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Autor Tema: Supuesto DIPr.  (Leído 804 veces)

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Desconectado FERRAN500

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Supuesto DIPr.
« en: 26 de Enero de 2010, 20:46:08 pm »
¿Qué contestación os merece el apartado del siguiente supuesto?

Se   plantea   demanda   de   separación   entre   dos   esposos   de nacionalidad marroquí ambos residentes en España.
a)   ¿En  base  a  que  cuerpo  legal  se  dilucidaría  la  competencia  de   los tribunales  españoles?  ¿en  base  a  que  foros  de  competencia  se  podrían declarar competentes nuestros tribunales?

Yo creo que el cuerpo legal aplicable es el Reglamento 2201/2003.


Desconectado panchita_zehn

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Re: Supuesto DIPr.
« Respuesta #1 en: 26 de Enero de 2010, 21:04:37 pm »
no sólo tienes que comprobar si la materia corresponde al reglamento 2201/2203, es imprescindible aplicar los foros de atribución de competencias:
residencia habitual de los cónyuges
último lugar de residencia habitual de los cónyuges, siempre que uno aún resida allí.
residencia habitual del demandado
si es demanda conjunta, residencia habitual de uno de los conyuges
residencia habitual del demandante(residencia 1 año)
residencia habitual del demandante (residencia 6 meses)y que sea nacional de ese estado miembro
el de la nacionalidad de ámbos cónyuges,
según entiendo yo personalmente, el cuerpo legal aplicable es el reglamneto 2201/2003, y en base al foro de la residencia habitual de ámbos cónyuges
al tiempo de la demanda.
espero que te sirva de ayuda :)

Desconectado FERRAN500

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Re: Supuesto DIPr.
« Respuesta #2 en: 26 de Enero de 2010, 21:19:10 pm »
Muchas gracias y mucha suerte mañana. Vaya lío de asignatura.