a extrema izquierda; ahora es

Desconectado palangana

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Re: Curioso Caso Práctico (Laboral)
« Respuesta #10 en: 19 de Diciembre de 2009, 23:33:59 pm »
No, Vella, siento discrepar, "una empresa no da comer a ningún trabajador por cuanta ajena", lo que de comer al trabajador por cuenta ajena es los servicios retribuidos que presta a la empresa. Del mismo modo que el lucro económico de toda actividad empresarial (de toda empresa) no es producto exclusivo de los servicios del trabajador, sino tambíén de unos costes, unos riesgos, una organización, y una actividad diaria de gestión que lleva a cabo la empresa etc

No, entiendo que aunque la empresa tiene competencias para llevar un control, resulta que si el trabajador está de baja es que está de baja.......y si puede demostrar esa baja y esa gripe que dice que tiene, el lugar adecuado por prescripción médica digo yo que será guardar camita, y no ir a reuniones con la empresa hasta que tenga el alta, tanto por su salud propia como por salud de terceros. Cuestión distinta es que pudiendo asistir no asista, y entonces se podría interpretar mala fe, pero entiendo que obligación ninguna del trabajador si la reunión es convocada fuera de horario laboral. Que convoque la empresa la reunión en horario laboral (y no porque sea obligación legal hacerlo así, que no lo sé, sino porque así la empresa demostraría esa "buena fe supuesta").

Y si lo desea puede acudir con Abogado, o con representante sindical de la empresa, porqué no. El trabajador no tiene que conocer la Ley y tampoco tiene que confiar en lo que le proponga la empresa.

A mí no me da de comer ninguna empresa, sino mi profesionalidad, mi dedicación, mi experiencia y mis servicios. Yo obtengo como trabajador por cuenta ajena una retribución (ningún favor ni ningún regalo), y la empresa tiene mis servicios de los cuales saca un rendimiento. Un saludo.

 
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Re: Curioso Caso Práctico (Laboral)
« Respuesta #11 en: 27 de Diciembre de 2009, 22:04:03 pm »
Desconociendo el fondo del asunto, yo creo que no acudir a la reunión en tiempo de trabajo es un claro error, para mi entra dentro de las facultades de dirección del empresario. Partiendo de que la buena fe se presupone en toda relación contractual ya puestos podría ser que la empresa quisiera comprobar de verdad el caso que se plantea e incluso atajar los presuntos abusos.

Cuando se realiza una queja, el comportamiento que se debería esperar de toda empresa es precisamente conocer en primera persona las razones de la misma.

Una vez acudido a la reunión, y obviamente en función del resultado, es cuando habría que pensar otras actuaciones como las que aquí se han dicho.

Un saludo




Desconectado palangana

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Re: Curioso Caso Práctico (Laboral)
« Respuesta #12 en: 27 de Diciembre de 2009, 22:24:30 pm »
Si se está de baja por enfermedad no hay que ir ni durante la jornada laboral, ni fuera del horario de trabajo a reunión de ninguna clase, hay que seguir las prescripciones facultativas (si dicen reposo, pues reposo; si dicen cama, pues cama). Que espere la empresa a que el trabajador esté dado de alta, yo creo.

Al memos es lo lógico, pero como nuestro legislador es bastante ilógico, pues quién sabe !!
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Desconectado pancraceo

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Re: Curioso Caso Práctico (Laboral)
« Respuesta #13 en: 28 de Diciembre de 2009, 08:55:00 am »
Estimados Todos: en primer lugar Feliz Año Nuevo.....
En segundo lugar, me encanta ver las múltiples variantes que se han producido

contestaciones:

Primero hay que leer bien, el enunciado es un caso práctico aunque basado en un hecho real de un amigo.

Segundo: Vella, siento muchísimo que un letrado o futuro letrado piense así, pues no llevas razón en nada.

Tercero: Palangana y Joaquín andan por buen camino, sobre todo Palangana, el asistir a una reunión FUERA DEL HORARIO LABORAL, no es obligatorio, y el artículo 17 ET. así lo dice, de todas formas existe un defecto de forma en la citación, pues se debería poner el contenido del artículo y la causa de la misma, ya que produce indefensión, de ahí el interés de asistir con abogado.., además es la empresa la que me impide dicha reunión, y utiliza la fuerza bruta para impedirla (despido).
Otra cosa:

De los sindicatos mejor ni hablar, a veces son necesarios (para los malos acuerdos), pero la mayoría de las veces buscan gloria, y que no estoy dispuesto a darles, es preferible pagar a un profesional su porcentaje, ya que su preocupación por el caso es mayor que la de un abogado sindicalista (Aquí hablo por experiencia con ellos)

Por último, tengo que decir que el trabajador no fue despedido, pues suponía unos cincuentamil eruillos, y la empresa se lo pensó muy mucho, además, reconoció que un trabajador no puede realizar cuadrantes de trabajo, por que supone un abuso y falta de respeto hacia los demás, y a tenor de lo tipificado en su convenio, es el jefe de servicios quien lo tiene que hacer, y por delegación un inspector, pero nunca un trabajador....

Si queréis podemos seguir debatiendo el tema, pero mientras lo dicho FELIZ AÑO NUEVO A TODOS