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Autor Tema: DUDA EXAMEN DE ADMINISTRATIVO II  (Leído 6329 veces)

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Desconectado fnavea1

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DUDA EXAMEN DE ADMINISTRATIVO II
« en: 19 de Febrero de 2010, 00:36:25 am »
CUESTIÓN:

A Pedro, le notificacan la resolución de un recurso de alzada que había interpuesto previamente desestimando sus pretensiones. Pedro, no está conforme a esta resolución  ¿qué podría hacer para ir en contra de la misma?

SECCIÓN III. RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN.
Artículo 116. Objeto y naturaleza.

1. Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

SECCIÓN IV. RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN.
Artículo 118. Objeto y plazos.

1. Contra los actos firmes en vía administrativa podrá interponerse el recurso extraordinario de revisión ante el órgano administrativo que los dictó, que también será el competente para su resolución, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:



Que al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente.

Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida.

Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución.

Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme.

2. El recurso extraordinario de revisión se interpondrá, cuando se trate de la causa 1, dentro del plazo de cuatro años siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada. En los demás casos, el plazo será de tres meses a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme.

3. Lo establecido en el presente artículo no perjudica el derecho de los interesados a formular la solicitud y la instancia a que se refieren los artículos 102 y 105.2 de la presente Ley ni su derecho a que las mismas se sustancien y resuelvan.

¿A QUÉ HAGO CASO?





francisco.navea@hotmail.com
FRANCISCO.NAVEALEÓN


Desconectado rutger

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Re: DUDA EXAMEN DE ADMINISTRATIVO II
« Respuesta #1 en: 19 de Febrero de 2010, 01:36:21 am »
Pues yo contestaría:
Contra la resolución de un recurso de alzada no cabe otro recurso administrativo mas que el extraordinario de revisión si se da alguno de los supuestos que tu has señalado. En caso de no concurrir alguno de los supuestos la unica solucion que cabe es acudir a la vía contencioso-administrativa.
Un saludo :)
Creí no tener nada pero cuando vi que tenía esperanza, comprendí que lo tenía todo.

Desconectado fnavea1

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Re: DUDA EXAMEN DE ADMINISTRATIVO II
« Respuesta #2 en: 19 de Febrero de 2010, 02:05:24 am »
Te pongo un ejemplo, una multa por un Policía Local, es una sanción de tráfico que resuelve el Alcalde, como máximo órgano del Ayuntamiento extingue la vía adminstrativa para resolver. Si quiero presentar un recurso contra ésta, el único es el potestativo de revisión. El efecto de la alzada es que acaba la vía administrativa, igual que el caso que te digo.

Por favor, que alguien aclare ésto, es contradictorio   y no lo veo claro en la ley.

Francisco NAVEA LEÓN
francisco.navea@hotmail.com

Desconectado lunchi689

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Re: DUDA EXAMEN DE ADMINISTRATIVO II
« Respuesta #3 en: 19 de Febrero de 2010, 08:19:32 am »
Yo entiendo que ante la desestimación del recurso de alzada, cabe en recurso de reposición en los supuestos tasados (que se han indicado en el primer post), si no se dieran tales supuestos cabe acudir a la vía jucial contencioso-administrativa.

Desconectado rutger

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Re: DUDA EXAMEN DE ADMINISTRATIVO II
« Respuesta #4 en: 19 de Febrero de 2010, 10:31:53 am »
Y qué sucede con lo que dice la ley de que contra un recurso de alzada no cabe otro recurso administrativo más que el de revisión?. Considero que el recurso de reposición es efectivamente contra actos que agotan la vía administrativa pero a mayores tenemos el supuesto taxativo legal de que contra el de alzada no cabe otro más que el de revisión por lo que esto está por encima.
Pues eso, para mí: sólo de revisión en vía administrativa si cumple los supuestos y si no de plano al contencioso
Creí no tener nada pero cuando vi que tenía esperanza, comprendí que lo tenía todo.

Desconectado lunchi689

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Re: DUDA EXAMEN DE ADMINISTRATIVO II
« Respuesta #5 en: 19 de Febrero de 2010, 11:06:51 am »
he dicho reposición, me he equivoda, es el extraordinario de revisión, por eso de los supuestos tasados, se me ha ido el recurso pa otro lao.

Desconectado fnavea1

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Re: DUDA EXAMEN DE ADMINISTRATIVO II
« Respuesta #6 en: 19 de Febrero de 2010, 11:29:08 am »
Ya he averiguado la respuesta correcta:

No puede presentar ningún recurso, ya que en el enunciado de la pregunta la motivación es "no estar de acuerdo". De cualquier modo, en caso de que se pudiera presentar algún tipo de recurso, sería el extraordinario de revisión, en los supuestos tasados de modo expreso, pero no es éste el caso.

