Una persona de Sevilla, decide hacer testamento; está felizmente casada, tiene dos hijos comunes, uno natural y otro adoptado, y aún viven su padre y sus abuelos maternos. ¿Todos estos parientes tienen derecho a legítima; en su caso, ¿en qué proporción o cuota ha de respetarla el testador? ¿Qué podría o debería hacer ese mismo testador si está en la misma situación familiar antes descrita, excepto que no está casado con su feliz pareja? ¿Qué ocurre en cada una de las situaciones anteriores si el sevillano no hizo testamento ninguno y muere tres días después de sus hijos tras haber sufrido todos ellos un mismo accidente de coche?