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Autor Tema: Consulta sobre hijos  (Leído 2952 veces)

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Desconectado Anna84

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Consulta sobre hijos
« en: 16 de Febrero de 2010, 13:06:05 pm »
Buenas, mi consulta es la siguiente, estoy embarazada de 7 meses y el padre me dejó cuando todavía estaba embarazada de 4 meses, mi pregunta es la siguiente, partiendo de la base de que él quiere ponerle su apellido a la niña (a pesar de no preocuparse por ella durante todo el embarazo, ahora dice que se quiere hacer cargo...) y yo no tengo nada que hacer ahí, puesto que la ley le ampara a él en ese caso... mi cuestión es: ¿hay alguna forma de que en vez de ser custodia compartida, un juez dictamine un régimen de visitas para él, teniendo en cuenta que es una persona normal y con trabajo fijo y vivienda en su propiedad? Por otra parte, en el caso de que tenga que pasar una pensión a mi hija... ¿de cuanto sería? Él cobra una nómina de 1200€ brutos.
Por favor, contestenme lo antes posible, y si tienen alguna pregunta o no he dado los datos suficientes, por favor haganmelo saber.
Muchisimas gracias de antemano.


Desconectado amartin654

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Re: Consulta sobre hijos
« Respuesta #1 en: 16 de Febrero de 2010, 14:04:48 pm »
Yo creo que debéis arreglarlo todo amistosamente, es decir, os reunís los dos y acordáis un régimen de visitas que sea del agrado de los dos, y acordáis una pensión mensual a cargo del padre. Eso es lo ideal, que casi nunca se puede llevar a la práctica, pero por intentarlo que no quede, ya que, por regla general, somos seres civilizados, salvo numerosas excepciones.

Si ello no es posible, y si decidís arreglarlo ante el juez, creo que una custodia compartida podría conseguirse siempre que los padres estéis de acuerdo con ella. Si no, el Juez establecerá un régimen de visitas y una pensión a cargo del padre que depende del Juez, y podría estar en torno a los 250 - 300 euros mensuales.

Saludos cordiales de Álex desde Huelva.
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Desconectado Drop

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Re: Consulta sobre hijos
« Respuesta #2 en: 16 de Febrero de 2010, 14:13:04 pm »
No podrás hacer nada respecto a la custodia o una pensión de alimentos antes de que el hijo nazca, ni te podrás oponer a que el padre sea el padre, y lleve su apellido.

Podrás oponerte a la custodia compartida, pero será el juez quien decida.

El hecho de que el haya pasado del embarazo durante ese tiempo es irrelevante. Si quiere hacerse cargo de sus responsabilidades, hace bien. 

Y, sí, la pensión será del rango que te ha dicho amartin654, aunque también depende de si tú ganas ingresos.
No hay camino para la paz, la paz es el camino (Mahatma Gandhi)

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Re: Consulta sobre hijos
« Respuesta #3 en: 17 de Febrero de 2010, 18:18:24 pm »
Bueno primero para ponerle el apellido tendra que reconocerlo como tal. Este reconocimiento implica por lo tanto la obligacion tanto paterna como materna. En el caso de que ustedes esten separado tienen dos opciones, si la relacion que tenian no tiene cuerpo juridico es mejor que sea al juez quien determine las relaciones juridicas-economica que tendran apartir de ahora. Si por el contario ustedes formaban una institucion juridica (pasreja de hecho, matrimonio y demas) Pueden ahorrarse mucho si se hacen un convenio regulador en el cual y no lo olviden SIEMPRE EN EL BIEN DE LA MENORO EL MENOR, Se determinaran como seran las visistas, la cuantias en conepto de alimentos y demas instrumentos que es preceptivo regular con el fin de que no exista un vacio en la proteccion del menor. Del resto depende del sentido de la responsabilidad y de la conciencia que las pàrtes tengan para el que va a nacer y hacer lo posible que su primer rayo de luz que perciba sea el de la felicidad y no del odio encanizado que se produce en estas situaciones. Tambien me gustaria aclarar que no es imprencindible que el padre lo reconozca, ya que si la madre sabe quien es el padre y tiene prueba para demostrarlo este se encuentra obligado a mantener la parte que corresponda de sus obligaciones como un buen padre de familia cito parte del CC.
Ya esta bien de que sean los hijos lo que paguen las broncas de los mayores y mas es un mundo cada vez mas inhumano y seco como este. Estamos hablando de una nueva vida que nace, carajo denle a esa vida el primer haz de oxigeno de felicidad y dejen a un lado las contrariedades absurda de los mayores.-.-.-

