Art. 55.1 CE: Los derechos reconocidos en los artículos 17, 18, apartados 2 y 3, artículos 19, 20, apartados 1, a) y d), y 5, artículos 21, 28, apartado 2, y artículo 37, apartado 2, podrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o de sitio en los términos previstos en la Constitución.
Por tanto, la respuesta correcta a la pregunta 19 de la segunda semana es la C y no la que ponen las plantillas. A ver si podemos acceder a los cursos virtuales y ponemos al tutor al corriente del hecho.
Saludos.