La pregunta la tengo mal, pero ya, ésta no se me olvidará jamás.

Saludos, Paco Navea.
francisco.navea@hotmail.com

Desconectado TEKAM

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Re: DUDA EXAMEN DE ADMINISTRATIVO II
« Respuesta #7 en: 19 de Febrero de 2010, 12:59:42 pm »
Este tema se ha planteado mucho, y la solución que me ha parecido más razxonable, y que hasta ahora nadie ha mencionado nada encontra es la siguiente.

Recurso de alzada: Se puede interponer contra los actos que no agoten la vía Administrativa. Contra este recurso sólo cabe el Recurso Extraordinario de Revisiçón en los casos marcados en la ley, y el Recurso contencionso administrativo.

Recurso Potestativo de Reposición: Se puede interponer contra los actos que agoten la vía administrativa. Contra este caben los mismos recursos que en el de Alzada.

La diferencia estriba en que el de reposición se interpone cuando el acto lo dicta una entidad jurídica que agota la vía administrativa.

Por ejemplo: Un Director Gral. dicta un acto Administrativo, contra este cabrí el recurso de alzada no interposición
Si el Acto es dictado por un Ministro, que agota la vía Administrativa, aquí no cabría el de Alzada, entonces aquí si cabría el de Reposición.

Espero que os haya quedado más claro.
Cogito, ergo sum

Desconectado jmac4-4

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Re: DUDA EXAMEN DE ADMINISTRATIVO II
« Respuesta #8 en: 19 de Febrero de 2010, 13:26:09 pm »
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Por ejemplo: Un Director Gral. dicta un acto Administrativo, contra este cabrí el recurso de alzada no interposición
Si el Acto es dictado por un Ministro, que agota la vía Administrativa, aquí no cabría el de Alzada, entonces aquí si cabría el de Reposición.

Espero que os haya quedado más claro.

!!!En esto no hay reglas fijas!!!!!
Un mismo director general -por ejemplo el director general de recursos agrarios, que tiene la función delegada por parte del ministro de agricultura de conceder y adjudicar de subvenciones al olivar (no se si existen!!), el por si sólo agota la vía administrativa con sus actos, pues al estar delegada la función, no tiene superior jerárquico que supervise o corrija la actividad. Con lo cual si deniega una subvención, no cabe recurso de alzada y si de reposición.
Ese mismo director general que no tiene por ejemplo delegada las funciones de personal, que las ostenta por delegación el subsecretario del ministerio de agricultura, cualquier resolución sobre personal (denegar una licencia de permiso por asuntos propios) , no agota la vía administrativa con lo cual cabe recurso de alzada que resuelve el subsecretario. Lo que resuelva el subsecretario, aún teniendo superior jerárquico, el ministro, el por sí,agota la vía administrativa.


Desconectado TEKAM

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Re: DUDA EXAMEN DE ADMINISTRATIVO II
« Respuesta #9 en: 19 de Febrero de 2010, 13:48:37 pm »
Tienes toda la razón, pero cuando puse los ejemplo de Director General y Ministro, era refiriendome a casos generales. Efectivamente un Director general puede y de hecho es frecuente que tenga la competencia delegada.

Lo importante aquí creo es ver qeu si el que dicta el acto administrativo no agota la vía administrativa, ALZADA, si agota vái administrativa Reposición.
Cogito, ergo sum

Desconectado Murder

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Re: DUDA EXAMEN DE ADMINISTRATIVO II
« Respuesta #10 en: 19 de Febrero de 2010, 15:58:35 pm »
Contra la resolución de un recurso de alzada no cabrá ningún otro recurso administrativo, salvo el recurso extraordinario de revisión en los casos establecidos en el artículo 118.1. (art. 115.3 Ley 30/92).

Desconectado belona

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Re: DUDA EXAMEN DE ADMINISTRATIVO II
« Respuesta #11 en: 19 de Febrero de 2010, 16:38:12 pm »
Página 626 de la decimoséptima edición del manual:

"Contra la resolución de un recurso de alzada -dice la Ley- no cabrá ningún otro recurso administrativo (¿ni siquiera el potestativo de reposición?), salvo el recurso extraordinario de revisión en elos casos establecidos en la Ley."

Como es un caso práctico, y al estar abierto a interpretaciones, puede que den por buenas varias respuestas.

“La vida es un derecho y el derecho es toda una vida”.