                                                                             narcituris

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Re: Consulta sobre hijos
« Respuesta #4 en: 17 de Febrero de 2010, 19:01:48 pm »
Yo creo que aquí se ha hecho una consulta jurídica y juridicamente se ha de contestar sin entrar en valoraciones ni suposiciones etico-morales, que son muy arriesgadas y personales.
Personalmente no tengo conocimientos aún para dar una respuesta cabal y por tanto, voy a guardar silencio. A lo sumo me atrevo a aventurar que, como dice el adagio popular "vale más un mal arreglo que un buen pleito". En cuestiones matrimoniales hay (eso sí me lo he mirado) un amplio margen para que los cónyuges lleguen a un pacto, el cual, siempre que no implique un trato abusivo para uno de ellos o perjudique a los hijos, es refrendado por el juez, quien sustituirá de oficio lo abiertamente contrario a derecho o injusto por los preceptos adecuados. Saludos y todo mi respeto a quien ha hecho la pregunta y a todos los que han tenido a bien contestarla. ;)
El pensar que tú me piensas me hace cierto,
más verdad que un pensamiento en la penumbra.

Desconectado manuelk0

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Re: Consulta sobre hijos
« Respuesta #5 en: 17 de Febrero de 2010, 19:20:12 pm »
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Buenas, mi consulta es la siguiente, estoy embarazada de 7 meses y el padre me dejó cuando todavía estaba embarazada de 4 meses, mi pregunta es la siguiente, partiendo de la base de que él quiere ponerle su apellido a la niña (a pesar de no preocuparse por ella durante todo el embarazo, ahora dice que se quiere hacer cargo...) y yo no tengo nada que hacer ahí, puesto que la ley le ampara a él en ese caso... mi cuestión es: ¿hay alguna forma de que en vez de ser custodia compartida, un juez dictamine un régimen de visitas para él, teniendo en cuenta que es una persona normal y con trabajo fijo y vivienda en su propiedad? Por otra parte, en el caso de que tenga que pasar una pensión a mi hija... ¿de cuanto sería? Él cobra una nómina de 1200€ brutos.
Por favor, contestenme lo antes posible, y si tienen alguna pregunta o no he dado los datos suficientes, por favor haganmelo saber.
Muchisimas gracias de antemano.



           Hay una linea en el ambito de la judicatura de que se opte mas a la custodia compartida con el fin de evitar en futuro o presente esos daños que los psicologo dice que se produe cuando el niño-a va creiendo en una situacion dificil. Tales patologias a las Cuales hago referencia son la distorcion, así como una especie de pesimismo del efebo frente a los demás cuando capta la diferencia, en la percepción de la estructura familiar. Por el escrito me da a mi la impresión que quieres la  guarda y custodia para ti sola y que el padre acarree con los gasto incluyendo la vivienda. A mi modesta forma de entender todo este mundo de los conflicto familiares, si se actúa con ética y la verdad preponderante de una buena y futura madre que seguro que serás, deberías preocuparte mas por el bien del menor que por los bienes del hacedor, pues ya de ello se encargaran los tribunales en caso de que no cumpla con su obligación. Estos temas mas que la asistencia del letrado y demás consejeros lo que se requiere es la asistencia de la convencía de cada uno, Eso si esta conciencia debe de estar vinculada de forma directa al ordenamiento que regula tales fines, pero no se puede hacer uso de un derecho que al final no es el derecho de la madre si no el bien y buen derecho del hijo-a que va a nacer y que debe de estar lo mas lejos posible de todo conflicto de mayores e intereses torticeros, que desgraciadamente siempre aparecen a la luz de la supuesta defensa a ultranza de un segundo derecho que al final es todo lo contrario es el primer derecho a defender. EL HIJO QUE VA NACER.

Vuelvo a insistir que por lo general la guardia y custodia siempre se da a la mujer mientras no se demuestre, la imposibilidad de tal sagrada función, no se si será por una cuestión de costumbre pero axial es.
Aparte de que el hecho de que el padre se encuentra en situación ventajosa sobre usted lo único que puede ocurrir es que aporte más y por lo tanto ese principio de solidaridad que emanan de las familias sea por lo tanto también en la praxis. Del resto o mejor ponga el asunto en mano de un abogado y que el buen juez-a decida.

