Muchas gracias por colgar el recuerso de Casación. Ahora ya tenemos todos los datos.
En mi caso, contesté que se inadmitiera el recurso de casación para que se confirmara el recurso de apelación, argumentando cada uno de los 4 motivos:
Respecto del 1º y 2º, basándome en el art. 1902 de responsabilidad extracontractual y por lo tanto aduciendo responsabilidad ergo indemnización.
Respecto del 3: No encontré incongruencia entre la pretensión y la sentencia ni falta de fundamentación, únicamente si pudiera solicitarse por falta de pronuncamiento en costas e intereses legales...
Respecto al 4º: el supuesto dice que ya en el recurso de apelación se rebaja la indemnización pedida, así que, a falta de más datos respecto de la cuantía...pues tampoco por este motivo procede la casación.
Sin embargo, es curioso, porque traté de resolver el caso, apartando la emocionalidad del asunto debatido, en el cual unos amigos denuncian a OTROS!!!
Sin querer le he dado a publicar, pero quería añadir algo más...
pues eso, que he tratado de ser objetiva y aplicar el CC que abre las puertas a la responsabilidad civil en casos de negligencia y sin embargo, el TS es más emotivo que yo...y les declara no responsables por ser malos amigos de sus amigos!!!!
En fin.
Ha sido un caso muy interesante y en principio fácil de entender y fundamentar, aunque ya veremos cuando salgan las notas...