Desconectado maty

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Re: DUDA EXAMEN DE ADMINISTRATIVO II
« Respuesta #12 en: 19 de Febrero de 2010, 18:40:59 pm »
Bueno pues yo por falta de tiempo en este examen contesté bien a todas menos a la del recurso de alzada que encima me parecía la más fácil, en fin 4 bien y la del recurso de alzada mal, el departamento me aprobará la asignatura o al tener un caso practico mal, por no haberlo leído correctamente me dará el examen por suspenso? lo digo porque el programa no pone nada de como evalúan y la verdad es que estoy preocupada,alguien que tenga expariencia de otros años? muchas gracias,por cierto me dijo hoy un profesor que en el recurso de alzada darán por buena las dos respuestas tanto como que agota la vía administrativa y cabe el recurso potestativo, también el de revisión si se dan los supuestos y sino contencioso, y dijo que el de reposición es potestativo osea voluntario si quieres no lo pones, y si no se dan los supuestos para el de revisión pues vas al contencioso de cabeza

Desconectado belona

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Re: DUDA EXAMEN DE ADMINISTRATIVO II
« Respuesta #13 en: 20 de Febrero de 2010, 00:40:19 am »
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Bueno pues yo por falta de tiempo en este examen contesté bien a todas menos a la del recurso de alzada que encima me parecía la más fácil, en fin 4 bien y la del recurso de alzada mal, el departamento me aprobará la asignatura o al tener un caso practico mal, por no haberlo leído correctamente me dará el examen por suspenso? lo digo porque el programa no pone nada de como evalúan y la verdad es que estoy preocupada,alguien que tenga expariencia de otros años? muchas gracias,por cierto me dijo hoy un profesor que en el recurso de alzada darán por buena las dos respuestas tanto como que agota la vía administrativa y cabe el recurso potestativo, también el de revisión si se dan los supuestos y sino contencioso, y dijo que el de reposición es potestativo osea voluntario si quieres no lo pones, y si no se dan los supuestos para el de revisión pues vas al contencioso de cabeza

Te pongo lo que dice el programa:

El criterio general de evaluación es la respuesta correcta a las cinco preguntas, pues todas tienen idéntico valor. Se tendrá en cuenta el rigor conceptual, la claridad en la redacción y la precisión léxica. Se ruega encarecidamente cuidar la legibilidad y la presentación del ejercicio, pues ello facilita la corrección por dejar clara la respuesta a la cuestión planteada. No obstante la valoración global que se hace, la falta de respuesta o una respuesta muy deficiente a dos de las preguntas no permitirá alcanzar la calificación de “apto” en la prueba.



“La vida es un derecho y el derecho es toda una vida”.

Desconectado lagarto2

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Re: DUDA EXAMEN DE ADMINISTRATIVO II
« Respuesta #14 en: 20 de Febrero de 2010, 16:34:34 pm »
Maty: ¿que profesor te dijo que darian por buenas las dos opciones?, porque yo creo que mi examen pende de un hilo y el aprobar esta asignatura puede depender de esta pregunta. Por cierto, yo opté por el resurso potestativo de reposición y despues de intentar buscar la solucición correcta y no tenerlo claro aún, creo que solo cabe el contencioso. Creo que no lo tiene claro ni el propio profesor.
Saludos y fuerzas para junio.
Es igual que en nuestra vida, que cuando todo va bien, un día tuerces una esquina y te tuerces tú también. (Fito).

Desconectado maty

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Re: DUDA EXAMEN DE ADMINISTRATIVO II
« Respuesta #15 en: 21 de Febrero de 2010, 09:56:11 am »
Amigo Lagarto yo esa pregunta por falta de tiempo la leí mal y por supuesto mal contestada, pero varios compañeros,contestaron cada uno una cosa y el profesor experto en derecho administrativo nos dijo que cabía el potestativo de reposición, el cual es voluntario, que lo puedes poner o no y luego el contencioso,si de dieran los supuestos, el de revisión, por lo que tú no has contestado ninguna tontería, de la misma manera que los que dijeron que derechos al contencioso, también está bien.La clave debe de estar en que si agota la vía debe de ir al contencioso menos si se dan los supuestos para revisión,1 ejemplo: que aparecieran nuevos documentos, o el potestativo de reposición que como es voluntario nada evita que si no quieres ponerlo, vayas al contencioso y no te has saltado ningún paso, eso dijo el profesor, por lo tanto tú si puedes poner el potestativo, si has contestado eso está bien, o así nos lo dijo el profesor.Siento que tu examen dependa de esta pregunta, yo he contestado bien 4 y la del recurso mal y estoy temblando. en fin un saludo y suerte y siempre te queda pedir revisión,ánimo