                                        

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Re: Consulta sobre hijos
« Respuesta #6 en: 17 de Febrero de 2010, 19:36:03 pm »
Bueno venga, para centrarnos en un DEBATE JURÍDICO, seguir estos interrogantes hará que no nos perdamos y sirve como PRACTICUM DE CIVIL (derecho de familia), además de servir de ayuda a quien plantea los interrogantes iniciales:

1. ¿La filiación es un derecho o un deber?. Indicar formas de reconocimiento de la paternidad o maternidad y disposiciones del CC la respecto.

2.¿ Alimentos es un derecho, un deber, o un derecho/deber?. Quiénes se deben alimentos y en qué orden. Qué dispone el CC al respecto..

3. ¿Puede el padre pedir prueba de paternidad mediante ADN, se trata de un derecho, o es poder discrecional del Juez disponer que se realice la prueba?

4. En caso de que no haya acuerdo extrajudicial de las partes qué Juez tiene la competencia para decidir sobre estas cuestiones. Por otro lado, en caso de que exista acuerdo extrajudicial ¿es necesaria la figura del Juez o se puede prescindir de esta figura ?

5. ¿Qué dispone el CC con respecto al concebido no nacido?

6. ¿En qué consiste eso de la custodia compartida?

7. ¿Qué criterios puede seguir el Juez competente para determinar la cuantía alimenticia?

Eso, y no otra cosa, es un debate jurídico. Un saludo.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

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Re: Consulta sobre hijos
« Respuesta #7 en: 17 de Febrero de 2010, 21:52:04 pm »
No es un problema puntual, sino una vida que va a durar unos 85años!
¿Por qué en lugar de pensar en la pasta, en el padre o en ti, intentas buscar soluciones a largo plazo para todos?

Y si eso no te resulta, siempre hay una segunda oportunidad:

Andai - Asociacion Nacional De Acogida Infantil
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Buenas noches a tod@s
El derecho es un querer entrelazante, autártico e inviolable.
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Re: Consulta sobre hijos
« Respuesta #8 en: 17 de Febrero de 2010, 23:39:19 pm »
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Estimado esa maxima que tambien un tutor en civil III me la lanzo y del cual le respondi que eso es lo que lleva en futuro a consencuencia nefastas: "vale más un mal arreglo que un buen pleito". Los malos arreglos implican en la mayoria de los casos que aquellos que aquellos que se encuentran en situacion de garante y mejor condiciones disponen de como se hacen las cosas y se acabo y en algunos caso de espalda al propio ordenamiento. Si tienes razon que la modificacion de la ley de 1985 que modifico tambien parte del derecho de familia existente ha dado mayor cobertura a las partes para hacer sus arreglos sin tener que ir a los tribunales y recorrer ese tortuoso camino de saber quien tienen razon o quien no o a quien ampara la justicia. Esta maxima tiene efecto perjudiciales en el futuro solo por una simple razon : Lo planteo en el contrato social "El sujeto es malo por naturaleza y son las leyes la que deben de reconduir tales desavenecia.....
                       un saludo :D
Estimado Manuel0: el arreglo al que yo me refería es aquel al que llegan las partes, debidamente asesoradas y que es revisado y sancionado por el juez, que tiene la obligación de no dejar pasar nada contra derecho o abiertamente injusto. Sé que puede parecer que hablo en contra de la profesión, pero mi experiencia con los tribunales (lamento decirlo) no es nada positiva: en muchas ocasiones la JUSTICIA (así, con mayúsculas) no parece interesar a nadie y los resultados dependen de muchos imponderables, que el lego en la materia desconoce hasta que ya es demasiado tarde.Estos asuntos de familia, me parecen trances especialmente dolorosos. Por eso recomiendo meditar mucho el asunto antes de ponerse frente a las togas, para que no tengan que surgir trapos sucios que pertenecen a la intimidad de la pareja. Creo que es algo razonable.
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Re: Consulta sobre hijos
« Respuesta #9 en: 18 de Febrero de 2010, 01:00:00 am »
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Bueno venga, para centrarnos en un DEBATE JURÍDICO, seguir estos interrogantes hará que no nos perdamos y sirve como PRACTICUM DE CIVIL (derecho de familia), además de servir de ayuda a quien plantea los interrogantes iniciales:

1. ¿La filiación es un derecho o un deber?. Indicar formas de reconocimiento de la paternidad o maternidad y disposiciones del CC la respecto.

2.¿ Alimentos es un derecho, un deber, o un derecho/deber?. Quiénes se deben alimentos y en qué orden. Qué dispone el CC al respecto..

3. ¿Puede el padre pedir prueba de paternidad mediante ADN, se trata de un derecho, o es poder discrecional del Juez disponer que se realice la prueba?

4. En caso de que no haya acuerdo extrajudicial de las partes qué Juez tiene la competencia para decidir sobre estas cuestiones. Por otro lado, en caso de que exista acuerdo extrajudicial ¿es necesaria la figura del Juez o se puede prescindir de esta figura ?

5. ¿Qué dispone el CC con respecto al concebido no nacido?

6. ¿En qué consiste eso de la custodia compartida?

7. ¿Qué criterios puede seguir el Juez competente para determinar la cuantía alimenticia?

Eso, y no otra cosa, es un debate jurídico. Un saludo.

Genial. Eso sí que es entrar en el debate jurídico, sí señor. Lo único que ocurre es que necesariamente han aparecido algunos detalles de tipo ético/moral que ya se planteaban desde la propia pregunta. En cuanto a la pregunta (7), es obvio que sólo se planteaba tras el nacimiento del hijo.

Manuelk0, es obvio que no están casados ni formaban pareja de hecho reconocida.
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Re: Consulta sobre hijos
« Respuesta #10 en: 22 de Febrero de 2010, 05:50:22 am »
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Bueno venga, para centrarnos en un DEBATE JURÍDICO, seguir estos interrogantes hará que no nos perdamos y sirve como PRACTICUM DE CIVIL (derecho de familia), además de servir de ayuda a quien plantea los interrogantes iniciales:

1. ¿La filiación es un derecho o un deber?. Indicar formas de reconocimiento de la paternidad o maternidad y disposiciones del CC la respecto.

Un derecho del nacido. Y un derecho de los progenitores.

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2.¿ Alimentos es un derecho, un deber, o un derecho/deber?. Quiénes se deben alimentos y en qué orden. Qué dispone el CC al respecto..

Es un derecho del menor y un deber de sus progenitores. (los otros alimentos contemplados en el CC no atañen a este supuesto)


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3. ¿Puede el padre pedir prueba de paternidad mediante ADN, se trata de un derecho, o es poder discrecional del Juez disponer que se realice la prueba?

Puede y es un derecho. El TC anuló hace tiempo la disposición de CC en la que había un tiempo determinado para impugnar la paternidad, contrario sensu se puede pedir el reconocimiento de paternidad en cualquier momento.

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4. En caso de que no haya acuerdo extrajudicial de las partes qué Juez tiene la competencia para decidir sobre estas cuestiones. Por otro lado, en caso de que exista acuerdo extrajudicial ¿es necesaria la figura del Juez o se puede prescindir de esta figura ?

Primera instancia. Existiendo acuerdo extrajudicial puede prescindirse del Juez, pero si alguien entiende que los intereses del menor se lesionan puede acudir al Juez o al Fiscal.

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5. ¿Qué dispone el CC con respecto al concebido no nacido?

Tienen expectativas de derechos, piénsese en la herencia yacente de una viuda embarazada de 4 meses.

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6. ¿En qué consiste eso de la custodia compartida?

El régimen de custodia por el cual los hijos menores no emancipados vivirán periodos de tiempo con cada uno de sus progenitores en igualdad de condiciones y de derechos sobre los mismos. (No confundir la custodia legal con la patria potestad)

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7. ¿Qué criterios puede seguir el Juez competente para determinar la cuantía alimenticia?

Situación económica de cada uno de los progenitores y necesidades del menor.


Las disposiciones del CC y demás leyes concordantes al respecto míralas tú mismo, he escrito de memoria.
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Desconectado Conde63

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Re: Consulta sobre hijos
« Respuesta #11 en: 22 de Febrero de 2010, 12:01:05 pm »
Estupendo, veo que se va encauzando la cuestión por donde debe. De momento, creo que estamos de acuerdo en el derecho del padre a reconocer a su hijo dándole sus apellidos y a solicitar una prueba de ADN si tal paternidad biológica es cuestionada. Desde el momento del reconocimiento, tendrá el derecho y la obligación de darle alimentos (art.142 y stes. del Código Civil). En caso de disputa sobre la patria potestad que, de momento, pertenece tanto al padre como a la madre biológicos, decidirá el juez, si es que no hay arbitraje, en cuyo caso, se estará a lo pactado. ¿Vamos bien? . El hecho de haber dejado el padre trancurrir el embarazo, sin acompañar ni asistir a la madre, en principio y salvo que la haya dejado en estado de extrema necesidad, no tiene gran relevancia, siempre que se muestre firmeza por aquél de su deseo de proteger a su hijo en lo sucesivo. Corregidme si me equivoco, pues estoy empezando con el Civil y aún no estoy muy puesto.:)
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